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Resolución 469/97 del 20/05/97





Secretaría de Industria, Comercio y Míneria

INDUSTRIA

Resolución 469/97

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado
por Inacel S.A.


Bs. As.. 20/5/97

B.O: 26 / 5 / 97

VISTO el expediente N° 060-019131/96, del registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma
"INACEL S. A", con domicilio en Uruguay 651, Piso 13,
Departamento "A", Capital Federal, solicita la aprobación
de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar
como empresa autopartista independiente de la industria automotriz,
y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos
de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la
Resolución ex-S.M e I Nº 190 del 29 de abril de 1996
modificada por la Resolución S.I.C y M. Nº 175 del
26 de setiembre de 1996.

Que la Delegación III de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido
en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del
15 de enero de 1996 y en el artículo 1° de la Resolución
ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996, modificada por
la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de setiembre
de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°-Apruébase el plan de intercambio
compensado presentado por la firma "INACEL S. A." con
domicilio en Uruguay 651, Piso 13, Departamento "A",
Capital Federal, con las condiciones que se indican en el Anexo
de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de
la solicitud a que se refiere la presente resolución se
regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996,
por la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril
de 1996, modificada por la Resolución S.I.C. y M. N°
175 del 26 de setiembre de 1996, y por la presente, como así
también por los compromisos asumidos por la beneficiaria
en el expediente M. E. y O. y S.P. N° 060-019131/96.

Art. 3°-Déjase establecido que a los efectos
que hubiere lugar, la firma "INACEL S. A." constituye
domicilio especial en Uruguay 651, Piso 13, Departamento "A",
Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones
judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente
para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción
de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4°-La presente resolución comenzará
a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5°-Remítase copia de la presente resolución
a la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS.

Art. 6°-Notifíquese a la interesada.

Art. 7°-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto
A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 469

Expediente N° 060-019131/96

Empresa: INACEL S. A.

Productos a Exportar:

Posición N.C.M. Descripción

8507.10.00 Bateria de arranque







Productos a Importar:

Posición N.C.M. Descripción

8507.10.00 Batería de arranque

3920.10.00 Separadores de poliéster






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