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Resolución 2564/97 del 8/9/97





CULTO

Resolución 2564/97

Reconócese a las Hermanas Agustinas Misioneras como
persona jurídica y entidad de bien público.


Bs. As., 8/9/97

B.O: 24/9/97

VISTO lo solicitado por las HERMANAS AGUSTINAS MISIONERAS, y

CONSIDERANDO:

Que las HERMANAS AGUSTINAS MISIONERAS, es un Instituto de Vida
Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter
de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA
CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código
de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus constituciones,
decreto de erección memoria y constancia de su admisión
en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobadas por la autoridad
eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1º de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconócese como persona
jurídica a las HERMANAS AGUSTINAS MISIONERAS, con sede
legal y domicilio especial en Avenida de los Corrales, número
SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO (7351), CAPITAL FEDERAL,
la que queda inscripta bajo el número CIENTO NUEVE (109)
del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconócese a dicho Instituto de Vida
Consagrada el carácter de entidad de bien público,
a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel
M. Centeno.

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