Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 334/97 del 23/05/97





Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación


PESCA

Resolución 334/97

Revócanse permisos de pesca de buques que se encuentran
inactivos en los términos del artículo 9° del
Decreto N° 2236/91.


Bs. As., 23/5/97

B.O.:29/05/97

VISTO el expediente N° 800-001543/97 del registro de la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, el Decreto N°
2236 del 24 de octubre de 1991, reglamentado por la Resolución
N° 245 del 13 de diciembre de 1991, del registro de la ex
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que existen buques inactivos con permisos de pesca vigentes, otorgados
bajo el régimen, del Acuerdo sobre las Relaciones en Materia
de Pesca Marítima celebrado entre la REPUBLICA ARGENTINA
y la UNION EUROPEA (ex - COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA), aprobado
por Ley N° 24.315. Lo cual compromete un recurso de la Nación
que podría ser explotado.

Que esta situación impide que se racionalice la administración
de los recursos pesqueros, al mantener un virtual cupo de captura
que impide la inversión y el aprovechamiento económico
de los recursos.

Que la normativa vigente posibilita a la autoridad de aplicación
revocar los permisos de pesca por la inactividad injustificada
de buques durante CIENTO OCHENTA (180) días consecutivos.

Que el artículo 12 de la Resolución N° 245
del 13 de diciembre de 1991, del registro de la ex -SECRETARIA
DE AGRICULTURA. GANADERIA Y PESCA, establece la obligación
de los armadores de denunciar la inactividad de los buques, tomándose
injustificada la inactvidad cuando no se hubiere denunciado la
misma en el plazo establecido o no existieran causas atendibles
a criterio de la autoridad de aplicación.

Que la DELEGACION II de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS destacada
en esta Secretaría ha tomado la intervención que
le compete.

Que el suscrito es competente en la materia en virtud de las facultades
otorgadas por el Decreto N° 2236 de fecha 24 de octubre de
1991.

Por ello. EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
RESUELVE:

Artículo 1°-Revocar los permisos de pesca de
aquellos buques que se encuentran inactivos en los términos
del artículo 9° del Decreto N° 2236 del 24 de
octubre de 1991 y cuyos titulares no hubieran dado cumplimiento
con los recaudos establecidos por el artículo 12 de la
Resolución N° 245 del 13 de diciembre de 1991, del
registro de la ex -SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
los cuales se consignan en el ANEXO, que forma parte integrante
de la presente resolución.

Art.2°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Felipe C. SolÁ.

NOMINA DE PERMISOS DE PESCA REVOCADOS POR INACTIVIDAD INJUSTIFICADA

MATRICULA N° BUQUE ARMADOR

6339 PEIXIÑO PESUAR S.A

6540 LA PEROUSE PESQUERA ANDINA S.A.

6544 CHARCORT PESQUERA ANDINA S.A.






Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 334/97 del 23/05/97