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Resolución 376/97 del 2/5/97




Secretaría de Industria, Comercio y Minería.




INDUSTRIA



Resolución 376/97



Apruébase la solicitud de excepción presentada
por Allocco S.A, referida a operaciones de ventas locales, en
el marco de la Resolución N° 824/95-MEYOSP.



Bs. As. 2/5/97



VISTO el Expediente N° 00701-0025606-5/95 del registro del
MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE por el que la firma ALLOCCO S.A., con domicilio
legal en Avenida Filippini 1343. Villa Gobernador Galvez, Provincia
de Santa Fe, solicita se le otorgue el beneficio instituido por
la Resolución M.E. y O. y S.P. N° 824 del 7 de Junio
de 1995, la Resolución ex-S.I. N° 13 del 14 de agosto
de 1.995 y la Resolución S.I.C. y M. N° 60 del 24
de enero de 1997, y


CONSIDERANDO:


Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable, en lo que atañe a los
ítems que figuran en el listado anexo a la presente, no
viéndose alcanzada por la suspensión establecida
en el Artículo 1° del Decreto N° 977/96 y sus
disposiciones reglamentarias.


Que la Dirección de Aplicación de la Política
Industrial dependiente de la Dirección Nacional de Industria,
en el ámbito de la Subsecretaría de Industria ha
evaluado la misma de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo
1 ° de la Resolución ex-S.I. N° 13/95.


Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la Intervención que le compete.



Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en el Artículo 2° de la Resolución M.E. y O.
y S.P. N° 824/95 y en el Artículo 5° de la Resolución
ex-S.I. N° 13/95.


Por ello,


EL SECRETARIO

DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:


Artículo 1.-Apruébase, en el marco de la
Resolución M.E. y O. y S.P. N° 824/95, la solicitud
de excepción presentada por la firma ALLOCCO S.A., con
domicilio legal en Avenida Filippini 1343,Villa Gobernador Galvez.
Provincia de Santa Fe. referida a las operaciones de ventas locales,
que se detallan en listado anexo de la presente resolución
que consta de UNA (1) foja.


Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por la Resolución M.E. y O. y S.P. N°
824/95, la Resolución ex-S.I. N° 13/95, su modificatoria
la Resolución S.I.C. y M. N° 60/97, y por la presente.



Art. 3°-Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma ALLOCCO S.A., constituye domicilio
especial en Moreno 428, Piso 4°, Departamento "J"
,Cuerpo 2°, Capital Federal, donde serán validas todas
las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen,
siendo competente para el caso de divergencia o controversia la
Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.


Art. 4°-La presente resolución comenzara a
regir a partir del día siguiente de notificación.



Art. 5°-Remítase copia de la presente resolución
a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA.


Art. 6°-Notifíquese a la interesada.


Art.7°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
-Alieto A. Guadagni.


ANEXO A LA RESOLUCION N° 376



VENTAS LOCALES DE BIENES DE CAPITAL PRESENTADAS POR

ALLOCCO SOCIEDAD ANONIMA.







Posición N.C.M.Descripción detallada del Bien de Capital
Cantidad (unid.)Valor $ Precio Facturado
Valor $ Precio Neto * Razón Social del Comprador **
8479.20.00Extractor Crown Mod. Serie 3000.
1999.106,00
849.240,00CARGILL S.A.
8421.19.90Sistema de aspiración centríf. De sólidos en aire.
126.200,00
22.270,00SAPRA S.A.



* Precio Neto p / Aplicación Decreto 937/93.

** Razón Social del comprador del Bien de Capital.

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