Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1090/98
Declárase de interés nacional a la Tercera Exposición Internacional de la Industria del Packaging para Alimentos, Agroindustrias, Productos Orgánicos, Bebidas y Golosinas, Packaging para la Industria Farmacéutica y Cosmética, Embalajes y Envasamientos para la Industria en General, "Expopacking "98", a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires.
Bs. As., 11/9/98.
B. O.: 21/09/98.
VISTO el Expediente N° 651/98 del Registro de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENC1A DE LA NACION por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional a la Tercera Exposición Internacional de la Industria del Packaging para Alimentos, Agroindustrias, Productos Orgánicos, Bebidas y Golosinas, Packaging para la Industria Farmacéutica y Cosmética, Embalajes y Envasamiento para la Industria en General, "Expopacking "98", y
CONSIDERANDO:
Que esta muestra exhibirá la oferta global de envases y embalajes, materias primas para packaging, máquinas y equipos, elementos complementarios y servicios.
Que en forma simultanea se realizarán las Jornadas Expopack de capacitación sobre materiales en contacto con alimentos.
Que debido a la importancia y trascendencia del evento se estima oportuno acceder a lo solicitado.
Que los MINISTERIOS DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO han tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1°- Declárase de interés nacional a la Tercera Exposición Internacional de la Industria del Packaging para Alimentos, Agroindustrias, Productos Orgánicos, Bebidas y Golosinas, Packaging para la Industria Farmacéutica y Cosmética, Embalajes y Envasamientos para la Industria en General, "Expopacking "98", a desarrollarse del 6 al 10 de octubre de 1998, en la ciudad de Buenos Aires.
Art. 2°- La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3°- Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - Alberto A. Kohan.