Secretaría de Culto
CULTO
Resolución 4011/97
Reconócese al Monasterio de San José y Santa
Teresa (Monjas Descalzas de la Orden de la Bienaventurada Virgen
María del Monte Carmelo), como persona jurídica
y entidad de bien público.
Bs. As, 23/12/97.
B. O.: 16/01/98.
VISTO lo solicitado por el MONASTERIO DE SAN JOSE Y SANTATERESA
(MONJAS DESCALZAS DE LA ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARIA
DEL MONTE CARMELO), y
CONSIDERANDO:
Que el MONASTERIO DE SAN JOSE Y SANTA TERESA (MONJAS DESCALZAS
DE LA ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARIA DEL MONTE CARMELO),
es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como
tal ha acreditado su carácter de persona jurídica
pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA,
conforme las normas del Código de Derecho Canónico.
Que el solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos
por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones
vigentes, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados
por la autoridad eclesiástica; siendo notoria su actuación
en el territorio argentino desde antes de la organización
nacional.
Que, si bien hasta la fecha goza de personalidad jurídica,
en su calidad de orden preexistente a la CONSTITUCION DE LA NACION
ARGENTINA, procede igualmente su inscripción en el Registro
de Institutos de Vida Consagrada, conforme lo dispuesto por el
artículo 3°, inciso a), del decreto 491 del 21 de
septiembre de 1.995, en su carácter de casa autónoma
(artículo 1°, segundo párrafo de la ley 24.483,
y artículo 1°, inciso f, del decreto citado).
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo
1° de la ley citada.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTO
RESUELVE:
Artículo 1°- Reconocer como persona jurídica
al MONASTERIO DE SAN JOSE Y SANTA TERESA (MONJAS DESCALZAS DE
LA ORDEN DE LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARIA DEL MONTE CARMELO),
con sede legal en Avenida López y Planes, número
CUATRO MIL CIENTO OCHO (4108), PROVINCIA DE SANTA FE, y domicilio
especial en calle MARCELO T. DE ALVEAR, numero DOS MIL CUATROCIENTOS
SESENTA Y CINCO (2465), CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta
bajo el número SEIS barra VEINTE (6/20) del Registro de
Institutos de Vida Consagrada.
Art. 2°- Reconocer a dicho Instituto de Vida Consagrada
el carácter de entidad de bien público, a todos
los efectos que correspondan.
Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
- Angel M. Centeno.