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Resolución 1128/97 del 8/8/97





Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 1128/97

Mantiénese la inscripción de Cooperativa de Trabajo
Coperquil Ltda. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios
Postales.


Bs. As., 8/8/97

B.O: 19/8/97

VISTO el expediente Nº 23 del Registro de la exCOMISION NACIONAL
DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la firma denominada COOPERATIVA
DE TRABAJO COPERQUIL LTDA. ha solicitado que se mantenga su inscripción
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales el 7 de febrero de 1996, bajo el número
CIENTO TREINTA Y SEIS (136).

Que en relación a lo peticionado, en la actualidad han
sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el
articulo 11 del Decreto Nº 1187/93 (t.o. 1997).

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman parte de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marres no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.

Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento de la totalidad
de las reglarnentaciones normadas por el artículo 1º
inciso d) del Decreto Nº 115 del 5 de febrero de 1997.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 35/36
y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que, en consecuencia. procede mantener inscripta en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada
COOPERATIVA DE TRABAJO COPERQUIL LTDA.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el artículo 6º inciso d) del Decreto Nº 1185/90
y normas concordantes y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTORIO

DE LA COMISION NACIONAL

COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º- Declárase que la firma
denominada COOPERATIVA DE TRABAJO COPERQUIL LTDA., mantiene el
cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en el
Decreto Nº 1187/93 (t.o. 1997) que justificaron oportunamente
su incripción en el Registro Nacional de Prestadores de
Servicios Postales.



Art. 2º- Mantiénese inscripta a la empresa
referida en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales
bajo el número CIENTO TREINTA Y SEIS (136).

Art 3º- Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese-Roberto C. Catalán. -Roberto E. Uanini.-Hugo
Zothner.-Patricio Feune de Colombi.-Antonio S. Name.Alberto J.
Gabrielli.-Federico N. A. Luján de la Fuente.

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