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Resolución 1269/97 del 22/05/97





Secretaría de Comunicaciones

TELECOMUNICACIONES

Resolución 1269/97

Acláranse los montos de garantía de oferta a
constituir para el caso de los Sistemas Radioeléctricos
de Concentración de Enlaces Privados (SRCEP).


Bs. As., 22/5/97

B.O: 23 / 5 / 97

VISTO, lo dispuesto por la Resolución CNT N° 2701/94
y sus modificatorias y lo tramitado en el expediente EXPCNC E.
000936/ 97,y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución citada en el Visto se aprobó
el Reglamento del Servicio Radioeléctrico de Concentración
de Enlaces (SRCE).

Que posteriormente por distintos actos administrativos se introdujeron
modificaciones al mencionado reglamento.

Que de lo normado en el punto 5.3.4. del mismo corresponde aclarar
los montos de garantía de oferta a constituir para el caso
de los Sistemas Radioelectricos de Concentración de Enlaces
Privados (SRCEP).

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Decreto N° 1620/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1°-Aclárase que la garantía
de oferta prevista en punto 5.3.4. de la Resolución N°
2701 CNI/94 y sus modificatorios que será aplicable a los
interesados en Sistemas Radioelectricos de Concentración
de Enlaces Privados (SRCEP) no contemplados en la excepción
establecida en el punto 5.1. de dicha resolución, será
equivalente a una suma única y total de $ 1.000.- cualquiera
sea el numero de pares de canales radioelectricos ofertados. Para
las áreas de explotación Buenos Aires, Rosario y
Córdoba dicha suma se elevará a $ 15.000.- .

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. - Germán Kammerath.

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