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Resolución 256/98 del 05/05/98




Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral



PROGRAMAS DE EMPLEO



Resolución 256/98



Autorízase la baja directa de un proyecto del Programa
Trabajar II de la Provincia de San Juan, destinado al alumbrado
público de Villa Borjas.



Bs. As., 5/5/98



B.O: 08/05/98



VISTO el Expediente N° 1-2015-00001015100/98 del MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. y S.S.), la Ley N° 24.013,
la Resolución M.T. y S.S. N° 240 de fecha 16 de abril
de 1997, las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202 de fecha 28 de
mayo de 1997, 315 de fecha 8 de julio de 1997, y 554 de fecha
29 de octubre de 1997, y


CONSIDERANDO:


Que el Gerente de Empleo y Capacitación Laboral de San
Juan solicito la suspensión preventiva del pago de las
ayudas económicas de los beneficiarios del Proyecto Nº
110275-01-7 del Programa TRABAJAR II.


Que el Organismo Responsable, la MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO,
de la Localidad de Villa Santa Rosa, Provincia de SAN JUAN, presentó
en el marco del Programa TRABAJAR II un proyecto que fue aprobado
por la Resolución S.E. y C.L. N° 554/97, cuyo número
es 11-0275-01-7, siendo su fecha de inicio el 1° de noviembre
de 1997y su plazo de ejecución de SEIS (6) meses.


Que de las Resoluciones S.E. y C.L. Nros. 202/97 y 315/97 surgen
las obligaciones asumidas por los Organismos Responsables en cuanto
a la ejecución de los proyectos aprobados, y las condiciones
en que deben desarrollarse conforme a los diseños oportunamente
presentados.


Que la primera supervisión externa detecto, en la visita
de fecha 13 de noviembre de 1997, la existencia previa de la obra
proyectada.


Que el Director Regional de Cuyo en cumplimiento de lo previsto
en el Artículo 5° de la Resolución S.E. y C.L.
N° 315/97 dispuso la sanción provisoria, y envió
todos los antecedentes a la DIRECCION DE ASISTENCIA TECNICA PARA
EL EMPLEO Y LA CAPACITACION LABORAL.


Que atento lo dispuesto en el Artículo 2° de la Resolución
S.E. y C.L. N° 315/97 la existencia previa de la obra origina
la baja del proyecto de pleno derecho.


Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por la Resolución S.E. y C.L. N° 315/97.


Por ello,


EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:


Artículo 1º-Autorizar la baja directa del Proyecto
N° 11-0275-01-7 del Programa TRABAJAR II, de la Provincia
de SAN JUAN, destinado al alumbrado público de Villa Borjas,
asimismo suspender en la participación del Programa TRABAJAR
II por el término de SEIS (6) meses a partir de notificada
la presente, a la MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO.


Art. 2º-Comunicar, a la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION
LABORAL DE SAN JUAN, por intermedio de la DIRECCION DE ASISTENCIA
TECNICA PARA EL EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL, la presente Resolución,
a fin de que se proceda a la notificación de lo dispuesto
a la MUNICIPALIDAD DE 25 MAYO.


Art. 3º-Comunicar, con carácter de urgente,
por intermedio de la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL
DE SAN JUAN, a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(AN&S) la baja del Proyecto N° 11-0275-01-7 de la Provincia
de SAN JUAN.


Art. 4º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese.-Diego A. Estévez.

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