Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución 208/98
Apruébase el plan de intercambio compensado presentado
por la firma Ciganotto Autopartes S.A.
Bs. As., 25/03/98.
B. O.: 31/03/98.
VISTO el expediente Nº 060-004938/97, del Registro dei MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma "CIGANOTTO AUTOPARTES S.A.", con domicilio
en Calle 119 (Saavedra) Nº 6250 (Loma Hermosa) - Provincia
de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio
compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista
independiente de la industria automotriz.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la
Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de
1.996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.
Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del
15 de enero de 1.996 y en el artículo 1º de la Resolución
ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias
Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de setiembre
de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de
abril de 1.997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º- Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la firma ""CIGANOTTO AUTOPARTES S.A.",
con domicilio en Calle 119 (Saavedra) Nº 6250 (Loma Hermosa)
- Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican
en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Art. 2º- Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1.996,
por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril
de 1.996, y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1.997 y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P Nº 060004938/97.
Art. 3º- Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma "CIGANOTTO AUTOPARTES S.A."
constituye domicilio especial en Virrey Olaguer y Feliú
2625 - Capital Federal, donde serán válidas todas
las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen,
siendo competente para el caso de divergencia o controversia la
jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la
Capital Federal.
Art. 4º- La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5º- Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º- Notifíquese a la interesada.
Art.7º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 208
Expediente Nº 060-004938/97
Empresa: CIGANOTTO AUTOPARTES S.A.
Producto a Exportar:
Posición N.C.M.
DESCRIPCION
8708.29.91
Guardabarros VW Gol y Escort
8708.29.99
Capots Fiat Uno
8708.29.99
Laterales VW Gol
8708.10.00
Frentes VW Gol
8708.10.00
Paragolpes delanteros
8708.10.00
Paragolpes traseros
8708.29.99
Extensión de paragolpes
.
Portaequipajes
Productos a Importar:
Posición N.C.M.
DESCRIPCION
8708.29.91
Guardabarros
8708.29.99
Capots
8708.29.99
Laterales
2708.29.99
Frentes
2708.10.00
Paragolpes delanteros G.M.
8708.10.00
Paragolpes traseros G.M.
8708.10.00
Extensión de paragolpes G.M.
8708.29.99
Portaequipajes Ford Escort Rural