Secretaría de Culto CULTO Resolución 1322/97 Reconócese como persona jurídica y entidad de
bien público a la Pia Sociedad de las Hijas de San Pablo
(Hermanas Paulinas). Bs. As., 22/5/97 B.O.: 10/06/97
VISTO lo solicitado por la PIA SOCIEDAD DE LAS HIJAS DE SAN PABLO
(HERMANAS PAULINAS), y
CONSIDERANDO:
Que la PIA SOCIEDAD DE LAS HIJAS DE SAN PABLO (HERMANAS PAULINAS)
es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como
tal ha acreditado su carácter de persona jurídica
pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA,
conforme lo normado por el Código de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente. acompañando sus estatutos, constituciones
vigentes, decreto de erección, memoria, y constancia de
su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados
por la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1°-Reconócese como persona
jurídica a la PIA SOCIEDAD DE LAS HIJAS DE SAN PABLO (HERMANAS
PAULINAS), con sede legal y domicilio especial en calle Fray Justo
Santa María de Oro, número DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA
Y TRES (2353), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el
número OCHENTA Y CINCO (85) del Registro de Institutos
de Vida Consagrada.
Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.