Ministerio de Salud y Acción Social
PLAN NACIONAL DE SALUD MENTAL
Resolución 245/98
Su aprobación. Antecedentes. Propósitos. Objetivos.
Evaluación.
Bs. As., 20/4/98
B.O: 24/04/98
VISTO el Expediente Nº 1-2002-3523/98-7 del Registro del
Ministerio de Salud y Acción Social y el Decreto Nº
1269/92 por el que se aprueban las Políticas Sustantivas
e Instrumentales de Salud, y
CONSIDERANDO:
Que dichas Políticas tienen como objetivo lograr la plena
vigencia del derecho a la Salud para la población tendiente
a alcanzar la meta de SALUD PARA TODOS en el menor tiempo posible
mediante la implementación y desarrollo de un sistema basado
en criterios de EQUIDAD, SOLIDARIDAD, EFICACIA, EFICIENCIA y CALIDAD.
Que es necesario mejorar la accesibilidad, eficiencia y calidad
de los servicios de Salud Mental mediante la efectiva extensión
de cobertura a toda la población, con acciones del mejor
nivel de calidad posible y el menor costo económico y social.
Que es fundamental, mediante acciones sanitarias sostenidas y
concertadas de promoción y protección de la Salud
Mental disminuir los riesgos evitables de enfermar y morir.
Que habiendo consensuado con las jurisdicciones provinciales las
pautas básicas, el Grupo de Trabajo designado por Resolución
(SPS) Nº 36/98 procedió a la elaboración de
un PLAN NACIONAL DE SALUD MENTAL.
Que cuenta con la aprobación de la Subsecretaría
de Atención Médica.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado
la intervención de su competencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º-Apruébase el PLAN NACIONAL
DE SALUD MENTAL que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.
Art. 2º-Se otorga un plazo de 90 días, a las
instituciones, asociaciones y colegios médicos involucrados
con la temática de la Salud Mental para sugerir las modificaciones
que crean pertinentes.
Art. 3º-Regístrese, comuníquese, publíquese,
pase a la Dirección Nacional de Registro Oficial y cumplido,
archívese.-Alberto Mazza.
ANEXO I
PLAN NACIONAL DE SALUD MENTAL
I-ANTECEDENTES
Siendo propósito liminar de las transformaciones iniciadas
con las vigentes Políticas Sustantivas e Instrumentales
de Salud la plena vigencia del Derecho a la Salud para toda la
población, mediante la implementación y desarrollo
de un sistema basado en criterios de equidad, accesibilidad, solidaridad,
eficacia, eficiencia y calidad, mediante la efectiva extensión
de cobertura a toda la población, al menor costo económico
y social, se hace necesario el diseño de un Plan Nacional
de Salud Mental que garantice estas metas poniendo especial énfasis
en la optimización de los recursos disponibles.
Por otra parte, es competencia del Ministerio de Salud y Acción
Social de la Nación el establecimiento de las Políticas,
Planes y Estrategias que, con el consenso y posterior adhesión
de las jurisdicciones, tiendan a optimizar la organización
y funcionamiento de sistemas y recursos de salud mental, teniendo
como eje la descentralización y el desarrollo adecuado
de redes locales de complejidad creciente, garantizando así
la accesibilidad a los servicios, la coordinación y complementación
de los prestadores y la satisfacción de la demanda y de
las necesidades en este importante campo.
En este sentido el presente Plan Nacional se basa en el marco
conceptual del Proyecto previo, aprobado en Plenario por los Responsables
de Salud Mental de la Nación, las Provincias y la Ciudad
de Buenos Aires, los previos planes y programas del Instituto
Nacional de Salud Mental y las extensas referencias bibliográficas
consultadas, documentos estos que son antecedente, justificación
y sustrato científico sustantivo de sus propósitos
y objetivos.
II-PROPOSITOS
El Presente Plan se propone, en el menor tiempo posible, a nivel
nacional y - por su adhesión - a nivel jurisdiccional;
.1-Alcanzar la plena vigencia del derecho a la salud mental para
toda la población, mejorando la accesibilidad, eficiencia,
eficacia, calidad, solidaridad y garantizando la equidad, así
como asegurando intervenciones oportunas, continuas, basadas en
evidencias y costo-efectivas.
.2-Optimizar las actividades de promoción, prevención,
tratamiento y rehabilitación de los trastornos mentales,
a través de una oportuna descentralización, educación
y participación comunitaria y construcción colectiva,
mejorando condiciones de vida, evitando riesgos y tendiendo paulatinamente
a que el paciente sea atendido en su propia comunidad - o lo más
cerca posible de ésta - utilizando sus propios recursos
y conservando los vínculos de los pacientes con su familia
y medio social.
.3-Integrar las intervenciones en Salud Mental lo más estrechamente
posible con los Sistemas, Organizaciones y Servicios de Salud,
promoviendo su integración a una red de complejidad ascendente.
.4-Promover cambios en la Legislación Nacional y Provincial
que garanticen una atención en salud mental con absoluto
respeto de los derechos individuales, civiles y políticos
del enfermo, su identidad cultural y dignidad personales y su
libertad de comunicación; promoviendo la reconstrucción
de la capacidad del enfermo para ejercer sus derechos.
III-OBJETIVOS
Para lo cual concretará, en aproximaciones sucesivas y
para toda la población, los siguientes objetivos en las
correspondientes áreas de responsabilidad;
.1-Establecimiento de una Red Nacional Asistencial Jurisdiccional
en Salud Mental, basada en la extensión, profundización
y consolidación de la estrategia de Atención Primaria
de Salud, que garantice en base a las necesidades de la población,
la adecuada, oportuna y continua accesibilidad de servicios comunitarios
de salud mental en el primer nivel de atención.
.2-Adecuación paulatina - en la medida de la consolidación
de otras estrategias alternativas - de los hospitales psiquiátricos
a la estrategia de desmanicomialización, promoviendo su
descentralización, así como la incorporación
de las Normas del Programa Nacional de Garantía de Calidad
de la Atención Médica.
.3-Incorporación y promoción de estrategias de rehabilitación
psicosocial, con una adecuada participación social a través
de programas comunitarios que optimicen la reinserción
del paciente en su medio.
.4-Promover una transformación cultural en relación
con la enfermedad mental y el enfermo, fomentando un cambio de
actitudes que asegure la garantía plena de los derechos
humanos de los pacientes, evitando 1a discriminación, el
maltrato físico, el confinamiento indefinido, así
como evitando su exclusión y estigmatización a través
de un trato digno, solidario tolerante y creativo.
.5-Asegurar en todos los niveles de prevención - primaria,
secundaria y terciaria - la máxima participación
de los usuarios, tanto en las etapas de planificación y
programación, como de ejecución y evaluación.
.6-Adecuar y promover la formación de los Recursos Humanos
en salud mental con una orientación hacia la promoción
y prevención, atención psiquiátrica comunitaria,
así como el sostenimiento de las estrategias de educación
para la salud de la población, permitiendo así disminuir
el riesgo de problemas psicosociales.
.7-Normalizar - a través del Programa Nacional de Garantía
de Calidad de la Atención Médica - los aspectos
organizacionales, asistenciales, de evaluación y monitoreo
de impacto y resultado, de programas, servicios e intervenciones,
así como del plan de tratamiento adecuado y el entrenamiento
básico para la inserción comunitaria y laboral del
enfermo mental.
.8-Constituir, mantener y optimizar permanentemente un Sistema
de Vigilancia Epidemiológica en Salud Mental - integrado
al SINAVE - que permita un adecuado y permanente diagnostico situacional,
modelos y niveles de daño y perfil de los recursos existentes,
con la consiguiente optimización de la formulación
de prioridades y la mayor certeza en la toma de decisiones.
.9-MeJorar la eficiencia y eficacia de los establecimientos psiquiátricos
a través de la extensión del Programa de Hospitales
Públicos de Autogestión, para aquellas intervenciones
que necesiten - como indispensable recurso terapéutico
- atención hospitalaria parcial o integral, pero cambiando
el eje de la atención en salud mental hacia la atención
primaria y, por ende, permitiendo equidad, accesibilidad y prevención,
tanto como un mayor traslado de acción es hacia la comunidad
y optimizando los sistemas de referencia y contrareferencia en
la red coordinada de servicios de complejidad ascendente.
.10-Contribuir a establecer jurisdiccionalmente una red coordinada
de servicios de complejidad ascendente que responda a las necesidades
en salud mental de la comunidad, que asegure la equidad y accesibilidad,
que asegure la prevención primaria y la rehabilitación
psicosocial y la protección y defensa de los derechos de
los enfermos mentales, dentro del campo del derecho a la salud,
reforzando su identidad, dignidad y autoestima y evitando la marginación
por su enfermedad.
.11-Propender a la reconversión paulatina y gradual de
los establecimientos manicomiales neuropsiquiátricos y
otros sistemas hospitalarios y senatoriales públicos y
privados en la medida del progreso en la incorporación
de otras diferentes alternativas y modalidades de tratamiento
que eviten el aislacionismo y la cronificación así
como el abordaje especial de patologías específicas
y sociopatías.
.12-Promover y estimular jurisdiccionalmente las estrategias de
promoción y educación en salud mental, tanto para
señalar y prevenir riesgos, como para evitar el rechazo
de la enfermedad y de los enfermos en el nivel comunitario.
13-Estudiar, señalar y difundir las problemáticas
particulares de diferentes etapas de la vida (por ej. adolescencia
y tercera edad), de algunas enfermedades (por el, SIDA y oligofrenia)
o de ciertos problemas sanitarios (por ej. adicciones, pobreza
critica y violencia) en el área de la salud mental.
.14-Establecer un Comité de Responsables Jurisdiccionales
en Salud Mental para consensuar, evaluar y eventualmente modificar,
estrategias, programas, actividades e intervenciones en salud
mental, así como incrementar la cooperación técnica
y la participación intersectorial e interdisciplinaria
para optimizar la asistencia, la docencia y la investigación.
IV-EVALUACION
En la medida de la adhesión de las respectivas jurisdicciones
y la consolidación de las actividades de vigilancia epidemiológica,
el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación
evaluará permanentemente a nivel nacional el progreso de
los presentes objetivos del Plan, elevando al COFESA los estudios
de impacto y resultado, así como sugiriendo nuevas estrategias
y abordajes.