Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 372/98 del 09/06/98




Secretaría de Industria, Comercio y Minería

IMPORTACIONES

Resolución 372/98

Otórgase el beneficio establecido por la Resolución N° 502/95-MEYOSP para la importación de bienes integrantes de un proyecto presentado por la firma Siderar Sociedad Anónima, Industrial y Comercial.

Bs. As., 9/6/98

B.O: 12/06/98

VISTO el Expediente Nº 061-007345/97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de "Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" conforme a la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha 7 de noviembre de 1995 para la importación de equipamiento adquirido a la firma TECHINT COMPAÑIA TECNICA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL e INDUSTRIAL de la REPUBLICA ARGENTINA, a través de sus proveedores nominados EBNER INDUSTRIEOFENBAU GmbH de la REPUBLICA DE AUSTRIA, TECNOMAGNETE S.p.A. y SGM S.p.A. ambos de la REPUBLICA ITALIANA, bajo la modalidad llave en mano.

Que el proyecto de inversión presentado corresponde a una ampliación de su planta instalada en el partido de Ramallo, provincia de BUENOS AIRES, y tendrá por objeto la producción de bobinas laminadas en frío recocidas.

Que la firma SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, adquirió el compromiso de obtener una certificación de norma internacional de calidad mediante un acuerdo establecido con una certificadora de calidad acreditada a tal fin.

Que, asimismo, la firma mencionada ha asumido el cumplimiento de un programa de exportación de los bienes a elaborar, de acuerdo a las condiciones previstas por la Autoridad de Aplicación, según el Artículo 9º de la Resolución ex - SECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES Nº 318 de fecha 26 de diciembre de 1995.

Que se cuenta con un informe favorable emitido por la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL - FACULTAD REGIONAL SAN NICOLAS, provincia de BUENOS AIRES manifestando que el proyecto responde a lo previsto en la reglamentación vigente.

Que del análisis efectuado surge que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 502/95 y que se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la Resolución ex - S. C. e I. Nº 318/95.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, ha tomado la intervención que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 6º de la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 502/95 y el Decreto Nº 1183 de fecha 12 de noviembre de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:

Artículo 1º-Considérase sujeta al beneficio establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502 de fecha de noviembre de 1995 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma SIDERAR SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL, consistente en una ampliación de planta para la producción de bobinas laminadas en frío recocidas, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo I que en DOS (2) planillas forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo 5º del inciso a) de la Resolución M.E y O. y S.P. Nº 502/95, la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 12 de la Resolución ex - S. C. e I. Nº 318/95 para la presentación del correspondiente certificado de norma internacional de calidad.

Art. 3º-El incumplimiento por la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución del M. E. y O. y S. P. Nº 502/95 y/o de la presentación del certificado de norma internacional de calidad y/o el compromiso de exportación, dará lugar a la aplicación del Artículo 13 de la Resolución M. E. y O. y S. P. Nº 502/95. Dichas sanciones serán aplicables también en el caso de comprobarse que el acreedor del beneficio hubiere incurrido en la situación prevista en el Artículo 15 de la Resolución M.E y O. y S.P. Nº 502/95.

Art. 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a la interesada.

Art. 5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto Guadagni.

ANEXO I A LA RESOLUCION N° 372

BIENES INTEGRANTES DE "PROYECTOS PARA LA INSTALACION DE NUEVAS PLANTAS INDUSTRIALES" CON DESTINO A LA INSTALACION DE UNA LINEA PARA LA PRODUCCION DE BOBINAS LAMINADAS EN FRIO RECOCIDAS.











































































SUBPARTIDA ARMONIZADA

CANTIDAD

DESCRIPCION

8417.10

2

Horno de recocido de bobinas de acero

8419.89

2

Torre de enfriamiento de bobinas por medio de agua y aire

8537.10

3

Controlador lógico programable (PLG)

8413.81

1

Unidad generadora de presión hidráulica

8481.10

2

Válvulas reductoras de presión

8481.80

28

Válvulas mariposa

8481.80

40

Válvulas esféricas

8481.80

20

Válvulas solenoide

8481.40

4

Válvulas de seguridad

8481.30

4

Válvulas de retención

8481.80

4

Válvulas de venteo

8481.80

8

Válvulas controladoras de caudal

9026.20

8

Manómetros

9026.10

12

Caudalimetros

7308.30

4

Bastidor de hierro

8505.30

1

Cabeza elevadora electromagnética

8536.90

1

Caja de conexión



Monto total de los bienes integrantes del "proyecto para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" sujeto al beneficio, sin repuestos: DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO (U$S 1.675.785).

Monto total de los repuestos sujetos al beneficio de acuerdo al Articulo 2° de la Resolución M.E. y O. y S.P. 502/95: DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE (U$S 83.789).

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 372/98 del 09/06/98