Secretaría de Hacienda DEUDA PUBLICA Resolución 395/97 Dispónese la registración de títulos de
la deuda pública ante la "Securities and Excchange
Commission" de los Estados Unidos de América. Bs. As., 8/9/97 B.O: 11/9/97
VISTO, el Expediente N° 001-003846/97 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el Decreto N° 1161
de fecha 15 de julio de 1994, el Decreto N° 862 de fecha
29 de agosto de 1997, las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIAY
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 1300 de fecha 19 de octubre
de 1994, N° 190 de fecha 20 de septiembre de 1996 y las Resoluciones
de la SECRETARIA DE HACIENDA N° 1 de fecha 3 de enero de
1997 y N° 372 de fecha 27 de agosto de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1161/94 se encomendo al MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la registración
ante la "Securities and Exchange Commission" de los
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, para implementar la emisión
de títulos de deuda pública por un monto no superior
a un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL MILLONES
(V.N. U$S 2.000.000.000).
Que mediante Decreto N° 862/97 se incrementó el monto
autorizado a emitir en títulos de la deuda pública
hasta un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DOCE MIL MILLONES
(V.N. U$S 12.000.000.000).
Que por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS N° 1300 de fecha 19 de octubre de 1994,
se aprobó la documentación de la registración
ante la "Securities and Exchange Commission" por un
VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL QUINIENTOS MILLONES
(V.N. U$S 1.500.000.000).
Que por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS N° 190/96, se registro un monto adicional
de VALOR NOMINAL DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL QUINIENTOS MILLONES
(V.N. U$S 1.500.000.000).
Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA
N° 1/97, se elevó el monto registrado por un VALOR
NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL MILLONES (V.N. USS
3.000.000.000).
Que por la Resolución de la SECRETARIA DE HACIENDA N°
372/97, se registro adicionalmente un monto de VALOR NOMINAL DE
DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S
850.000.000) totalizando un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES
SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES (V.N. U$S 6.850.000.000).
Que durante el período abarcado entre el año 1994
y los meses transcurridos en 1997, se han colocado instrumentos
de deuda pública en el mercado registrado estadounidense,
utilizándose un VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES
CUATRO MIL SEISCIENTOS MILLONES (V.N. U$S 4.600.000.000). del
monto registrado.
Que existe la posibilidad de volver a acceder al mercado registrado
estadounidense, y se entiende necesario realizar la registración
de un monto tal que permita realizar emisiones futuras dentro
de ese mercado.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la
presente medida en virtud de lo dispuesto por el Decreto N°
1161, de fecha 15 de julio de 1994 modificado por el Decreto N°
862 de fecha 29 de agosto de 1997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º-Dispónese la registración
ante la "Securities and Exchange Commission" de los
ESTADOS UNIDOS DE AMERICA de títulos de la deuda pública,
por un monto de hasta VALOR NOMINAL DE DOLARES ESTADOUNIDENSES
DOS MIL MILLONES (V.N. U$S 2.000.000.000).
Art. 2º-Autorízase al señor Subsecretario
de Financiamiento; Dr. Miguel A. KIQUEL, 0 al Representante Financiero
en la Ciudad de WASHINGTON de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Dr.
Joaquín COTTANI, o al Representante Financiero Alterno
en la misma ciudad, Licenciada Noemi LA GRECA, o al señor
Director Nacional de Informaciones y Negociaciones Crediticias,
Licenciado Federico Carlos MOLINA, o al Representante Financiero
Alterno en EUROPA, Licenciada Susana OLGIATI, a suscribir en forma
indistinta la documentación necesaria para la registración
aprobada por el Artículo 1° de la presente Resolución.
Art. 3º-Reconózcanse como gastos máximos
necesarios para la registración un monto de hasta DOLARES
ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS MIL (U$S 700.000) que serán
abonados con cargo a la imputación presupuestaria 98 -
01 - 01 - 99 - 728 - 0 - 11 - 3 - "Gastos y Comisiones de
la Deuda Pública" correspondiente a la Jurisdicción
90.
Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Pablo
E. Guidotti.