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Resolución 337/98 del 2/2/98




Secretaría de Culto



CULTO



Resolución 337/98



Cancélase la inscripción de entidades en el Registro
Nacional de Cultos.



Bs. As., 2/2/98



B.O.: 24/03/98



VISTO la Ley 21.745. el Decreto 2037/79, los expedientes que resultaran
inscriptos en el Registro Nacional de Cultos, los dictámenes
de la Dirección General del Registro Nacional de Cultos
y de la Dirección General de Asuntos Jurídicos,
y


CONSIDERANDO:


Que por Resolución N° 2509/96 del Secretario de Culto,
modificada por Resolución N° 2819/96, se dispone el
relevamiento de entidades religiosas inscriptas, identificando
las que no registren actividad desde el 1° de enero de 1991
y que ante la notificación fehaciente practicada sin obtener
respuesta alguna hasta la fecha debe considerarse que las organizaciones
religiosas mencionadas en el Anexo 1 (uno) han dejado de funcionar.



Que asimismo, debe tenerse presente que el plazo previsto para
actualizar información por Resolución N° 2509/96
hasta el 20 de diciembre de 1996, fue prorrogado por Resolución
del Secretario de Culto N° 230/97 hasta el 31 de marzo de
1997.


Que atento a que las entidades mencionadas en el Anexo 1 (uno)
no han respondido a las notificaciones debidamente practicadas
por este organismo, y que de ello se desprende una inexistencia
de actividad religiosa desde hace más de seis años.



Que las entidades mencionadas han dejado de ejercer su actividad
lo que comporta un incumplimiento del objeto por el cual han sido
reconocidas por el Estado Nacional como tales.


Que la falta de cumplimiento de las actividades religiosas y su
consecuente inexistencia como organizaciones constituye una de
las causales de cancelación prevista por la Ley 21.745
en su artículo 39 inc. a).


Que la Dirección General del Registro Nacional de Cultos
debe mantener actualizadas las Inscripciones conforme lo previsto
en el artículo 1° del Decreto 2037/79 y dado que debe
Interpretarse que las organizaciones religiosas mencionadas en
el Anexo han dejado de funcionar, corresponde dictar el acto administrativo
de cancelación de las mismas.


Por ello.


EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:


Artículo 1°- Cancélase la inscripción
en el Registro Nacional de Cultos de las entidades indicadas en
el Anexo 1 (uno) y declárase la caducidad e Invalidez de
los Comprobantes de Inscripción indicados en el mismo Anexo.
Solicítese a estas entidades la restitución de los
comprobantes de Inscripción en el plazo máximo de
5 (cinco) días hábiles administrativos de notificada
la presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto 2037/79.


Art. 2°-Declárase la caducidad e invalidez
de todos los Certificados para local filial emitidos por la Secretaría
de Culto -Dirección General del Registro Nacional de Cultos
- a nombre de esas entidades y solicitase la restitución
de dichos certificados en el plazo máximo de 5 (cinco)
días hábiles administrativos de notificada la presente,
bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 10
del Decreto 2037/79.


Art. 3° - Solicítese la pérdida de la
personería, jurídica por ante los Organismos Competentes
en aquellas asociaciones o fundaciones que la tengan y a cuyo
fin ofíciese.


Art. 4°- Declárase la caducidad e invalidez
de los Certificados de Registro de Firma del Registro Nacional
de Cultos bajo los números Indicados y a favor de las personas
identificadas en el Anexo 1 (uno) que forma parte de la presente
Resolución.


Art.5°-Comuniquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Angel M. Centeno.


ANEXO I




















CIPOR
ENTIDADDIRECCION
REGISTRO DE FIRMA
0551Dir.Nac.Culto
IGLESIA BAUTISTA BIBLICA DE ITUZAINCO
PRINGLES 1135 (Ituzaingó)
MANUEL A. NEVIUS
0601Dir.Nac.Culto
SOCIEDAD ESPIRITISTA "HACIA LA PERFECCION"
ZELARRAYAN 1381 (C.B.A.) FELISA ARRAIZA DE PALLAS
0622Dir.Nac.Culto
HACIA DIOS POR LA VERDAD CORONEL FALCON 3211 (Lanús Oeste)
DOLORES N. LOPEZ
0653Dir.Nac.Culto
IGLESIA CRISTIANA EVANGELICA EN ARGUELLO
FCO. GALLARDO S/N (Arguello -

Córdoba)
ESTEBAN SFOGGIA
0686Dir.Nac.Culto
CRISTIANO UNIVERSALCUENCA 1089 (C.B.A.)
PEDRO ANACLETO AZOR
1440Dir.Nac.Culto
SOCIEDAD ESPIRITISTA LA CRUZ DEL SACRIFICIO
A.S. VALIENTE 17 (C.B.A.)
JUANA ERNESTINA GIRONI DERAGO
1523Sub.sec.Culto
IGLESIA EVANGELICA SILOH BOUCHARD 1019 (Castillo)ZENON MARQUEZ
1536Sub.sec.Culto
CENTRO ESPIRISTISTA OXALA (SAGRADO CORAZON DE JESUS -OBA SANTA CATALINA)
J.M. PAZ 2043 (Castelar) HORACIO ANGEL LAPOLA
1570Sub.sec.Culto
LINEA DE UMBANDA HACIA LA LUZ
MADERO 553 (V. Alsina) JOSE CAAMAÑO
1579Sub.sec.Culto
IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL "LA MISERICORDIA DE DIOS"
B.MITRE 3981 (Adrogué)
MARCELINO GUTIERREZ
1661Sub.sec.Culto
IGLESIA EVANGELICA PENTECOSTAL LLAMA DE FUEGO
LAS DELICIAS 4204 (San Miguel)
FLORENCIO BENITEZ

Administracionius UNLP

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