Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral
PROGRAMAS DE EMPLEO
Resolución 255/98
Autorizase la baja directa de un proyecto del Programa Trabajar
II de la Provincia de Entre Ríos, destinado al alumbrado
público en sectores de la ciudad de Concordia.
Bs. As., 5/5/98
B.O: 08/05/98
VISTO el Expediente N° 1-2015-00001015479/98 del MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. y S.S.), la Ley N° 24.013,
la Resolución M.T. y S.S. N° 240 de fecha 16 de abril
de 1997, las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202 de fecha 28 de
mayo de 1997, 315 de fecha 8 de julio de 1997, y 21 de fecha 22
de enero de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Gerente de Empleo y Capacitación Laboral de Entre
Ríos solicitó la suspensión preventiva del
pago de las ayudas económicas de los beneficiarios del
Proyecto N° 060541 -01 -8 del Programa TRABAJAR II.
Que el Organismo Responsable, la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, de
la Provincia de ENTRE RIOS, presentó en el marco del Programa
TRABAJAR II un proyecto que fue aprobado por la Resolución
S.E. y C.L. N° 21/98, cuyo número es 06-0541-01-8,
siendo su fecha de inicio el 2 de febrero de 1998 y su plazo de
ejecución de SEIS (6) meses.
Que de las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202/97 y 315/97 surgen
las obligaciones asumidas por los Organismos Responsables en cuanto
a la ejecución de los proyectos aprobados, y las condiciones
en que deben desarrollarse conforme a los diseños oportunamente
presentados.
Que en la primera visita de fecha 12 de febrero de 1998 se detecto
la existencia previa de la obra proyectada.
Que la Gerente de Empleo y Capacitación Laboral de Entre
Ríos en cumplimiento de lo previsto en el Artículo
5° de la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97 dispuso
la sanción provisoria, y envió todos los antecedentes
a la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICA PARA EL EMPLEO Y LA CAPACITACION
LABORAL.
Que atento lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución
S.E. y C.L. N° 315/97 la existencia previa de la obra origina
la baja del proyecto de pleno derecho.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL
RESUELVE:
Artículo 1º-Autorizar la baja directa del Proyecto
N° 06-0541-01-8 del Programa TRABAJAR II, de la Provincia
de ENTRE RIOS, destinado al alumbrado público en sectores
de la ciudad de Concordia, asimismo suspender en la participación
del Programa TRABAJAR II por el término de SEIS (6) meses
a partir de notificada la presente, a la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA.
Art. 2º-Comunicar, a la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION
LABORAL DE ENTRE RIOS, por intermedio de la DIRECCION DE ASISTENCIA
TECNICA PARA EL EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL, la presente Resolución,
a fin de que se proceda a la notificación de lo dispuesto
a la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA.
Art. 3º-Comunicar, con carácter de urgente,
por intermedio de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL
DE ENTRE RIOS, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(ANSeS) la baja del Proyecto N° 06-0541-01-8 de la Provincia
de ENTRE RIOS.
Art. 4º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese -Diego A. Estévez.