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Resolución 329/97 del 26/8/97





Secretaria de Turismo

FIESTAS NACIONALES

Resolución 329/97

Declárase Fiesta Nacional del Arroz, al acontecimiento
a celebrarse en la ciudad de San Salvador Provincia de Entre Ríos,
oportunidad en la cual se organizará la 1ª Expoagroindustial
Internacional del Arroz.


Bs. As., 26/8/97

B.O: 11/9/97

VISTO la Nota 10456/97-Actuación N° S. G. 2837/97
de la SUBSECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION,

y

CONSIDERANDO:

Que la Federación de Entidades Arroceras Argentinas-FEDENAR-,
con sede en la ciudad de San Salvador-provincia de Entre Ríos-informa
de la realización de la Fiesta del Arroz, a realizarse
en dicha localidad, desde el 28 hasta el 30 de noviembre de 1997,
para la cual se requiere la declaración de Fiesta Nacional.

Que este acontecimiento realizado en anteriores oportunidades
se destaca por constituir un hecho de significación de
gran atractivo turístico.

Que atento con la importancia de esta celebración en el
orden provincial el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos
ha procedido a declarar de interés Provincial la celebración
de la Fiesta Provincial del Arroz, por Decreto N° 1425 de
fecha 2 junio de 1997.

Que esta medida no implica costo fiscal.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades
conferidas por el Decreto N° 1300 de fecha 11 de agosto de
1987, la Resolución reglamentaria N° 872 de fecha
10 de noviembre de 1994 y por el Decreto N° 1407 de fecha
3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TURISMO RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase Fiesta Nacional
del Arroz, al acontecimiento a celebrarse desde el 28 hasta el
30 de noviembre de 1997, en la ciudad de San Salvador-provincia
de Entre Ríos-, oportunidad en la cual se organizará
la 1ª Expoagroindustrial Internacional del Arroz.

Art. 2º-A partir de la fecha se autoriza la realización
sucesiva y en forma anual de esta celebración.

Art. 3°-La Subsecretaría de Turismo de la provincia
de Entre Ríos será la responsable del control de
este acontecimiento, debiendo proceder a informar a la Secretaría
de Turismo de la Nación, en caso de cambio de sede, fecha
de celebración, como postergación y anulación
de esta Fiesta Nacional.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Francisco
Mayorga.

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