Secretaría de Industria, Comercio y Minería
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
Resolución 279/98
Solicitudes de modificación.
Bs. As., 20/4/98
B.O.: 27/04/98
VISTO el Expediente Nº 061 -001904/98 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 329 de fecha
23 de octubre de 1996 la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA,
dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
quedó facultada para comunicar, mediante consulta pública,
las solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) registradas a nivel nacional, como así
también aquellas presentadas por los restantes Estados
Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) ante el Comité
Técnico N. 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación
de Mercaderías -.
Que en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR,
dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA,
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se hallan
registradas solicitudes que se ponen en conocimiento de los sectores
industriales involucrados, en cumplimiento de lo dispuesto por
la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 329/96.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio
y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades
conferidas por la Resolución M.E. y O. y S.R Nº 329/96.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º- Se lleva a conocimiento público
que se han registrado en el ámbito de esta Secretaría
las siguientes solicitudes de modificación de la Nomenclatura
Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en la planilla
que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º- Los interesados en manifestarse sobre las
referidas solicitudes de modificación de las alícuotas,
deberán hacerlo mediante nota. Para los casos de reducción
de alícuota, se adjuntará a la nota el formulario,
completado en forma integra, compuesto por DOS (2) planillas que,
como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º- La documentación a que alude el Artículo
2º se presentará ante el Area de Nomenclatura y Aranceles,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, sita en
Av. Julio A. Roca 651, Piso 6º. Sector I, haciendo referencia
a la presente Resolución, en un plazo no mayor de TREINTA
(30) días corridos a contar desde el día siguiente
al de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
En los casos en que en el Anexo I se señale la existencia
de mayor información sobre un determinado producto, el
plazo indicado precedentemente, se extenderá automáticamente
QUINCE (15) días corridos más, a fin de que los
interesados tomen conocimiento de la misma en el Area mencionada.
Una vez transcurridos los plazos indicados. según corresponda,
y de no recibirse manifestación escrita sobre las consultas
efectuadas por la presente resolución, se interpretará
que no existe oposición a la solicitud comunicada.
Art. 4º- En caso de considerarse necesario, esta Secretaría
podrá solicitar información adicional a la aportada
por la entidad manifestante.
Art. 5º- La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial.
Art.6º-Comuniquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Alieto A. Guadagni.
ANEXO I A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 279/98
NCM | DESCRIPCION | SOLICITANTE | AEC ACTUAL | DIE ACTUAL | AEC SOLICITADO | DIE SOLICITADO | OBSERVACIONES |
2811.22.10 | Obtenido por precipitación química | Brasil | 10% | 13% | 10% | 13% | Se trata de sustitución de texto. Existe mayor información |
2936.29.51 | Acido nicotínico | Productos Roche S.A. |
14% | 17% | 2% | 5% | Existe mayor información |
2936.29.52 | Nicotinamida | Productos Roche S.A. |
14% | 17% | 2% | 5% | Existe mayor información |
3002.10.31 | Albumina sérica humana | Purissimus S.A. | 2% | 5% | 8% | 11% | Existe mayor información |
3920.20.90 | Placas, láminas, hojas y tiras de polipropileno, de espesor inferiror o igual a 26 micrones y rigidez dieléctrica superior o igual a 100 v/micrómetro, apta para la fabricación de condensadores eléctricos | Brasil | 16% | 22% | 2% | 5% | Existe mayor información |
5504.90.00 | Fibras celulósicas obtenidas por extrusión con óxido de N-metilmorfolina ("LYOCELL") | Brasil | 12% | 15% | 2% | 5% | Existe mayor información |
6902.20.92 | Silíceos, semisiliceos o de silice | Brasil | 10% | 13% | 2% | 5% | - |
8483.40.10 | Reductores de velocidad de doble juego de engranaje, con torque igual o superior a 400 Kgm, aptos para equipos de bombeo de pozos petrolíferos | Lufkin Argentina S:A: |
14% BK | 18% | 14%BK | 14% | Existe mayor información |
8508.80.99 | Martillos | Uruguay | 20% | 23% | 0%BK | 0% | Existe mayor información |
8536.50.90 | Conmutador codificador digital para montaje de circuitos impresos | Brasil | 16% BIT | 23% | 0% BIT | 0% | - |
(*) Según Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 12/98
ANEXO II A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 279/98
1) Datos sobre la empresa o entidad de clase
1.1.-Nombre de la empresa o entidad de clase:
1.2-Dirección:
1.3-Teléfono:
1.4-Fax:
2) Datos sobre el producto
2.1-Nombre Técnico
2.2-Posición Arancelaria N.C.M.:
2.3-A.E.C.:
2.4-Fecha de inicio de la producción:
3) Datos de producción y ventas
3.1-Producción (últimos 3 años)
AÑO | VALOR DE LA PRODUCCION(U$S) | CANTIDAD PRODUCIDA (UNIDAD DE MEDIDA) |
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3.2-Ventas Mercado Interno (últimos 3 años)
AÑO | VALOR DE LA PRODUCCION(U$S) | CANTIDAD PRODUCIDA (UNIDAD DE MEDIDA) |
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3.3-Ventas Mercado Externo (últimos 3 anos)
AÑO | VALOR DE LA PRODUCCION(U$S) | CANTIDAD PRODUCIDA (UNIDAD DE MEDIDA) | PAIS |
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3.4-Nombre y Direcciones de los Principales Clientes
NOMBRE DEL CLIENTE | DIRECCION DEL CLIENTE |
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3.5-Presentar literatura técnica: catálogos, planos,
análisis químicos o físicos, referentes bibliográficos,
etc. e incluso muestras, en caso de corresponder.
4) Otras informaciones relevantes