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Resolución 38/98 del 29/1/98



Secretaría de Industria, Comercio y Minería



INDUSTRIA



Resolución 38/98



Otórganse a la firma Serpina S.A. los beneficios establecida
en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. para la financiación
de créditos a los efectos de recuperar el impuesto al Valor
Agregado pagado por compras e importaciónes de bienes de
capital destinados a la fabricación de algodón.




Bs. As., 29/1/98



B.O.: 4/2/98



VISTO el Expediente N° 061-006578/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y


CONSIDERANDO:


Que la firma SERPINA S.A. ha solicitado los beneficios establecidos
en el Régimen de Financiamiento del I.V.A. conforme la
Ley N° 24.402 para la financiación de créditos
a los efectos de recuperar el impuesto al Valor Agregado pagado
por compras e importaciónes de bienes de capital destinados
a la fabricación de hilados de algodón.


Que la firma SERPINA S.A. ha adquirido un compromiso para la obtención
de una certificación de calidad según la norma ISO
9000.


Que la mencionada firma ha asumido un compromiso de exportación
de acuerdo al Anexo I de la Resolución Conjunta ex-S.M.
e 1. N° 68/96 y ex-S.C. e 1. N° 70/96.


Que del análisis efectuado, surge que los bienes de capital
se encuadran dentro de los objetivos fijados por la Ley N°
24.402 y que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos
por el Decreto N° 779/95 Reglamentario de la Ley N°
24.402 y su Anexo correspondiente.


Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la Intervención
que le compete, opinando que la medida propuesta resulta legalmente
viable.


Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo
5º de la Resolución S.I.C. y M. N° 40/97.


Por ello.


EL SECRETARIO DE INDUSTRIA. COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:


Artículo 1º-Consideranse sujetos al beneficio
establecido por los Artículos 1º y 2º de la Ley
N° 24.402 los montos correspondientes al I.V.A. de las compras
e Importaciones de bienes de capital de SERPINA S.A. destinados
a la fabricación de hilados de algodón cuyo detalle
figura en el Anexo I de la presente Resolución según
la N.C.M. que en UNA (1) planilla forma parte integrante de la
presente Resolución.


Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo
1º de la Resolución Conjunta ex-S.M. e 1. N°
68/ 96 y ex-S.C. e 1. N° 70/96, la firma deberá dar
cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 2º
de la Resolución Conjunta ex-S. M. e 1. N° 70/96 y
ex-S. C. e 1. N° 72/96 para la presentación del correspondiente
certificado de norma internacional de calidad.


Art. 3º-El incumplimiento por parte de la beneficiaria
de los objetivos establecidos en oportunidad de la adquisición
de los bienes de capital objeto de la financiación estipuladas
en el Artículo 2º de la Ley N° 24.402 y/o de
la presentación del certificado de norma internacional
de calidad y/o del compromiso de exportación dará
lugar a la aplicación del Artículo 3º de la
Ley N° 24.402.


Art. 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION
DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR notifíquese a SERPINA S.A.


Art.5º-Comuníquese, publíquese, dese
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Julio A. Cáceres.


ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 38




POSICION ARANCELARIAMONTO DEL I.V.A.




















8413.70.90 $914.76
8421.39.90 $9.014,04
8445.11.90 $59.637,73
8445.19.29 $49.203,25
8445.20.40 $249.311,45
8448.32.90 $8.929,81
8479.89.99 $14.514,34
8479.90.90 $4.490,14
9029.10.10 $13.050,96






TOTAL A FINANCIAR $409.066,48



Son pesos cuatrocientos nueve mil sesenta y seis con 48/100.

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