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Resolución 35/98 del 29/1/98



Secretaría de Industria, Comercio y Minería



EXPORTACIONES



Resolución 35/98



Inscríbese en el Registro de Exportaciones una operación
efectuada por la firma Construcciones Metalúrgicas Zanello
S.A.



Bs. As., 29/01/98.



B. O.: 04/02/98.



VISTO el Expediente N° 061-001481/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N°
32 del 16 de agosto de 1.996 y la Resolución de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA N° 49 del 24 de enero de
1.997, y


CONSIDERANDO:


Que la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96 modificada por la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N°
13 del 2 de enero de 1.997, instituyó la creación
de un Registro para la inscripción de las operaciones de
exportación celebradas en firme con anterioridad a la fecha
de entrada en vigencia de la mencionada Resolución, siempre
que se cumpla lo dispuesto en el Articulo 6° de la misma.



Que la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
y MINERIA N° 49/97 habilitó en el ámbito de
la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR el REGISTRO DE EXPORTACIONES
amparadas en el Artículo 6° de la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N°
32/96.


Que la firma CONSTRUCCIONES METALURGICAS ZANELLO S.A. ha solicitado
la inscripción de una operación de exportación
en el REGISTRO DE EXPORTACIONES amparadas por el Artículo
6° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96 y su modificatoria.


Que la misma se encuentra comprendida en los alcances del inc.
i) del Artículo 6° de la Resolución del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96 y su modificatoria,
por cuanto corresponde a un contrato de exportación de
bienes de capital comprendidos en el Anexo VI del Decreto N°
998/95, habiéndose realizado ya la exportación.



Que la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES ha examinado
el cumplimiento de los requisitos necesarios a fin de que dicha
operación quede exceptuada de la rebaja de reintegros a
la exportación establecida por la Resolución del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96.



Que por lo tanto a la misma le corresponde el reintegro vigente
antes del 29 de agosto de 1.996.


Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención
que le compete.


Que la presente Resolución se dicta en función de
lo previsto en la Ley N° 22.415, en la Ley de Ministerios
(-T.O. en 1.992-), el Decreto N° 1450 del 12 de diciembre
de 1.996, y en uso de las facultades conferidas por la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N°
32 del 16 de agosto de 1.996 y su modificatoria.


Por ello,


EL SECRETARIO

DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:


Artículo 1°- Inscríbase en el REGISTRO
DE EXPORTACIONES amparadas en el Artículo 6° inc.
f) de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS N° 32/96 a la operación correspondiente
a la exportación efectuada por la firma CONSTRUCCIONES
METALURGICAS ZANELLO S.A., la que fuera documentada mediante el
Permiso de Embarque consignado en el Anexo de la presente resolución.



Art. 2°- La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, dependiente
de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, deberá liquidar
el reintegro vigente al 28 de agosto de 1.996, a la empresa que
figura en el Anexo de la presente resolución, una vez verificado
el cumplimiento de la exportación amparada por el Permiso
de Embarque que se detallada en el Anexo.


Art. 3°- La presente Resolución tendrá
vigencia a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial.


Art. 4°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Julio A. Cáceres.





ANEXO A LA RESOLUCION N° 35






REGISTRO N°EMPRESA
ADUANAPERMISO DE Embarque
114CONSTRUCCIONES METALURGICAS ZANELLO S.A.
CORDOBA11361-3/96*



* Corresponde liquidar el reintegro únicamente a la posición
NCM 8701.90.00

Administracionius UNLP

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