Secretaría General
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 1166/98
Declárase de interés nacional a las "VIII Olimpíadas Nacionales y VI Internacionales de Oficiales de Policía".
Bs. As., 1/ 10/98
B.O.: 15/10/98
VISTO el Expediente N° 2053/98 del Registro de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional a las "VIII Olimpiadas Nacionales y VI Internacionales de Oficiales de Policía", y
CONSIDERANDO:
Que la Federación de Círculos de Oficiales de Policía de la República Argentina designó para organizar la presente edición de esta importante junta deportiva al Circulo de Oficiales de Policía de la Provincia de Santa Fe.
Que este certamen se viene realizando desde el año 1991, previéndose que en esta oportunidad se reunirán más de 800 oficiales de las policías de todo el país, quienes participarán representando a sus círculos o instituciones policiales, esperándose la participación de importantes delegaciones del exterior, quienes convivirán, compartiendo y compitiendo en camaradería a través del deporte amateur.
Que a través de la Resolución 1814/98 del MINISTERIO DEL INTERIOR auspicia la realización del nombrado acontecimiento.
Que la SECRETARIA DE DEPORTES de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.
Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1°-Declárase de interés nacional a las "VIII Olimpíadas Nacionales y VI Internacionales de Oficiales de Policía", a realizarse del 6 al 11 de octubre de 1998, en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Art. 2° -La declaración otorgada por el artículo 1° del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL -PRESIDENCIA DE LA NACION.
Art. 3°-Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto A. Kohan.