Secretaría de Culto CULTO Resolución 1611/97 Reconócese a las Esclavas del Divino Corazón
como persona jurídica y entidad de bien público. Bs. As., 11/6/97 B.O: 1/7/97
VISTO lo solicitado por las ESCLAVAS DEL DIVINO CORAZON, y
CONSIDERANDO:
Que las ESCLAVAS DEL DIVINO CORAZON, es un Instituto de Vida Consagrada
de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter
de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código
de Derecho Canónico.
Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constitucionales
vigentes, decreto de erección, memoria y constancia de
admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados
por la autoridad eclesiástica.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1º de la ley 24.483.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1º-Reconócese como persona
jurídica a las ESCLAVAS DEL DIVINO CORAZON, con sede legal
y domicilio especial en Avenida Larrazabal, número MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE (1547), CAPITAL FEDERAL, la que queda
inscripta bajo el número OCHENTA Y NUEVE (893) del Registro
de Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2º-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.