Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Resolución 199/98
Considéranse sujetos al beneficio del Régimen
de Financiamiento del I.V.A. conforme la Ley Nº 24.402, montos
correspondientes al IVA de las compras e importaciones de bienes
de capital de Maquie Vaplas S.A.
Bs. As., 25/03/98.
B. O.: 31/03/98.
VISTO el Expediente Nº 061-009609/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma MARQUIE VAPLAS S.A. ha solicitado los beneficios
establecidos en el Régimen de Financiamiento del I.V.A.
conforme la Ley Nº 24.402 para la financiación de
créditos equivalentes al impuesto al Valor Agregado pagado
por compras e importaciones de bienes de capital destinados a
la impresión flexográfica en láminas de polietileno
y polipropileno.
Que la firma MARQUIE VAPLAS S.A. ha adquirido un compromiso para
la obtención de una certificación de calidad según
la norma ISO 9002.
Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de exportación
de acuerdo al Anexo I de la Resolución Conjunta ex-S.M.
e I. Nº 68/96 y ex S.C. e I. Nº 7096 de fecha 12 de
febrero de 1.996.
Que del análisis efectuado, surge que los bienes de capital
se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley Nº
24.402 y que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos
por el Decreto Nº 779/95 Reglamentario de la Ley Nº
24.402 y su Anexo correspondiente de fecha 31 de mayo de 1.995.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio
y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete, opinando que
la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo
5º de la Resolución S.I.C. y M. Nº 40/97 de fecha
23 de enero de 1.997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º- Considéranse sujetos al
beneficio establecido por los Artículos 1º y 2º
de la Ley Nº 24.402 los montos correspondientes al I.V.A.
de las compras e importaciones de bienes de capital de MARQUIE
VAPLAS S.A. destinados a la impresión, flexográfica
en láminas de polietileno y polipropileno cuyo detalle
figura en el Anexo I de la presente Resolución según
la N.C.M. que en UNA (1) planilla forma parte integrante de la
presente Resolución.
Art. 2º- Atento a lo requerido por el Artículo
1º de la Resolución Conjunta ex-S.M. e I. Nº
68/96 y ex-S.C. e I. 70/96, la firma deberá dar cumplimiento
en el plazo establecido en el Artículo 2º de la Resolución
Conjunta ex-S.M. e I. Nº 70/96 y ex-S.C. e I. Nº 72/96
de fecha 12 de febrero de 1.996, a la presentación del
correspondiente certificado de norma internacional de calidad.
Art. 3º- El incumplimiento por parte de la beneficiaria
de los objetivos establecidos en oportunidad de la adquisición
de los bienes de capital objeto de la financiación estipuladas
en el Artículo 2º de la Ley Nº 24.402 y/o de
la presentación del certificado de norma internacional
de calidad y/o del compromiso de exportación dará
lugar a la aplicación del Artículo 3º de la
Ley Nº 24.402.
Art. 4º- A través de la DIRECCION DE PROMOCION
DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR notifíquese a MARQUIE VAPLAS S.A.
Art. 5º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 199 |
POSICION ARANCELARIA | MONTO DEL I.V.A. |
8414.80.11 | $ 191,52 |
8419.89.99 | $ 17.955,00 |
8428.90.90 | $ 45.486,00 |
8442.50.00 | $ 15.120,00 |
8443.40.10 | $ 305.606,07 |
8443.90.90 | $ 11.088,00 |
8479.89.99 | $ 57.456,00 |
TOTAL A FINANCIAR | $ 452.902.59 |
SON PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DOS CON
59/100.