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Resolución 38/99 del 25/1/99




Secretaría de Energía
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 38/99
Apruébase la Reprogramación Trimestral de Verano para el Mercado Eléctrico Mayorista y para el Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Patagónico correspondiente al período entre el 1° de febrero y el 30 de abril de 1999.
Bs. As., 25/1/99
B.O.: 29/1/99
VISTO el Expediente N° 750-000195/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) ha elevado a esta SECRETARIA DE ENERGIA la Reprogramación Trimestral de Verano para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y la Reprogramación Trimestral de Verano para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP).
Que es necesario aplicar en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) los precios correspondientes a una probabilidad de excedencia del VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) debido a los reducidos aportes que se están produciendo en los embalses regulados.
Que se deben aplicar en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) los precios correspondientes a una probabilidad de excedencia del VEINTICINCO POR CIENTO (25 %).
Que mediante el Expediente N° 750-000074/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuya copia obra a fojas 39, se aprobó el Procedimiento Técnico N° 17 - "Transacciones de Alivio de Carga" y se autorizó a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), como excepción y por única vez, a aprobar los Convenios relativos al Alivio de Cargas, de duración menor a lo establecido en la Normativa, que tengan fecha de inicio hasta el 1° de mayo de 1999 y con vencimiento, en todos los casos, el 31 de octubre de 1999.
Que la autorización mencionada en el párrafo anterior debe ser ratificada por medio de la presente Resolución.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley N°24.065.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase por el presente acto la Reprogramación Trimestral de Verano para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) elevada por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) a esta SECRETARIA DE ENERGIA, correspondiente al período entre el 1º de febrero y el 30 de abril de 1999, calculada según LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACION DE LA OPERACION, EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CALCULO DE PRECIOS EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (LOS PROCEDIMIENTOS) descriptos en el Anexo I de la Resolución ex - SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA N° 61 del 29 de abril de 1992 y sus modificatorias.
ARTICULO 2º.- Establécense los siguientes precios de referencia estacionales de la potencia y energía en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM); para el período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de abril de 1999:
a) Precio de :


a.1) la Potencia Despachada Base (PMESBAS): MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 1890 $/MW-mes), con su equivalente horario (PHRBAS): CINCO PESOS POR MEGAVATIO HORA HABIL FUERA DE VALLE ( 5,00 $/MW-hfv).
a.2) la Potencia Despachada por Confiabilidad (PMESCONF): MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 1890 $/MW-mes), con su equivalente horario (PHRCONF): CINCO PESOS POR MEGAVATIO HORA HABIL FUERA DE VALLE ( 5,00 $/MW-hfv)
a.3) la Reserva de Potencia (PESTRES): CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 473 $/MW-mes).
a.4) los Servicios Asociados a la Potencia :
UNISER: DOSCIENTOS UN PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 201 $/MW-mes).
UNIFON: CERO PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 0 $/MW-mes).
UNISAL: Los valores se incluyen como Anexo I del presente acto.



b) Precio de referencia de la energía en el Mercado:


b.1) en horas de pico: VEINTIOCHO PESOS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA ( 28,62 $/MWh).
b.2) en horas restantes: VEINTIDOS PESOS CON DIECISEIS CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA ( 22,16 $/MWh).
b.3) en horas de valle: CATORCE PESOS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA ( 14,62 $/MWh).



c) Precio de la energía adicional:


c.1) en horas de pico: SESENTA Y CINCO CENTAVOS DE PESO POR MEGAVATIO HORA ( 0,65 $/MWh).
c.2) en horas restantes: CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE PESO POR MEGAVATIO HORA ( 0,57 $/MWh).
c.3) en horas de valle: TRECE CENTAVOS DE PESO POR MEGAVATIO HORA ( 0,13 $/MWh).



ARTICULO 3º.- Establécese que los Factores de Nodo Estacional Equivalentes a aplicar en el cálculo de precios a Distribuidores del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en el período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de abril de 1999, son los que se incluyen en el Anexo II del presente acto.
ARTICULO 4º.- Establécese que el sobreprecio por Precios Locales a adicionar al precio de la energía de cada Distribuidor, durante el transcurso del período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de abril de 1999, es el indicado en el Anexo III del presente acto.
ARTICULO 5º.- Establécese que, a los efectos de su aplicación en los cuadros tarifarios que lo requieran, el precio de referencia de la potencia ($POTREF) y el precio estacional de la energía para Distribuidores ($PEST) en el nodo equivalente de cada uno de ellos, indicados en la Resolución ex - SECRETARIA DE ENERGIA N° 137 del 30 de noviembre de 1992, equivalentes a los establecidos en el Artículo 2º de la presente Resolución, son los que se incluyen en el Anexo IV del presente acto.
ARTICULO 6º.- Establécense los precios de referencia estacionales de la potencia y energía en el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), para el período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de abril de 1999:
a) Precio de :


a.1) la Potencia Despachada Base (PMESBAS): MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 1890 $/MW-mes), con su equivalente horario (PHRBAS): CINCO PESOS POR MEGAVATIO HORA HABIL FUERA DE VALLE ( 5,00 $/MW-hfv).
a.2) la Potencia Despachada por Confiabilidad (PMESCONF): MIL OCHOCIENTOS NOVENTA PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 1890 $/MW-mes), con su equivalente horario (PHRCONF): CINCO PESOS POR MEGAVATIO HORA HABIL FUERA DE VALLE ( 5,00 $/MW-hfv)
a.3) la Reserva de Potencia (PESTRES): MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 1869 $/MW-mes).
a.4) los Servicios Asociados a la Potencia :
UNISER: CIENTO CUARENTA Y TRES PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 143 $/MW-mes).
UNIFON: CERO PESOS POR MEGAVATIO-MES ( 0 $/MW-mes).
UNISAL: UN PESO CON VEINTICUATRO CENTAVOS POR MEGAVATIO-MES ( 1,24 $/MW-mes).



b) Precio de referencia de la energía en el Mercado:


b.1) en horas de pico: TREINTA Y DOS PESOS CON DIEZ CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA ( 32,10 $/MWh).
b.2) en horas restantes: TREINTA PESOS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA ( 30,73 $/MWh).
b.3) en horas de valle: TREINTA PESOS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA ( 30,73 $/MWh).



c) Precio de la energía adicional:


c.1) en horas de pico: CUARENTA Y CINCO CENTAVOS DE PESO POR MEGAVATIO HORA ( 0,45 $/MWh).
c.2) en horas restantes: CUARENTA Y DOS CENTAVOS DE PESO POR MEGAVATIO HORA ( 0,42 $/MWh).
c.3) en horas de valle: MENOS CINCO CENTAVOS DE PESO POR MEGAVATIO HORA ( -0,05 $/MWh).



ARTICULO 7º.- Establécese que los Factores de Nodo Estacional Equivalentes a aplicar en el cálculo de precios a Distribuidores y Grandes Usuarios del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP) en el período comprendido entre el 1º de febrero y el 30 de abril de 1999, son los que se incluyen como Anexo V del presente acto.
ARTICULO 8º.- Establécese que para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA del SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), a los efectos de su aplicación en los cuadros tarifarios que lo requieran, el precio de referencia de la potencia ($POTREF) en el Mercado y el precio estacional de la energía para Distribuidores ($PEST) en el nodo equivalente de cada uno de ellos, indicados en la Resolución ex - SECRETARIA DE ENERGIA N° 137 del 30 de Noviembre de 1992, equivalentes a los establecidos en el Artículo 7º de la presente Resolución, son los que se incluyen en el Anexo VI del presente acto.
ARTICULO 9°.- Autorízase a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), como excepción y por única vez, a aprobar los Convenios relativos al Alivio de Cargas, de duración menor a lo establecido en la Normativa, que tengan fecha de inicio hasta el 1° de mayo de 1999 y con vencimiento, en todos los casos, el 31 de octubre de 1999.
ARTICULO 10.- Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).
ARTICULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- César Mac Karthy.
ANEXO I
Unisal
TRIMESTRE FEBRERO - ABRIL 1999


















































































































EMPRESA (*)

.

UNISAL
$/MW-mes

APELPALD

LA PAMPA

1.32

EJUESAYD

JUJUY

2.10

DPCORRWD

CORRIENTES

1.84

EDECATKD

CATAMARCA

7.25

EDEEERED

ENTRE RIOS

1.85

EDEFORPD

FORMOSA

1.61

EDELAPID

EDELAP

2.42

EDELARFD

LA RIOJA

9.33

EDENOROD

EDENOR

1.98

EDERSARD

RIO NEGRO

-0.51

EDESAEGD

SGO DEL ESTERO

2.45

EDESALDD

SAN LUIS

1.83

EDESASAD

SALTA

1.66

ESANJUJD

SAN JUAN

1.79

EDESURCD

EDESUR

1.86

EDETUCTD

TUCUMAN

1.92

EMENDOMD

MENDOZA

3.85

EDEMSAMD

MENDOZA

1.84

EMISSAND

MISIONES

2.98

EPECORXD

CORDOBA

1.68

EPENEUQD

NEUQUEN

-1.08

EPESAFSD

SANTA FE

7.34

EDENBA1D

EDEN

6.70

EDESBA2D

EDES

1.70

EDEABA3D

EDEA

1.79

SECHEPHD

CHACO

1.69

C3AR3A3W

COOP TRES ARROYOS ARROYOS

1.79



(*) La codificación corresponde a la utilizada en la Reprogramación Trimestral.
ANEXO II
Factores de Nodos para Distribuidores del MEM
TRIMESTRE FEBRERO - ABRIL 1999



































































































































































































































DISTRIBUIDORES

PICO

RESTO

VALLE

APELPALD - LA PAMPA

0.9056

0.9560

0.9612

C3AR3A2W - C. TRES ARROYOS

1.0462

1.0323

1.0361

CCAUCAJW - CAUCETE

1.0170

0.9863

0.9997

CCHACA1W - C. CHACABUCO

1.0304

1.0414

1.0363

CDORRE2W - C. DORREGO

0.9742

0.9935

0.9992

CLFLOR3W - C. LAS FLORES

1.0348

1.0436

1.0372

CLUJAN1W - C. LUJAN

1.0625

1.0430

1.0386

CMOREN1W - C. M.MORENO

1.1169

1.0861

1.0815

COAZUL3W - C. AZUL

1.0161

1.0170

1.0226

COLAVA3W - C. OLAVARRIA

0.9943

1.0103

1.0138

CPERGA1W - C. PERGAMINO

1.0200

0.9901

0.9949

CPLURO2W - C. P. LURO

0.9463

0.9757

0.9820

CPRING2W - C. PRINGLES

0.9498

0.9770

0.9830

CSPEDR1W - C. S. PEDRO

1.0231

1.0052

1.0126

CZARAT1W - C. ZARATE

1.0039

0.9961

0.9983

CRAMAL1W - C.RAMALLO

1.0697

1.0348

1.0277

CCOLON1W - C.COLON

1.0697

1.0348

1.0277

CSALTO1W - C.SALTO

1.0697

1.0348

1.0277

CCASTE1W C.CASTELLI

1.1736

1.0974

1.1103

EJUESAYD - JUJUY

0.8910

0.8506

0.8579

DPCORRWD - CORRIENTES

0.9872

0.9582

0.9747

EDESASAD - SALTA

0.8936

0.8687

0.8728

EDEABB3D - EDEA

1.1736

1.0974

1.1103

EDECATKD - CATAMARCA

1.0675

1.0442

1.0634

EDEERRED - E. RIOS

0.9797

0.9692

0.9759

EDEFORPD - FORMOSA

1.0741

1.0252

1.0523

EDELAPID - EDELAP

0.9984

0.9996

0.9990

EDELARFD - LA RIOJA

1.0521

1.0275

1.0296

EDEMSAD - MENDOZA

0.9365

0.9233

0.9379

EDENBB1D - EDEN

1.0697

1.0348

1.0277

EDENOROD - EDENOR

1.0052

1.0024

1.0026

EDESBB2D - EDES

0.9698

1.0016

1.0106

EDESALDD - SAN LUIS

0.9560

0.9449

0.9520

EDESAEGD - S.DEL ESTERO

1.0158

0.9775

0.9933

ESANJUJD - SAN JUAN

1.0170

0.9863

0.9997

EDESURCD - EDESUR

1.0012

1.0010

1.0014

EDETUCTD - TUCUMAN

0.9510

0.9305

0.9364

EMISSAND - MISIONES

0.9254

0.9166

0.9352

EMSE RES. - MENDOZA

0.9418

0.9316

0.9460

EPECORXD - CORDOBA

0.9606

0.9483

0.9534

EPENEUQD - NEUQUEN

0.8688

0.9436

0.9571

EPESAFSD - SANTA FE

0.9853

0.9730

0.9790

EDERSARD - RIO NEGRO

0.8565

0.9266

0.9425

SECHEPHD - CHACO

0.9573

0.9394

0.9542



(*) La codificación corresponde a la utilizada en la Reprogramación Trimestral.
ANEXO III
Sobrecostos por Precios Locales
TRIMESTRE FEBRERO - ABRIL 1999
















SOBRECOSTOS POR PRECIOS LOCALES

Empresa (*)

.

Ajuste Precio Estacional

.

.

[$/MWh]

APELPALD
EJUESAYD
EDECATKD
EDERSARD
EDESAEGD
EDESASAD
EDESSAJD
EDETUCTD
EMENDOMD
EDEMSAMD
EPENEUQD
EPESAFSD
EDENBB1D

LA PAMPA
JUJUY
CATAMARCA
RIO NEGRO
SGO DEL ESTERO
SALTA
SAN JUAN
TUCUMAN
MENDOZA
MENDOZA
NEUQUEN
SANTA FE
EDEN

-0.02
-0.05
1.11
-0.74
0.09
-0.04
0.51
-0.04
0.86
0.27
-0.19
0.41
0.29



Sobrecostos por precios locales para los Distribuidores que contrataron toda su demanda o con ajustes menores a 0.01 $/MWh.:
































SOBRECOSTOS POR PRECIOS LOCALES

.

Empresa (*)

Saldo Fondo de Estabilización [$]

SECHEPHD

CHACO

-69.37

DPCORRWD

CORRIENTES

-130.76

EDEFORPD

FORMOSA




-87.84




EDELARFD

LA RIOJA




12652.03




EMISSAND

MISIONES




-31.58




EMA-AEJD

SAN JUAN




-230.11






(*) La codificación corresponde a la utilizada en la Reprogramación Trimestral.
ANEXO IV
Precios a Distribuidores para tarifas a Usuarios Finales
TRIMESTRE FEBRERO - ABRIL 1999
PRECIO DE REFERENCIA DE LA POTENCIA (POTREF) Y LA ENERGIA (PEST) DE DISTRIBUIDORES PARA LAS TARIFAS A USUARIOS FINALES SEGUN LO PREVISTO EN LA RESOLUCION SECRETARIA DE ENERGIA 326/94.







































































































































































































































































EMPRESA(*)

 

$ PEST

$ POTREF

.

PICO

RESTO

VALLE

 

$/MWh

$/MWh

$/MWh

$/MW-mes

APELPALD

LA PAMPA

30.06

25.33

14.16

1813.67

EJUESAYD

JUJUY

29.59

22.92

12.64

1721.17

DPCORRWD

CORRIENTES

32.42

25.40

14.38

1840.20

EDECATKD

CATAMARCA

35.92

28.51

16.79

1941.16

EDEEERED

ENTRE RIOS

32.26

25.74

14.40

1892.36

EDEFORPD

FORMOSA

34.90

26.87

15.51

1783.91

EDELAPID

EDELAP

32.83

26.55

14.74

1896.98

EDELARFD

LA RIOJA

35.79

28.47

16.60

2029.28

EDENOROD

EDENOR

33.14

26.93

14.79

1921.11

EDERSARD

RIO NEGRO

28.48

24.46

13.72

1899.20

EDESAEGD

SGO DEL ESTERO

33.27

25.83

14.74

1628.40

EDESALDD

SAN LUIS

31.79

25.37

14.05

2064.93

EDESASAD

SALTA

29.69

23.36

12.86

1775.34

ESANJUJD

SAN JUAN

34.19

26.90

15.28

1957.64

EDESURCD

EDESUR

33.17

27.15

14.77

2027.97

EDETUCTD

TUCUMAN

31.36

24.75

13.81

1720.45

EMENDOMD

MENDOZA

32.33

25.97

14.82

2130.49

EDEMSAMD

MENDOZA

31.81

25.42

14.34

2128.35

EMISSAND

MISIONES

30.60

24.53

13.80

1209.11

EPECORXD

CORDOBA

31.80

25.36

14.07

1980.79

EPENEUQD

NEUQUEN

28.71

24.68

13.90

2106.91

EPESAFSD

SANTA FE

32.86

26.27

14.86

2029.64

EDENBA1D

EDEN

35.17

27.45

15.49

2013.27

EDESBA2D

EDES

31.90

26.34

14.90

1926.20

EDEABA3D

EDEA

37.80

28.51

16.36

1901.97

SECHEPHD

CHACO

31.60

25.00

14.08

1784.55

C3AR3A3W

COOP. TRES ARROYOS

34.16

27.12

15.28

1890.41

CCHACA1W

COOP.CHACABUCO

33.71

27.26

15.28

2004.58

CDORRE2W

COOP.CNEL.DORREGO

32.03

26.16

14.74

1926.51

CLFLOR3W

COOP.LAS FLORES

33.83

27.32

15.29

1900.18

CLUJAN1W

COOP. LUJAN

34.64

27.31

15.31

2010.61

CMOREN1W

COOP.M.MORENO

36.19

28.25

15.94

2004.58

COAZUL3W

COOP.AZUL

33.29

26.73

15.08

1900.18

COLAVA3W

COOP.OLAVARRIA

32.67

26.58

14.95

1900.18

CPERGA1W

COOP.PERGAMINO

33.42

26.13

14.68

2006.59



(*) La codificación corresponde a la utilizada en la Reprogramación Trimestral.
Precios a Distribuidores para tarifas a Usuarios Finales
TRIMESTRE FEBRERO - ABRIL 1999
PRECIO DE REFERENCIA DE LA POTENCIA (POTREF) Y LA ENERGIA (PEST) DE DISTRIBUIDORES PARA LAS TARIFAS A USUARIOS FINALES SEGUN LO PREVISTO EN LA RESOLUCION SECRETARIA DE ENERGIA 326/94.

















































































EMPRESA(*)

.

$ PEST

$ POTREF

.

PICO

RESTO

VALLE

$/MWh

$/MWh

$/MWh

$/MW-mes

CPLURO2W

COOP.PEDRO LURO

31.23

25.77

14.49

1926.51

CPRING2W

COOP.CNEL.PRINGLES

31.33

25.79

14.50

1926.51

CSPEDR1W

COOP.SAN PEDRO

33.51

26.46

14.93

2006.59

CZARAT1W

COOP.ZARATE

32.96

26.27

14.73

2010.61

CCAUCAJW

COOP.CAUCETE (a)

34.19

26.90

15.28

1957.64

CRAMAL1W

COOP.RAMALLO (a)

35.17

27.45

15.49

2013.27

CCOLON1W

COOP.COLON (a)

35.17

27.45

15.49

2013.27

CSALTO1W

COOP.SALTO (a)

35.17

27.45

15.49

2013.27

CCASTE3W

COOP.CASTELLI (a)

37.80

28.51

16.36

1901.97



(a) A estos precios debe agregarse el peaje de la respectiva PAFTT
(*) La codificación corresponde a la utilizada en la Reprogramación Trimestral.
ANEXO V
Factores de Nodo para Distribuidores y Grandes Usuarios del MEMSP
TRIMESTRE FEBRERO - ABRIL 1999











































































































EMPRESA

PICO

RESTO

VALLE

ALUAR S.A.

1.0002

1.0002

1.0002

BELLA VISTA OESTE

0.9446

0.9014

0.8986

COOP. GAIMAN

0.9981

0.9913

0.9906

COOP. P.MADRYN

0.9992

0.9986

0.9985

COOP. RAWSON

1.0018

0.9954

0.9943

COOP. TRELEW

1.0018

0.9954

0.9943

COOP.16 DE OCTUBRE

0.9832

0.9823

0.9827

COOP. C. RIVADAVIA

0.9443

0.9015

0.8986

EDERSA

1.0263

1.0188

1.0177

EDES PATAG.

1.0356

1.0253

1.0247

MUNIC. P. TRUNCADO

0.9941

0.9399

0.9355

PAN AMERICAN E.P.CL.

0.9956

0.9414

0.9370

S.P.S.E. S.CRUZ

0.9998

0.9450

0.9398

TOTAL AUSTRAL S.A.

0.9941

0.9399

0.9355

VINTAGE OIL ARGENT.

0.9941

0.9399

0.9355

YPF C.T. KM 5

0.9441

0.9015

0.8986

YPF CAÑADON SECO

0.9941

0.9399

0.9355

YPF EL TORDILLO

0.9441

0.9015

0.8986

YPF EL TREBOL

0.9441

0.9015

0.8986

YPF P. TRUNCADO

0.9941

0.9399

0.9355



ANEXO VI
Precios a Distribuidores para tarifas a Usuarios Finales del MEMSP
TRIMESTRE FEBRERO - ABRIL 1999






















EMPRESA

$ PEST

$ POTREF
 
$/MW-mes

PICO
$/MWh

RESTO
$/MWh

VALLE
$/MWh

SPSE SANTA CRUZ

36.11

33.08

28.83

3192.08

EDERSA RIO NEGRO

36.95

35.35

31.22

3162.79



Administracionius UNLP

Respuestas

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