Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 164/98
Autorízase el inicio y la baja de diversos Proyectos
Trabajar II.
Bs. As., 18/03/98.
B. O.: 30/03/98.
VISTO la Ley Nº 24.013; la Resolución M.I. y S.S.
Nº 240 de fecha 16 de abril de 1.997; las Resoluciones S.E.
y C.L. Nros. 265 de fecha 30 de junio de 1.997, 613 de fecha 1º
de diciembre de 1.997, 21 de fecha 22 de enero de 1.998 y 85 de
fecha 27 de febrero de 1.998; las notas recibidas de las GERENCIAS
DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de CHACO, de fecha 24 de febrero
de 1.998; SANTA FE, de fechas 27 de febrero y 2 de marzo de 1.998;
SALTA, de fecha 4 de marzo de 1.998, ENTRE RIOS, de fecha 4 de
marzo de 1998; MISIONES, de fecha 5 de marzo de 1998; MENDOZA,
de fecha 5 de marzo de 1998; el memorando emitido por el Departamento
de Evaluación dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS
DE EMPLEO Y CAPACITACION de fecha 5 de marzo de 1.998; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 29 de la Resolución S.E. y C.L.
Nº 202/97 dispone que los organismos responsables deberán
comunicar a las GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL (GECAL)
los imprevistos que ocurran en el transcurso de los proyectos.
Que la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE EMPLEO Y CAPACITACION
(D.N.P.E. y C.) ha recibido notas por parte de la GERENCIA DE
EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de CHACO en las que se comunica
que los Proyectos TRABAJAR II Nros. 16-0512-01-8, 16-0519-01-B,
160520-01-8 y 16-0528-01-8 darán inicio a sus actividades
a partir del día 2 de marzo de 1.998.
Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido notas por parte de
la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SANTA FE en las
que se comunica la baja de los Proyectos TRABAJAR II Nros. 13-0383-01-7,
13-0384-01-7, 13-0385-01-7, 1-0386-017 y 13-1389-01-7.
Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte
de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL citada precedentemente
en la que se comunica que el Proyecto TRABAJAR II Nº 13-160701-8
dará inicio a sus actividades a partir del día 19
de abril de 1.998.
Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte
de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de SALTA, en la
que se comunica que el Proyecto TRABAJAR II Nº 10-0404-01-8
dará inicio a sus actividades a partir del día 1º
de abril de 1.998.
Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido notas por parte de
la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de ENTRE RIOS en
las que se comunica, en primer lugar, que el Proyecto TRABAJAR
II Nº 06-0594-01-8, dará inicio a sus actividades
a partir del día 4 de mayo de 1.998, y en segundo lugar,
que los proyectos TRABAJAR II Nros. 06-0623-01-8 y 06-063501-8
darán inicio a sus actividades a partir del día
19 de abril de 1.998.
Que asimismo, la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte
de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de MISIONES en
la que se comunica que el Proyecto TRABAJAR II Nº 20-0685-01-8
dará inicio a sus actividades a partir del día 19
de abril de 1.998.
Que asimismo la D.N.P.E. y C. ha recibido una nota por parte de
la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de MENDOZA en la
que se comunica que los Proyectos TRABAJAR II Nros. 09-0551-01-8,
09-0567-01-8, 09-0568-01-8, 09-057101-8, 09-612-01-8 y 09-0613-01-8
darán inicio a sus actividades a partir del día
1º de abril de 1.998.
Que es necesario elevar mensualmente al SISTEMA ADMINISTRATIVO
FINANCIERO (S.A.F.) dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION
LABORAL, la nómina de los proyectos aprobados por las Unidades
Regionales de Aprobación del Programa TRABAJAR II, a fin
de que el mismo comprometa el monto correspondiente a cada proyecto.
Que la Resoluciones S.E. y C.L. Nros.285/97, 613/97, 21/98 y 85/98
a través de sus artículos 1º asignan recursos
para los proyectos mencionados.
Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de
la Ley Nº 24.013, en el artículo 9 de la Resolución
M.T. y S.S. Nº 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades
establecidas por la Resolución S.E. y C.L. Nº 202/97.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL
RESUELVE:
Artículo 1º- Autorizar el inicio de los Proyectos
TRABAJAR II Nros. 16-0512-01-8, 160519-01-8, 16-0520-01-8 y 16-0528-01-8,
de la provincia de CHACO, aprobados mediante Resolución
S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir del día 2 de marzo
de 1.998 y asignar recursos a los mismos por un plazo de CUATRO
(4) meses, hasta el día 30 de junio de 1.998, para los
tres primeros y por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día
31 de agosto de 1.998, para el último.
Art. 2º- Autorizar la baja de los Proyectos TRABAJAR
II Nros. 13-0383-01-7, 13-0384-017, 13-0385-01-7 y 13-0386-01-7de
la provincia de SANTA FE, aprobados mediante Resolución
S.E. y C.L. Nº 285/97, con DIEZ (10) beneficiarios, por un
plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS
DOCE MIL ($ 12.000) para el primero, con NUEVE (9) beneficiarios,
por un plazo de SEIS (6) meses y un monto a cargo del Programa
de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800) para el segundo, con
SEIS (6) beneficiarios, por un plazo de SEIS (6) meses y un monto
a cargo del Programa de PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 7.200) para
el tercero y con DIEZ (10) beneficiarios, por un plazo de SEIS
(6) meses y un monto a cargo del Programa de PESOS DOCE MIL ($
12.000) para el último.
Art. 3º- Autorizar la baja del Proyecto TRABAJAR II
Nº 13-1389-01-7 de la provincia de SANTA FE, aprobado mediante
Resolución S.E. y C.L. Nº 613/97, con SESENTA Y TRES
(63) beneficiarios, por un plazo de CUATRO (4) meses y un monto
a cargo del Programa de PESOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS ($ 50.400).
Art. 4º- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR
II Nº 13-1607-01-8 de la provincia de SANTA FE, aprobado
mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir
del día 1º de abril de 1.998 y asignar recursos al
mismo por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 30 de
setiembre de 1.998.
Art. 5º- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR
II Nº 10-0404-01-8 de la provincia de SALTA, aprobado mediante
Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98, a partir del día
19 de abril de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo
de SEIS (6) meses, hasta el día 30 de setiembre de 1.998.
Art.6º- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR
II Nº 06-0594-01-8 de la provincia de ENTRE RIOS, aprobado
mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir
del día 4 de mayo de 1.998 y asignar recursos al mismo
por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día 31 de octubre
de 1.998.
Art. 7º- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR
II Nros.06-0623-01-8 y 06-0635-01-8 de la provincia de ENTRE RIOS,
aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98,
a partir del día 1º de abril de 1.998 y asignar recursos
a los mismos por un plazo de SEIS (6) meses, hasta el día
30 de setiembre de 1.998, para el primero y por un plazo de CUATRO
(4) meses, hasta el día 31 de julio de 1.998, para el segundo.
Art. 8º- Autorizar el Inicio del Proyecto TRABAJAR
II Nº 20-0685-01-8 de la provincia de MISIONES, aprobado
mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98, a partir
del día 19 de abril de 1.998 y asignar recursos al mismo
por un plazo de TRES (3) meses, hasta el día 30 de junio
de 1.998.
Art. 9º- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR
II Nros. 09-0551-01-8, 09-0567-01-8 y 09-0571-01-8 de la provincia
de MENDOZA, aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº
21/98, a partir del día 19 de abril de 1.998 y asignar
recursos a los mismos por un plazo de TRES (3) meses, hasta el
día 30 de junio de 1.998 para el primero, y por un plazo
de SEIS (6) meses, hasta el día 30 de setiembre de 1.998
para los DOS (2) últimos.
Art. 10.- Autorizar el inicio del Proyecto TRABAJAR II
Nº 09-0568-01-8 de la provincia de MENDOZA, aprobado mediante
Resolución S.E. y C.L. Nº 21/98, a partir del día
19 de abril de 1.998 y asignar recursos al mismo por un plazo
de CUATRO (4) meses, hasta el día 31 de julio de 1.998.
Art. 11.- Autorizar el inicio de los Proyectos TRABAJAR
II Nros.09-0612-01-8 y 09-0613-01-8 de la provincia de MENDOZA,
aprobados mediante Resolución S.E. y C.L. Nº 85/98,
a partir del día 19 de abril de 1.998 y asignar recursos
a los mismos por un plazo de CINCO (5) meses, hasta el día
31 de agosto de 1.998, para el primero, y por un plazo de CUATRO
(4) meses, hasta el día 31 de julio de 1.998 para el último.
Art. 12.- Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese. - Diego A. Estévez.