Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 216/98
Establécese la baja del Proyecto aprobado por Resolución 412/97 en el marco del Programa Trabajar II, en la jurisdicción de la Provincia de Tucumán, cuyo Organismo Responsable es la Secretaría de Estado del Interior.
Bs. As., 13/4/98
B.O.: 22/04/98
VISTO el Expediente Nº 1-2015-00001014673/97 del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. y S.S.), la Resolución M.T. y S.S. Nº 240 de fecha 16 de abril de 1997, las Resoluciones S.E. y C.L. Nros.202 de fecha 28 de mayo de 1997, 315 de fecha 8 de julio de 1997,412 de fecha 29 de agosto de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que por el conducto de la Resolución S.E. y C.L. 412/97 fue aprobado el proyecto identificado bajo el Nº 15-0440-01-7, presentado en el marco del Programa TRABAJAR II en la jurisdicción de TUCUMAN, por la SECRETARIA DE ESTADO DEL INTERIOR en carácter de Organismo Responsable del mismo, que tenía por objeto la "construcción del puesto sanitario Los Arroyos".
Que de las Resoluciones S.E. y C.L. Nº 202/97 y 315/97 surgen las obligaciones asumidas por los Organismos Responsables en cuanto a la ejecución de los proyectos, que deben desarrollarse conforme a los diseños oportunamente presentados y aprobados.
Que en la visita de supervisión de fecha 17 de noviembre 1997 se detecto, ausencia de beneficiarios, y que la obra no habla tenido inicio.
Que conforme lo prescripto por el artículo 4º de la Resolución S.E. y C.L. Nº 315/97 se intimó al Organismo Responsable para que en el plazo de CUARENTA Y OCHO (48) horas presentara, por escrito, su descargo.
Que el Secretario de Estado del Interior manifestó en nota del 20 de noviembre de 1997 que por motivos ajenos a su voluntad y relacionados con la propiedad del terreno se vieron impedidos de ejecutar la obra.
Que por ello la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL de TUCUMAN (GECAL) en base a la irregularidad detectada, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6º de la Resolución S.E. y C.L. Nº 315/97 dispuso la suspensión preventiva del pago de las ayudas económicas a los beneficiarios del proyecto Nº 15-0440-01-7 del Programa TRABA JAR II.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 11º de la citada Resolución S.E. y C.L. Nº 315/97, corresponde dictar resolución sobre el asunto en cuestión.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución M.T. y S.S. Nº 240/97.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL
RESUELVE:
Artículo 1º-Dése de baja al Proyecto identificado bajo el Nº 15-0440-01-7, aprobado por Resolución S.E. y C.L. Nº 412/97 en el marco del Programa TRABAJAR II, en la jurisdicción de la Provincia de TUCUMAN, cuyo Organismo Responsable es la SECRETARIA DE ESTADO DEL INTERIOR.
Art. 2º-Intímase a la SECRETARIA DE ESTADO DEL INTERIOR en su carácter de Organismo Responsable a reintegrar al M.T. y S.S. la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS ($ 5.400), recibida en concepto de pago de ayudas económicas en el marco del Programa TRABAJAR II, que no fue empleada para ese fin. Dicha suma deberá hacerse efectiva dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles administrativos, contados a partir de la notificación de la presente, mediante deposito en el BANCO NACION, Casa Central. Cuenta Corriente Nº 2950/10 MTySS-75/350 SEyCL 2º Proyecto de Protección Social, bajo apercibimiento de promover las acciones legales pertinentes, correspondiendo dar intervención a la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL M.T. y S.S., y/u inhabilitar a la SECRETARIA DE ESTADO DEL INTERIOR por el plazo de UN (1) año a participar en los Programas de Empleo y Capacitación Laboral del M.T. y S.S. implementados y/o a implementarse. La intimada deberá dentro de los TRES (3) días de cumplido lo ordenado, remitir copia de la correspondiente boleta de depósito a la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL DE TUCUMAN.
Art. 3º-Notifíquese de la presente, al Organismo Responsable y al TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN, por intermedio de la GECAL correspondiente a la jurisdicción.
Art. 4º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones y Biblioteca y archívese.- Diego A. Estévez.