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Resolución 331/98 del 14/05/98




Secretaría de Empleo y Capacitación Laboral



PROGRAMAS DE EMPLEO



Resolución 331/98



Asígnanse recursos a proyectos del Programa Trabajar
II de la provincia de Buenos Aires.



Bs. As., 14/5/98



B.O: 21/05/98



VISTO la Ley N° 24.013; las Resoluciones M.T. y S.S. Nº
240 de fecha 16 de abril de 1997 y 311 de fecha 23 de abril de
1998; la Resolución S.E. y C.L. N° 202 de fecha 8
de mayo de 1997; el Acta emitida por la Unidad Regional de Aprobación
del Programa TRABAJAR II de la región Buenos Aires el mes
de abril; y


CONSIDERANDO:


Que durante los días 27 al 29 de abril de 1998 se constituyó
la Unidad Regional de Aprobación del Programar TRABAJAR
II (URAT) en la región Buenos Aires a efectos de evaluar
y aprobar los proyectos presentados durante el mes de abril de
1998.


Que en dicha URAT han participado, en carácter de observadores,
Representantes del Sector Empresario, de la CONFEDERACION GENERAL
DEL TRABAJO (CGT) y de los Gobiernos Provinciales.


Que es necesario elevar mensualmente al SERVICIO ADMINISTRATIVO
FINANCIERO N° 353 (S.A.F.), la nómina de los proyectos
aprobados por las URAT, a fin de que el mismo comprometa el monto
correspondiente a cada proyecto.


Que las actividades propuestas en los proyectos aprobados por
la SECRETARIA DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL deberán
ejecutarse en su totalidad respetando los beneficiarios y recursos
asignados.


Que la Resolución M.T. y S.S. N° 311/98 asigna fondos
para la ejecución de proyectos del Programa TRABAJAR II
aprobados en el mes de abril de 1998.


Que la presente encuadra en los artículos 143 y 150 de
la Ley N° 24.013, y en el artículo 9° de la Resolución
M.T. y S.S. N° 240/97, y se dicta en ejercicio de las facultades
establecidas por la Resolución S.E. y C.L. N° 202/97.



Por ello,


EL SECRETARIO DE EMPLEO Y CAPACITACION LABORAL

RESUELVE:


Artículo 1º-Asignar a los proyectos del Programa
TRABAJAR II de la provincia de BUENOS AIRES, los recursos que
se indican en las planillas que integran el ANEXO I de la presente
Resolución. Dichos recursos serán deducidos de los
fondos asignados por Resolución M.T. y S.S. Nº 311/98.



Art. 2º-Los proyectos aprobados dieron inicio a sus
actividades a partir del día estipulado en la columna de
fecha de inicio detallado en el ANEXO I.


Art. 3°-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese.-Diego A. Estévez.


NOTA: Los Anexos correspondientes a esta Resolución, podrán
ser consultados en el Boletín Oficial del día 21/05/98
(pág. 3).

Administracionius UNLP

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