Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 267/98
Comité Consultivo Permanente de la Ley de Riesgos del
Trabajo. Delégase la Presidencia en el Secretario de Seguridad
Social.
Bs. As., 30/3/98
B.O: 6/04/98
VISTO el expediente Nº 001-00073835-047 del Registro del
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 40 de la Ley Nº 24.557 se crea
el COMITE CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO,
presidido por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social.
Que el referido Comité Consultivo tiene las funciones que
le asigna el apartado 2 de la norma referida, de fundamental importancia
para la correcta implementación de los objetivos fijados
en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Que por Decreto Nº 1326 de fecha 5 de diciembre de 1997 es
designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social el Doctor Antonio
Erman GONZALEZ.
Que por Decreto Nº 29 de fecha 8 de enero de 1998 es designado
Secretario de Seguridad Social del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL el Licenciado Héctor GAMBAROTTA.
Que, teniendo en cuenta la importancia de las funciones del mencionado
Comité Consultivo, razones de adecuada atención
para el desarrollo de los temas sometidos a su dictamen aconsejan
la delegación de la Presidencia.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º-Delegar en el señor Secretario
de Seguridad Social del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
Licenciado Héctor GAMBAROTTA, la Presidencia del COMITE
CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO, creado
por el artículo 40 de la Ley Nº 24.557.
Art. 2º-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.-Antonio E. González.