Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 132/98
Asígnanse recursos a determinadas provincias para la
aprobación de proyectos del Programa Trabajar II presentados
durante los meses de enero y febrero de 1.998.
Bs. As., 27/02/98.
B.O: 30/3/98.
VISTO la Ley N° 24.013 por la cual el MINISTERIO DE TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL tiene la facultad de entender en la elaboración
de Políticas y Programas de Empleo y Capacitación
Laboral: las Resoluciones M.T. y S.S. Nros.240 de fecha 16 de
abril de 1997 y 53 de fecha 29 de enero de 1998; y
CONSIDERANDO:
Que es responsabilidad del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
la ejecución del Programa TRABAJAR II.
Que resulta importante a través de los Programas de Empleo
Transitorio contribuir a la realización de obras de infraestructura
social y servicios de promoción y desarrollo comunitario,
mejorar la calidad de vida de la población en particular
de sectores de menores recursos así como brindar ocupación
transitoria a los trabajadores pobres.
Que los recursos disponibles para el Programa TRABAJAR II se distribuyen
teniendo en cuenta el porcentaje de la población objetivo
por provincia, asegurando criterios de equidad en la cobertura
del mencionado Programa.
Que la Resolución M.T. y S.S. Nº 53/98 asigna fondos
para la ejecución de proyectos del Programa TRABAJAR II
aprobados en el mes de febrero de 1998.
Que en pos de atender a la especial situación de emergencia
ocupacional que atraviesan las provincias de CORDOBA, CHACO, JUJUY,
NEUQUEN, RIO NEGRO, SANTA FE y TUCUMAN es necesario aprobar proyectos
por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y
S.S. N° 53/98.
Que durante el período invernal y como consecuencia de
la rigurosidad climática, las provincias de SANTA CRUZ
y TIERRA DEL FUEGO se vieron limitadas en la presentación
de proyectos potencialmente viables, lo que motivo la subutilización
del presupuesto.
Que las mencionadas provincias han solicitado aprobar proyectos
por un monto superior al asignado por Resolución M.T. y
S.S. Nº 53/98.
Que los fondos mencionados en los considerandos anteriores deberán
ser descontados de lo que se asigne a dichas provincias durante
el año 1998.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º-Asignar a las provincias de CORDOBA
la suma de PESOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($ 17.200), CHACO la
suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 997.200), JUJUY
la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE ($ 247.000), NEUQUEN
la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS
($ 454.700), RIO NEGRO la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y UN MIL
CIEN ($ 131.100), SANTA CRUZ la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE
MIL TRESCIENTOS ($ 49.300), SANTA FE la suma de PESOS CUATROCIENTOS
OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS ($ 483.700), TIERRA DEL FUEGO la
suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 58.900) y TUCUMAN
la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
($ 465.800) para la aprobación de proyectos del Programa
TRABAJAR II presentados durante los meses de enero y febrero de
1.998.
Art. 2º- Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese. - Antonio E. González.