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Resolución 250/97 del 30/05/97





Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral

PROGRAMAS DE EMPLEO

Resolución 250/97

Asígnanse recursos a proyectos del Programa Trabajar
II aprobados por las URAT de las regiones del Litoral, Cuyo, Noroeste
y Centro en el mes de mayo.


Bs. As., 30/5/97

B.O: 11/6/97

VISTO la Ley N° 24.013; la Resolución M.T. y S.S.
N° 240 de fecha 16 de abril de 1997; la Resolución
S.E. y C.L. N. 202 de fecha 8 de mayo de 1997; las Actas Complementarias
emitidas por las Unidades Regionales de Aprobación del
Programa TRABAJAR II de las regiones Litoral, Cuyo. Noroeste y
Centro, en el mes de mayo; el memorando emitido por la Unidad
de Evaluación dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS
DE EMPLEO Y CAPACITACION, de fecha 29 de mayo de 1997; y

CONSIDERANDO:

Que durante los días 21 y 22 de mayo del corriente año
se constituyeron las Unidades Regionales de Aprobación
del Programa TRABAJAR II (URAT) en las regiones del Litoral, Cuyo,
Noroeste y Centro, a efectos de evaluar y aprobar los proyectos
presentados durante el mes de mayo.

Que en dichas URAT han participado, en carácter de observadores,
Representantes del Sector Empresario, de la CONFEDERACION GENERAL
DEL TRABAJO (CGT) y de los Gobiernos Provinciales.

Que es necesario elevar mensualmente a la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) la nomina de los proyectos aprobados
por las URAT, a fin de que la misma comprometa el monto correspondiente
a cada proyecto.

Que las actividades propuestas en los proyectos aprobados por
la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL deberán
ejecutarse en su totalidad respetando los beneficiarios y recursos
asignados.

Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de
la Ley N° 24.013. y en el artículo 9° de la Resolución
M.T. y S.S. N° 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades
establecidas por la Resolución S.E. y C.L. N° 202/97.

Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:

Artículo 1°-Asignar a los proyectos del Programa
TRABAJAR II aprobados por las URAT de las regiones del Litoral,
Cuyo, Noroeste y Centro en el mes de mayo, los recursos que se
indican en la planilla que integra el ANEXO I de la presente Resolución.
Dichos recursos serán deducidos de los fondos asignados
a Programas de Empleo Transitorio para 1997 conforme lo indica
la Resolución M.T. y S.S. N° 240/97.

Art. 2°-Los proyectos indicados en el ANEXO I comienzan
con la ejecución de las actividades propuestas a partir
del día 2 de junio de 1997.

Art. 3°-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese. -Hernán Cornejo.




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