Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución 215/98
Apruébase el plan de intercambio compensado presentado
por la firma Emplast S.A.
Bs. As., 30/3/98
B.O: 1/04/98
VISTO el expediente Nº 060-018506/96, del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma EMPLAST S.A., con domicilio en la calle Descartes
4265 - Parque Industrial San Diego - Tortuguitas - Pcia. de Buenos
Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio
compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista
independiente de la industria automotriz.
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la
Resolución ex-S.M. el. Nº 190 del 29 de abril de 1996
y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M Nº 175
del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº
291 del 11 de abril de 1997.
Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y
MINERIA dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del
15 de enero de 1996 y en el artículo 1P de la Resolución
ex-S.M. el. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias
Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre
de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de
abril de 1997.
Por ello.
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la firma EMPLAST S.A., con domicilio
en Descartes 4265 - Parque Industrial San Diego - Tortuguitas
- Pcia. de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en
el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996,
por la Resolución ex-S.M. el. Nº 190 del 29 de abril
de 1996y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº
175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y
M. Nº 291 del 11 de abril de 1997 y por la presente, como
así también por los compromisos asumidos por la
beneficiaria en el presente expediente M.E. y O. y S.P. Nº
060-018506/96.
Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma EMPLAST S.A. constituye domicilio
especial en Paseo Colon 482 - 2º Piso - Capital Federal,
donde serán validas todas las notificaciones judiciales
o extrajudiciales que se le pudieran practicar, siendo competente
para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción
de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4º-La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6º-Notifíquese a la interesada.
Art. 7º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 215
Expediente Nº 060-018506/96
Empresa: EMPLAST S.A.
Productos a Exportar:
POSICION N.C.M. | DESCRIPCION |
8708.10.00 | Paragolpes trasero Peugeot 405 |
8708.10.00 | Paragolpes delantero Peugeot 405 |
8708.10.00 | Cobertura paragolpes tras. bic R 19 |
8708.10.00 | Cobertura paragolpes tras. tricuerpo R 19 |
8708.10.00 | Cobertura paragolpes delantero R 19 |
8708.10.00 | Paragolpes trasero R 19 |
8708.10.00 | Paragolpes delantero R 19 |
Productos a Importar:
EMPLAST S.A. no realizará importaciones en virtud del presente
Programa. Cederá sus créditos conforme a lo dispuesto
en el art.7º de la Resolución S.I.C. y M. Nº
291 del 11 de abril de 1997.