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Resolución 151/93 del 24/3/93





Secretaría de Transporte

TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS

Resolución 151/93

Apruébense las disposiciones sobre "sujeción
de contenedores".


Bs. As., 24/3/93

VISTO el expediente N° 1567/93 del Registro de la SECRETARIA
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar la normativa existente al traslado de
contenedores ejecutado mediante Automotor a mayores exigencias
técnicas y de seguridad.

Que el objeto de esta aplicación es garantizar la estandarización
ny empleo de los anclajes de contenedores en los camiones, acoplados
y semiacoplados.

Que la normativa adoptada se corresponde con las directivas técnicas
en vigencia en el ámbito internacional.

Que se ha evidenciado la necesidad de que el parque automotor
de carga se actualice sobre la base de documentos Internacionales
de reciente publicación, los cuales son de amplia utilización
en la operatoria con contenedores de acuerdo a lo previsto en
convenios internacionales.

Que el INSTITUTO ARGENTINO DE RACIONALIZACION DE MATERIALES (IRAM)
contempla en los puntos "6 - Sujeción" y "7
- Anexos" de la NORMA IRAM N° 10.022/88 y sucesivas,
todas las formas, disposiciones, características y tolerancias
de los elementos con que deben estar dotadas las unidades del
transporte automotor de cargas para que el transporte de contenedores
sea funcional, y por sobre todo brinde las condiciones de seguridad
necesarias e imprescindibles para dicho acarreo.

Que en consecuencia sólo podrán ser utilizados en
el transporte de contenedores los vehículos de carga y/o
remolques especialmente fabricados o adaptados para tal fin de
acuerdo a la normativa mencionada.

Que todo ello ampliará el marco de las disposiciones dirigidas
a garantizar la seguridad operativa en los servicios que se presentan
por el mencionado modo.

Que el dictado de la presente medida se motiva en la necesidad
de preservar la seguridad del tránsito y del transporte.

Que la consulta efectuada al Comité Federal de Transporte
ha sido favorable a la adopción de la presente Resolución.

Que los Decretos Nros. 958/92 y 1494/92 brindan atribuciones suficientes
para emitir el presente pronunciamiento:

Por ello.

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase las disposiciones
sobre "sujeción de contenedores" en el TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE CARGAS contenidas en los puntos "6 - Sujeción"
"7 - Anexos" de la NORMA IRAM N° 10.022/89 y sucesivas
que como anexo forma parte de la presente".

Art. 2° - La presente Resolución entrará
en vigencia a los VEINTE (20) días de su publicación
en el BOLETIN OFICIAL, siendo aplicable a todos los vehículos
y remolques o semirremolques afectados al transporte de contenedores
que se fabriquen a partir de su vigencia; y a los NOVENTA (90)
días de su publicación se extenderá la misma
al parque usado, cualquiera sea el modelo y antigüedad de
las unidades que lo componen.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Edmundo del Valle Soria.

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