Secretaría de Culto CULTO Resolución 1136/97 Reconócese a los Oblatos Diocesanos-Instituto Secular-como
persona jurídica y entidad de bien público. Bs. As., 8/5/97 B.O: 21/5/97.
VISTO lo solicitado por los OBLATOS DIOCESANOS-INSTITUTO SECULAR-,
y
CONSIDERANDO:
Que los OBLATOS DIOCESANOS-INSTITUTO SECULAR-, es un Instituto
de Vida Consagrada y como tal ha acreditado su carácter
de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código
de Derecho Canónico.
Que el solicitante ha cumplido con todos los requisitos la solicitante
ha cumplido con todos los exigidos por la normativa vigente, acompañando
sus estatutos, constituciones vigentes, decreto de erección
y memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1°-Reconócese como persona
jurídica a los OBLATOS DIOCESANOS-INSTITUTO SECULAR-, con
sede legal en calle Pichincha, número dos mil trescientos
sesenta y siete (2367), localidad de San Justo, PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, y domicilio especial en calle Venezuela, número
tres mil setecientos sesenta y siete (3776), CAPITAL FEDERAL,
el que queda inscripto bajo el número OCHENTA Y DOS (82)
del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
-Angel M. Centeno.