Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALMENTARIA Resolución 312/97 Desígnanse vocales del Concejo de Administración,
con carácter "ad-honorem". Bs. As., 13/5/97 B.O.: 19/05/97
VISTO el expediente N° 3708/97 del Registro del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo
descentralizado de esta Secretaría, y
CONSIDERANDO:
Que se da cuenta la necesidad de proceder a la Integración
del Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. creado por Decreto N°
1585 de fecha 19 de diciembre de 1996.
Que conforme lo establecido en el artículo 5° de la
citada norma legal se invito a las Cámaras y Entidades
de la actividad privada a proponer una terna de candidatos, a
fin de proceder a la elección de los miembros que integraran
el citado Consejo en calidad de vocales.
Que en ese sentido, se han recibido las propuestas de SOCIEDAD
RURAL ARGENTINA (SRA), CONFEDERACIONES RURALES ARGENTINAS (CRA),
FEDERACION AGRARIA ARGENTINA (FAA), CONFEDERACION INTERCOOPERATIVA
AGROPECUARIA COOPERATIVA LIMITADA (CONINAGRO), COORDINADORA DE
LAS INDUSTRIAS DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS (COPAL), las Cámaras
que nuclear a las industrias de la carne y pesquera.
Que es necesario designar a los integrantes de dicho Consejo a
efectos de dar inicio a su funcionamiento.
Que los candidatos elegidos reúnen las condiciones de idoneidad
y antecedentes necesarios para el desempeño de las funciones
que le serán asignadas.
Que la DELEGACION II de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
ha tomado la intervención que le compete.
Que conforme lo establecido en el artículo 11 del Decreto
N° 1585 del 19 de diciembre de 1996 el suscripto es competente
para resolver en esta instancia.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:
Artículo 1°-Desígnanse vocales del Consejo
de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado de esta Secretaría,
por el término de DOS (2) años y con carácter
"ad-honorem", a las personas que se mencionan en Anexo
que forma parte integrante de la presente resolución, en
representación de las Cámaras y entidades que en
cada caso se indica.
Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Felipe
C. Sola.
ANEXO
NOMBRE Y APELLIDO TIPO Y NUMERO DE REPRESENTANTE DE
DOCUMENTO
Horacio Francisco L.E. N° 4.100.329 SOCIEDAD RURALARGENTINA
GUTIERREZ (SRA)
Roberto GAY D.N.I. N° 11.211.243 CONFEDERACIONES RURALES
ARGENTINAS (CRA)
Rubén Alberto VOLANDO D.N.I. N° 11.142.078 FEDERACION AGRARIA
ARGENTINA (FAA)
Gonzalo ALVAREZ L.E. N° 8.006.092 CONFEDERACION
MALDONADO INTERCOOPERATIVA
AGROPECUARIA
COOPERATIVA LIMITADA
(CONINAGRO)
Jorge TAPPER L.E. N° 5.128.612 INDUSTRIA PESQUERA
Natalio TASSARA D.N.I . N° 10.297.011 DEMAS INDUSTRIAS
ALIMENTARIAS
Marcelo RABASA D.N.I. N° 4.921.755 DEMAS INDUSTRIAS
ALIMENTARIAS