Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales
CINEMATOGRAFIA
Resolución 1137/98
Adóptanse medidas en relación al sistema de fiscalización para el expendio de entradas de cine y boletos oficiales cinematográficos.
Bs.As., 15/10/98
B.O.: 22/10/98
VISTO: El Decreto 756/93 y las Resoluciones INCAA 874 y 1119/98,y
CONSIDERANDO:
Que resulta menester ajustar aún con más detalle el sistema de fiscalización en lo que hace al expendio de Entradas de Cine y Boletos Oficiales Cinematográficos.
Por ello;
EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
Artículo 1° -Dispónese que a partir del 1° de Noviembre de 1998, la totalidad de las empresas exhibidoras a quienes se ha autorizado el expendio de las denominadas Entradas de Cine (BOC"s Térmicos), deberán obligatoriamente y en ocasión de su venta, entregar con cada una de ellas, un Boleto Oficial Cinematográfico.
Art. 2° -A los efectos de la participación en los sorteos mensuales que realiza el Organismo, aquellas Entradas de Cine generadas a contar de la fecha indicada precedentemente sólo serán admisibles cuando fuesen remitidas Juntamente con un Boleto Oficial Cinematográfico.
Art. 3° -Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, notifíquese a los interesados y oportunamente, archívese. -Julio Maharbiz.