Secretaría de Culto CULTO Resolución 1230/97 Reconócese a la Orden de Agustinos Recoletos como persona
jurídica y entidad de bien público. Bs. As., 13/5/97 B.O.: 23/05/97
VISTO lo solicitado por la ORDEN DE ACUSTINOS RECOLETOS, y
CONSIDERANDO:
Que la ORDEN DE AGUSTINOS RECOLETOS es un Instituto de Vida Consagrada
de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter
de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código
de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones
vigentes, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados
por la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1°-Reconócese como persona
jurídica a la ORDEN DE AGUSTINOS RECOLETOS, con sede legal
en calle Raúl Scalabrini Ortíz, número MIL
SETENTA Y TRES ( 1073), CAPITAL FEDERAL, y domicilio especial
en calle Aráoz, número MIL SETENTA Y DOS (1072),
CAPITAL FEDERAL la que queda inscripta bajo el número OCHENTA
Y CUATRO (84) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel
M. Centeno.