Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA
Resolución 264/98
Apruébase el pedido de inclusión de nuevos productos a importar en el Programa de Reconversión y Especialización Industrial otorgado a Aluar Aluminio Argentino S.A I. y C.
Bs. As., 17/4/98
B.O.: 23/4/98
VISTO el expediente N° 632.146/94 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, dedicada a la fabricación de aluminio, con domicilio en Marcelo T. de Alvear 590, Piso 3°, Capital Federal, solicita la inclusión de nuevos productos a importar dentro del Programa de Especialización y Reconversión Industrial que le fuera aprobado por Resolución S.I.C. y M. N° 45 del 21 de agosto de 1996.
Que los productos a incluir pertenecen al mismo sector productivo que los bienes exportados por la beneficiaria y al mismo capítulo de la Nomenclatura Arancelaria vigente.
Que la propuesta cuenta con el acuerdo de las cámaras del sector industrial - empresario comprendido en el programa,
Que la Comisión de Registro de Programas de Reconversión y Especialización Industrial conformada por el artículo 20 de la Resolución ex- S.I.C. N° 14 del 18 de enero de 1993, ha tomado la intervención que le corresponde con relación a la modificación propuesta.
Que la Subsecretaria de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° de la Resolución ex - S.I.C. N° 14 del 18 de enero de 1993.
Que la modificación propuesta no vulnera la suspensión del Régimen de Especialización Industrial establecida por el Decreto N° 977 del 20 de agosto de 1996.
Que la DIRECCION DE LEGALES DEL AREA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Decreto N° 2641 del 29 de diciembre de 1992 y en el 8° de la Resolución ex - S.I.C. N° 14 del 18 de enero de 1993, modificada por la Resolución ex - S.I.C. N° 80 del 24 de marzo de 1993,
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1°- Apruébase el pedido de inclusión de nuevos productos a importar en el Programa de Reconversión y Especialización Industrial otorgado a la firma ALUAR ALUMINIO ARCENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, con domicilio en Marcelo T. de Alvear 590, Piso 3°, Capital Federal, que fuera aprobado por Resolución S.I.C. y M. N° 45/96, los que se indican en el Anexo de la presente Resolución que consta de 2 (DOS) fojas.
Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 2641/92, por la Resolución ex - S.I.C. N° 14/93, modificada por la Resolución ex - S.I.C. N° 80/93, por la Resolución ex - S.I.C. N° 148 del 6 de mayo de 1993 y por la presente, así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente N° 632.146/94 y sus modificaciones.
Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL constituye domicilio especial en Marcelo T. de Alvear 590, Piso 3°, Capital Federal, en donde serán validas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4°- La presente resolución comenzara a regir a partir el día siguiente de su notificación.
Art. 5°- Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6°- Notifíquese a la interesada.
Art. 7° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. -Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 264
Expediente M.E. y O. y S.P. N° 632.146/94
Empresa: ALUAR ALUMINIO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y, COMERCIAL.
Productos a importar
Posición N.C. M. |
Descripción |
7601.10.00 |
Aluminio en bruto. Aluminio sin alear. |
7601.20.00 |
Aluminio en bruto. Aleaciones de aluminio. |
7604.10.10 |
Barras y perfiles de aluminio. De aluminio sin alear. Barras |
7604.10.21 |
Barras y perfiles de aluminio. De aluminio sin alear. Perfiles huecos. |
7604.10.29 |
Barras y perfiles de aluminio. De aluminio sin alear. Las demás. |
7604.21.00 |
Barras y perfiles de aluminio. De aleaciones de aluminio. Perfiles huecos. |
7604.29.19 |
Barras y perfiles de aluminio. De aleaciones de aluminio. Barras. Las demás. |
7604.29.20 |
Barras y perfiles de aluminio. De aleaciones de aluminio. Las demás. Perfiles. |
7605.11.10 |
Alambre de aluminio. Con un contenido de aluminio superior o igual a 99,45% en peso y una resistividad electrice inferior o igual a 0,0283 ohm.mm2/m. |
7606.12.10 |
Chapas y tiras de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm. Con un contenido en peso de magnesio superior o igual a 4% e inferior o igual al 5%, manganeso superior 0 igual al 0,20% e inferior 0 igual a 0,50%, hierro superior o igual a 0,35% e inferior o igual a 0,20%. Silicio inferior o igual a 0,60%, y otros metales, en conjunto inferior al 0,75%, de espesor inferior a 0,3 mm y de ancho superior a 1468 mm. Barnizadas en ambas caras. |
7606.12.90 |
Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm. Con un contenido en peso de magnesio superior 0 igual a 0,80% e inferior 0 igual al 1,30%, manganeso superior o igual a 0,80% e inferior o igual a 1,50%, hierro superior o igual a 0.40% e inferior o igual a 0,80%, silicio superior o igual a 0,20% e inferior o igual a 0,60%, cobre inferior o igual a 0,25% y otros metales, en conjunto inferior al 0,50%, de espesor inferior a 0,32 mm y de ancho superior a 1400 mm (Anexo 11-15). |
7606.91.00 |
Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm. Las demás. De aluminio sin alear. |
7606.92.00 |
Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm. Las demás. De aleaciones de aluminio. |
7606.12.90.9 |
Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 mm. Cuadradas o rectangulares. De aleaciones de aluminio. Las demás. |
7607.11.00 |
Hojas y tiras, delgadas, de aluminio (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares) de espesor inferior o igual a 0,2 mm (sin incluir el soporte). Sin soporte. Simplemente laminadas. |
7607.20.00 |
Hojas y tiras, delgadas, de aluminio (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soporte similares) de espesor inferior o igual a 0,2 mm (sin incluir el soporte). Con soporte. |