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Resolución 1154/98 del 18/05/98




Secretaría de Comunicaciones



TELECOMUNICACIONES



Resolución 1154/98



Establécese la asignación de numeración
a Compañía de Radiocomunicaciones Móviles
S.A. y Nextel Argentina S.R.L., a efectos de ser aplicada en la
implementación de la modalidad "Abonado Llamante Paga"
(CPP) para el Servicio Radioeléctrico de Concentración
de Enlaces, con carácter transitorio.



Bs. As., 18/5/98



B.O: 21/5/98



VISTO lo tramitado en el Expediente N° EXPCNTE. 028968/96,
las Resoluciones S.C. N° 844/97 y 263/97 y


CONSIDERANDO:


Que la COMPAÑIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y NEXTEL
ARGENTINA S.R.L. han solicitado numeración para la implementación
de la modalidad "Abonado Llamante Paga" (CPP) en el
Area Múltiple Buenos Aires.


Que la modalidad de pago denominada "Abonado Llamante Paga"
ha sido implementada exitosamente en los servicios de Radiocomunicaciones
Móvil Celular y de Telefonía Móvil, verificándose
un importante beneficio para los clientes móviles.


Que conforme surge del punto 4.10 del Reglamento del Servicio
Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, aprobado
por la Resolución CNT N° 1815/95 y modificado por
la Resolución SC N° 844/97, estos servicios se encuentran
habilitados para implementar la modalidad de pago denominada "Abonado
Llamante Paga", debiendo los prestadores encuadrarse en la
reglamentación general vigente para los servicios móviles.



Que la mencionada reglamentación general fue dictada mediante
la Resolución SC N° 263/97.


Que en virtud de lo expuesto corresponde acceder a las solicitudes
de la COMPAÑIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y NEXTEL ARGENTINA
S.R.L., otorgando la numeración solicitada.


Que las cantidades que se prevé asignar han sido analizadas
en base de la disponibilidad de numeración existente en
la mencionada localidad y los requerimientos del prestador.


Que han tomado la intervención que respectivamente les
compete las Gerencias de Control y de Jurídicos y Normas
Regulatorias del organismo de origen.


Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el del Anexo II del Decreto N° 1620/96.


Por ello,


EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:


Artículo 1°-Asígnase, con carácter transitorio -ya
que los prestadores deberán adecuarse a lo dispuesto por
el Plan Fundamental de Numeración Nacional- a la COMPAÑIA
DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y a NEXTEL S.R.L. la numeración
que como Anexo I integra la presente, a efectos de ser aplicada
en la implementación de la modalidad "Abonado Llamante
Paga" (CPP) para el Servicio Radioeléctrico de Concentración
de Enlaces.


Art. 2°-La COMPAÑIA DE RADIOCOMUNICACIONES MOVILES S.A. y
NEXTEL ARGENTINA S.R.L. deberán cumplir con lo dispuesto
en la Resolución SC N° 263/97 y deberán presentar
ante la Autoridad de Aplicación los acuerdos celebrados
con otros prestadores para la implementación de la modalidad
"Abonado Llamante Paga" en forma previa a su instrumentación
comercial.


Art. 3°-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Germán Kammerath.


ANEXO I


1 - Numeración asignada a la COMPAÑIA DE RADIOCOMUNICACIONES
MOVILES S.A.





LOCALIDAD CANTIDAD

DE NUMEROS
INDICATIVO

INTERURBANO
NUMERO LOCAL
AREA MULTIPLE

BUENOS AIRES
10.000 1
995 MCDU





2 - Numeración asignada a NEXTEL S.R.L.





LOCALIDAD CANTIDAD

DE NUMEROS
INDICATIVO

INTERURBANO
NUMERO LOCAL
AREA MULTIPLE

BUENOS AIRES
10.000 1
996 MCDU




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