Ministerio de Trabajo y Seguridad Social EMERGENCIA OCUPACIONAL Resolución 351/97 Prorrógase la vigencia de las Resoluciones Nros 464/96
y 669/96 para la Provincia de Formosa. Bs. As., 29/5/97 B.O: 5/6/97
VISTO la Ley N° 24.013, las Resoluciones M.T. y S.S. Nros.
464 de fecha 7 de junio de 1996 y 669 de fecha 26 de agosto de
1996, el Expediente N° 1012573/97 del registro del MINISTERIO
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.S.S.), y
CONSIDERANDO:
Que por nota de fecha 13 de mayo de 1997, que obra a fs. 1 del
referido expediente, el Gobernador de la Provincia de FORMOSA
ha solicitado la prórroga de la declaración de Emergencia
Ocupacional en la Provincia.
Que de la citada presentación surge que subsisten las causales
que dieron lugar a dicha declaración mediante Resolución
M.T. y S.S. N° 464/96 y su aclaratoria N° 669/96.
Que están acreditadas las causales para hacer lugar a la
prórroga de la declaración de Emergencia Ocupacional
en todo el territorio de la Provincia de FORMOSA.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por el artículo 106 de la Ley N° 24.013.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º-Subsistiendo las causales que dieron
origen a las Resoluciones M.T. y S.S. Nros. 464/96 y 669/96, prorrógase
la vigencia de la declaración de Emergencia Ocupacional
en todo el territorio de la Provincia de FORMOSA, por el término
de UN (1) año.
Art. 2º-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación,
remítase copia autenticada al Departamento Publicaciones
y Biblioteca y archívese.- José A. Caro Figueroa.