Comisión Nacional de Comunicaciones SERVICIOS POSTALES Resolución 493/97 Mantiénese la inscripción de Banci S.R.L. en
el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales. Bs. As., 9/5/97 B.O: 19 / 5 / 97
VISTO el expediente Nº 62 del Registro de la exCOMISION NACIONAL
DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones la firma denominada BANCI S.R.L,
ha solicitado que se mantenga su inscripción en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
Que la misma fue inscripta en el Registro Nacional de Prestadores
de Servicios Postales el 18 de enero de 1995, bajo el numero DOSCIENTOS
OCHENTA Y OCHO (288).
Que en relación a lo peticionado , en la actualidad han
sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el
articulo 11 del Decreto N° 1187/93 (t.o. 1997).
Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes
forman parte de los órganos de administración o
control de la persona ideal de marras no han sido condenados por
los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156,
157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.
Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por
el artículo 14 del decreto ya referido.
Que asimismo se efectúo el formal cumplimiento de la totalidad
de las reglamentaciones normadas por el articulo 1° inciso
d) del Decreto N° 115 del 5 de febrero de 1997.
Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en
su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la
COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, ha tomado la intervención
que le compete y manifiesta no tener objeciones de índole
legal que formular.
Que, en consecuencia, procede mantener inscripta en el Registro
Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada
BANCI S.R.L.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas
en el articulo 6° inciso d") del Decreto Nº 1185/90
y normas concordantes y complementarias.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
Artículo 1°-Declárase que la firma denominada
BANCI S.R.L, mantiene el cumplimiento de la totalidad de los requisitos
previstos en el Decreto N° 1187/93 (t.o. 1997) que justificaron
oportunamente su inscripción en el Registro Nacional de
Prestadores de Servicios Postales.
Art. 2°-Mantíenese inscripta a la empresa referida
en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales bajo
el numero DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO (288).
Art. 3°-Regístrese, comuníquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese
y archívese.-Pedro C. Catalán.- Roberto E. Uanini.-Hugo
Zothner.- Patricio Feune de Colombi.-Antonio S. Name. -Federico
N. A. Lujan De La Fuente.-Alberto J. Gabrielli.