Secretaría de Culto CULTO Resolución 2116/98 Cancélase la inscripción en el Registro Nacional de
Cultos, de diversas entidades. Bs. As., 26/5/98 B.O.: 23/06/98
VISTO la Ley 21.745, el Decreto 2037/79, los expedientes que resultaran
inscriptos en el Registro Nacional de Cultos, los dictámenes de
la Dirección General del Registro Nacional de Cultos y de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 2509/96 del Secretario de Culto, modificada
por Resolución Nº 2819/96, se dispone el relevamiento de entidades
religiosas inscriptas, identificando las que no registren actividad desde
el 1º de enero de 1991 y que ante la notificación fehaciente
practicada sin obtener respuesta alguna hasta la fecha, debe considerarse
que las organizaciones religiosas mencionadas en el Anexo 1 (uno) han dejado
de funcionar.
Que asimismo, debe tenerse presente que el plazo previsto para actualizar
información por Resolución Nº 2509/96 hasta el 20 de
diciembre de 1996, fue prorrogado por Resolución del Secretario
de Culto Nº 230/97 hasta el 31 de marzo de 1997.
Que atento a que las entidades mencionadas en el Anexo 1 (uno) no han
respondido a las notificaciones debidamente practicadas por este organismo,
y que de ello se desprende una inexistencia de actividad religiosa desde
hace más de seis años.
Que las entidades mencionadas han dejado de ejercer su actividad lo
que comporta un incumplimiento del objeto por el cual han sido reconocidas
por el Estado Nacional como tales.
Que la falta de cumplimiento de las actividades religiosas y su consecuente
inexistencia como organizaciones constituye una de las causales de cancelación
prevista por la Ley 21.745 en su artículo 3º inc. a).
Que la Dirección General del Registro Nacional de Cultos debe
mantener actualizadas las inscripciones conforme lo previsto en el artículo
1º del Decreto 2037/79 y dado que debe interpretarse que las organizaciones
religiosas mencionadas en el Anexo han dejado de funcionar, corresponde
dictar el acto administrativo de cancelación de las mismas.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1° - Cancélase la inscripción
en el Registro Nacional de Cultos de las entidades indicadas en el Anexo
1 (uno) y declarase la caducidad e invalidez de los Comprobantes de Inscripción
indicados en el mismo Anexo. Solicítese a estas entidades la restitución
de los comprobantes de inscripción en el plazo máximo de
5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada la presente,
bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto
2037/79.
Art. 2° - Declárase la caducidad e invalidez de todos
los Certificados para local filial emitidos por la Secretaría de
Culto - Dirección General del Registro Nacional de Cultos - a nombre
de esas entidades y solicítese la restitución de dichos certificados
en el plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles administrativos
de notificada la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto 2037/79.
Art. 3° - Solicítese la pérdida de la personería
jurídica por ante los Organismos Competentes en aquellas asociaciones
o fundaciones que la tengan y a cuyo fin ofíciese.
Art. 4° - Declárase la caducidad e invalidez de los
Certificados de Registro de Firma del Registro Nacional de Cultos bajo
los números indicados y a favor de las personas identificadas en
el Anexo 1 (uno) que forma parte de la presente Resolución.
Art. 5° - Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
- Angel M. Centeno.
ANEXO I
CI |
POR |
ENTIDAD |
DIRECCION |
REGISTRO DE FIRMA |
0990 |
Dir. Nac. Culto |
ORGANIZACION -LA CARPA |
CC: 171 (Olavarría) |
RAMON R ZURITA |
1259 |
Dir. Nac. Culto |
IGLESIA EVANGELICA CONGREGACION CRISTIANA "PUEBLO
DE DIOS" |
VILLA TACUARA (Pº Iguazú - Misiones) |
ANDRES ZENA |
1732 |
Sub. Sec. Culto |
CENTRO ESPIRITA OXUM-OGUN |
ESMERALDA 1193 (González Catán) |
MARIA ROSA GASPARINI |
1919 |
Sub. Sec. Culto |
IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL MARAN-ATA |
ISLAS ORCADAS M84 (Bella Vista) |
MARCELO DANIEL HEILI |
2036 |
Sub. Sec. Culto |
TEMPLO ESPIRITUAL DIOS PADRE |
DALIA S/N MANZANA 55 (Escobar) |
ELVIRA CARMEN FRONTONI |
2055 |
Sub. Sec. Culto |
IGLESIA PENTECOSTAL "MISION EN MARCHA" |
LOTE 20,MANZANA 23 (Iguazú - Misiones) |
JOSE FERREIRA DE SOUZA |
2254 |
Sub. Sec. Culto |
MISION CRISTIANA EVANGELICA "EL ALFA Y OMEGA" |
ALMIRANTE BROWN S/N (Alderete - Tucumán) |
GABRIEL NESTOR PEREYRA |
2316 |
Sub. Sec. Culto |
IGLESIA CRISTIANA "MENSAJE DE VIDA" |
CARLOS CASARES 4145 (San Fernando) |
SERGIO ALFONSO PINAZO |
2321 |
Sub. Sec. Culto |
ASOCIACION UNION ISLAMICA |
MENDOZA 1764 (Rosario - Santa Fe) |
ALI SAID CHAYA |
2359 |
Sub. Sec. Culto |
ASOCIACION CIVIL VIDA UNIVERSAL |
MARIANO ACOSTA 647 5º "18" (CBA) |
OSCAR F. CIURCILO |
2483 |
Sub. Sec. Culto |
IGLESIA EVANGELICA CRISTIANA LAS BUENAS NUEVAS |
COMBATE DE LOS POZOS 3160 (J.C.Paz |
GALARZA MARIO |