Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos AUTOTRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Resolución 267/92 Facúltase a·la Secretaría de Transporte
a arancelar el control técnico de los mencionados vehículos. Bs. As., 26/2/92
VISTO el expediente N° 190/92 del Registro de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
y
CONSIDERANDO:
Que resulta un imperativo insoslayable para el Estado Nacional,
el arbitrar los medios tendientes a fin de garantizar la seguridad
en los servicios de transporte de pasajeros por automotor sometidos
a su jurisdicción.
Que para satisfacer dicho cometido, resulta necesario verificar
en forma periódica, entre otros aspectos, el estado técnico
mecánico de los vehículos afectados a los referidos
servicios, con el objeto de garantizar el correcto desarrollo
de las prestaciones.
Que actualmente el control técnico de los mencionados vehículos
se efectúa en forma extremadamente precaria y centralizada
en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio,
por lo cual dicho organismo se halla abocado a la tarea de reformular
el actual sistema de forma tal de superar las falencias citadas.
Que atento a que el nivel de servicio pretendido generará
una actividad administrativa compleja, con afectación de
recursos humanos y técnicos, deviene atendible posibilitar
la alternativa de la fijación de un arancelamiento respecto
del mismo, en atención al mayor cúmulo de tareas
que conllevará tal gestión facultando a dicha Secretaría
a disponer tal arancelamiento.
Que las disposiciones contenidas en la Ley N° 23.930, brindan
sustento suficiente para emitir el presente pronunciamiento.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1°- Facúltase a la SECRETARIA
DE TRANSPORTE a disponer el arancelamiento de la inspección
técnica de los vehículos de transporte por automotor
de pasajeros bajo su jurisdicción, estipulando asimismo
el valor de dicho arancel.
Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Domingo F. Cavallo.