Secretaría de Industria, Comercio y Minería
IMPORTACIONES
Resolución 290/98
Inclúyese en el beneficio establecido por la Resolución
Nº 502/95-MEYOSP las importaciones de bienes integrantes
del proyecto presentado por Unistar S.A., que tendrá como
objetivo la instalación de una planta de poliestireno biorientado.
Bs. As., 28/04/98.
B. O.: 04/05/98.
VISTO, el Expediente Nº 061-000716/96 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma UNISTAR SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado los beneficios
establecidos en el Régimen "Proyectos para la Instalación
de Nuevas Plantas Industriales" conforme a la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502/95 para la importación de equipamiento adquirido a
la firma MARSHALL & WILLIAMS COMPANY responsable integral
del correcto funcionamiento de la planta.
Que el proyecto de inversión presentado corresponde a una
ampliación de su Planta Industrial ubicada en Zárate,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y tendrá como objetivo la instalación
de una nueva planta de poliestireno biorientado.
Que la firma UNISTAR SOCIEDAD ANONIMA adquirió el compromiso
de obtener una certificación de norma internacional de
calidad mediante un acuerdo establecido con una certificadora
de calidad acreditada a tal fin.
Que, asimismo, la firma mencionada ha asumido el cumplimiento
de un programa de exportación de los bienes a elaborar,
de acuerdo a las condiciones previstas por la Autoridad de Aplicación,
según el Artículo 9º de la Resolución
ex-S.C. e I. Nº 318/95.
Que se cuenta con un informe favorable emitido por el CENTRO DE
INVESTIGACION TECNOLOGICA PARA LA INDUSTRIA PLASTICA (CITIP) dependiente
del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), quien
dictaminó que el proyecto responde a lo previsto en la
reglamentación vigente.
Que del análisis efectuado surge que la planta a importar
encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución
M.E. y O. y S.P. Nº 502/95 y que se ha dado cumplimiento
con los requisitos establecidos por la Resolución ex-S.C.
e I. Nº 318/95.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio
y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo
6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 del
7 de noviembre de 1.995 y el Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre
de 1.996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º- Considérase sujeta al beneficio
establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502/95 la importación de bienes integrantes del proyecto
presentado por la firma UNISTAR SOCIEDAD ANONIMA consistente en
una ampliación de su planta industrial que tendrá
como objetivo la instalación de una planta de poliestireno
biorientado, cuya descripción de bienes se detalla en el
Anexo I que en CINCO (5) planillas forma parte integrante de la
presente Resolución.
Art. 2º- Atento a lo requerido por el Artículo
5º del inciso a) de la Resolución M.E. y O. y S.P.
Nº 502/95 la firma deberá dar cumplimiento en el plazo
establecido en el Artículo 12 de la Resolución ex-S.C.
e I. Nº 318/95 a la presentación del correspondiente
certificado de norma internacional de calidad.
Art. 3º-El incumplimiento por la beneficiaria de los
objetivos establecidos en el proyecto de inversión para
la mencionada planta y/o de los límites para importación
de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502/95 y/o de la presentación del certificado de norma
internacional de calidad y/o el compromiso de exportación,
dará lugar a la aplicación del Artículo 13
de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95. Dichas
sanciones serán aplicables también en el caso de
comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en
la situación prevista en el Artículo 15 de la Resolución
M.E. y O. y S.P. Nº 502/95.
Art. 4º- A través de la DIRECCION DE PROMOCION
DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR notifíquese a la interesada.
Art.5º- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Julio A. Cáceres.
ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 290 |
BIENES INTEGRANTES DE "PROYECTOS PARA LA INSTALACION DE NUEVAS
PLANTAS INDUSTRIALES" CON DESTINO A UNA AMPLIACION PARA LA
FABRICACION DE POLIESTIRENO
BIORIENTADO (BOPS)
SUBPARTIDA ARMONIZADA |
CANTIDAD | DESCRIPCION |
8414.10 | 2 | Bombas de vacío |
7310.21 | 5 | Depósito de acero para resinas de capacidad inferior a 50 lt. |
7310.10 | 4 | Depósitos de acero para resina de capacidad superior o igual a 50 lt. |
8419.39 | 1 | Unidad secadora de resinas. |
8414.59 | 5 | Ventiladores |
8428.39 | 4 | Transportadores a tornillo de accionamiento continuo. |
8505.11 | 1 | Imán permanente de metal. |
7308.90 | 1 | Estructura de soporte de acero. |
8481.80 | 2 | Válvula de 3 vías. |
8477.20 | 1 | Extrusora para trabajar plástico. |
8420.10 | 1 | Calandra para trabajar plástico. |
7302.10 | 6 | Rieles de acero. |
8419.89 | 1 | Equipo de refrigeración y calentamiento de la calandra compuesto de bombas, intercambiadores de calor, calentadores de inmersión, tanque de expansión, filtros, cañerías, válvulas e instrumentos de medición. |
8419.89 | 1 | Equipo de refrigeración y calentamiento del tren de estiramiento longitudinal compuesto de bombas, intercambiadores de calor, calentadores de inmersión, tanque de expansión, filtros, cañerías, válvulas e instrumentos de medición. |
8419.89 | 1 | Túnel de calentamiento de la lámina de poliestireno. |
8428.39 | 1 | Transportador de rodillos de acción continua para transporte y guía de la lámina. |
9022.29 | 1 | Equipo para la medición de espesores de láminas de poliestireno por rayos beta. |
8479.89 | 1 | Rodillos aplicadores por contacto de una solución de silicona en la superficie de la lámina. |
8419.39 | 1 | Secador de resina y lámina de poliestireno. |
8479.89 | 1 | Máquina bobinadora de poliestireno. |
8479.90 | 20 | Mandriles para máquina bobinadora. |
8479.89 | 1 | Máquina rebobinadora de poliestireno. |
8479.90 | 10 | Portamandriles de máquina rebobinadora. |
8504.33 | 1 | Transformador eléctrico de potencia superior a 16 KVA e inferior a 500 KVA. |
8441.10 | 1 | Cortadora de mandriles de cartón. |
4504.90 | 1 | Cubierta de corcho aglomerado para rodillos. |
7215.10 | 2 | Barras de acero sin alear de fácil mecanización. |
7326.19 | 2 | Soportes de acero estampado. |
8536.50 | 3 | Interruptores eléctricos aptos para una tensión inferior a 1000 V. |
8536.10 | 22 | Fusibles aptos para una tensión inferior a 1000V. |
9026.20 | 2 | Medidores transductores de presión de aire |
8477.80 | 2 | Cortadoras de lámina de poliestireno. |
8421.39 | 4 | Aparatos para filtrar o depurar gases. |
8477.80 | 1 | Molino de bobinas de descarte de poliestireno. |
8477.80 | 1 | Molino de material plástico de descare. |
7308.30 | 1 | Bastidor de acero. |
9031.49 | 1 | Medidor óptico de grado de transparencia de lámina de poliestireno. |
8419.89 | 1 | Aparato para calentamiento de lámina de poliestireno. |
9031.49 | 1 | Medidor óptico de brillo de láminas de poliestireno. |
9032.89 | 1 | Equipo para el control automático de temperaturas, presiones, caudales y velocidades de tornillo sin fin. |
8524.31 | 1 | Disco para sistema de lectura óptica por rayos láser grabado con programa de aplicación en computación. |
8504.34 | 1 | Transformador eléctrico de 770 KVA. |
8504.33 | 3 | Transformadores eléctricos de 37.5 KVA. |
8504.33 | 1 | Transformador eléctrico de 145 KVA. |
8504.33 | 1 | Transformador eléctrico de 175 KVA. |
Monto total de los bienes integrantes del "Proyecto para
la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" sujeto
al beneficio, sin repuestos: DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES
DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA (U$S 5.273.640)
Monto total de los repuestos sujetos al beneficio de acuerdo al
Artículo 29 de la Resolución M.E. y O. y S.P. 502/95:
DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS
SETENTA (U$S 154.370).