Secretaría de Comunicaciones
TELECOMUNICACIONES
Resolución 1372/98
Asignación de numeración a prestadores de servicios
de valor agregado, con carácter transitorio.
Bs. As., 3/6/98
B.O: 9/6/98
VISTO lo dispuesto por el Decreto Nº 544/97, las Resoluciones
S.C. Nº 2814/97 y 499/98, lo tramitado en el Expediente Nº
EXPCNC E. 001811 /98, y
CONSIDERANDO:
Que los servicios de valor agregado se encuentran reglamentados
en su aspecto general por la Resolución C.N.T. Nº
1083/95 y en particular el servicio de valor agregado "Acceso
a Internet" por las Resoluciones S.C. Nº 2814/97 y 499/98.
Que de acuerdo al Decreto Nº 1620/96 corresponde a esta Secretaría
administrar los Planes Técnicos Fundamentales.
Que mediante la Resolución S.C. Nº 46/97 se aprobó
el Plan Fundamental de Numeración Nacional.
Que el criterio de asignación adoptado está de acuerdo
a lo establecido en el Plan de Fundamental de Numeración
Nacional y teniendo en cuenta algunas limitaciones de naturaleza
técnica debidas al proceso de expansión de la numeración.
Que la asignación de numeración no implica reconocimiento
alguno de una determinada capacidad de análisis de las
centrales de tránsito de las LSB.
Que esta asignación es de carácter transitorio y
de manera alguna significa modificar los criterios básicos
establecidos en el Plan Fundamental de Numeración Nacional
ni permitir que en el futuro esta asignación limite su
implementación, en especial lo previsto en el Capítulo
VII Proceso de Migración pto. VII.3.
Que han tomado la intervención que respectivamente les
compete las Gerencias de Control y de Asuntos Jurídicos
y Normas Regulatorias del organismo de origen.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Anexo II del Decreto Nº 1620/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º-Asígnase con carácter
transitorio -ya que el prestador deberá adecuarse a lo
dispuesto por el Plan Fundamental de Numeración Nacional-
a los prestadores de servicios de valor agregado la numeración
según se indica en el Anexo I que forma parte de la presente
resolución.
Art. 2º-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Germán Kammerath.
Numeración asignada para el servicio de valor agregado
"Acceso a Internet".
EMPRESA | CANTIDAD DE NUMEROS | INDICATIVO
DE
SERVICIO | NUMERO
DE
CLIENTE |
AGORA S.R.L. | 100 | 610 | 2 46DU |
AUTORED INTERACTIVO S.RL | 100 | 610 | 5 36DU |
CADEMA S.A | 100 | 610 | 8 00DU |
COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS
TELEFONICO OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE SANFORD LTDA | 100 | 610 | 5 03DU |
COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICOS, "EL CHAJA" LTDA | 100 | 610 | 6 01 DU |
COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS TELEFONICOS, AGUAS POTABLE Y OTROS SERVICIOS PUBLICOS DE BOMBAL LTDA | 100 | 610 | 9 71DU |
COOPERATIVA TELEFONICA CORONEL DU GRATY LTDA | 100 | 610 | 9 84DU |
COOPERATIVA TELEFONICA DE SERVICIO PUBLICO Y COMUNICACIONES DE VILLA DEL TOTORAL LIMITADA | 100 | 610 | 7 09DU |
COOPERATIVA TELEFONICA OBRAS Y SERVICIOS CAPITAN BERMUDEZ. F. L. BELTRAN Y SU ZONA LTDA | 100 | 610 | 9 15DU |
EDGE S.R.L | 100 | 610 | 3 05DU |
FERNANDO RAMON AZCOITIA | 100 | 610 | 5 35DU |
INTERREDES S.R.L | 100 | 610 | 2 75DU |
RAMON RUBEN GOMEZ | 100 | 610 | 7 52DU |
ROBERTO CARLOS HORACIO SAFFIRIO | 100 | 610 | 5 43DU |