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Resolución 5/98 del 29/05/98




Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo




PESCA



Resolución 5/98



Prórrogase el área de veda establecida en la
Resolución N° 2/98.



B. O.: 02/06/98.



VISTO la necesidad de tomar medidas para proteger las concentraciones
de juveniles de la especie merluza (Merluccius hubbsi) existentes
en la Zona Común de Pesca.


CONSIDERANDO:


Que los informes técnicos indican que es necesario prorrogar
el área de veda establecida por la Resolución Nº
2/98, de fecha 28 de abril de 1998, de esta Comisión.


Atento a lo establecido en los Arts. 80 y 82 del Tratado del Río
de la Plata y su Frente Marítimo y en la Resolución
Nº 2/98 de esta Comisión.


LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVE:


Artículo 1°- Prorrógase hasta el día
30 de junio el área de veda establecida en la Resolución
Nº 2/98 de fecha 28 de abril de 1998.


Art. 2º- La presente Resolución entrará
en vigencia el día de su publicación.


Art. 3º- Comuníquese con carácter de
urgente al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional
y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones
Exteriores de la República Oriental del Uruguay.


Art. 4º- Publíquese en el Boletín Oficial
de la República Argentina y en el Diario Oficial de la
República Oriental del Uruguay. Montevideo, 29/05/98. -
Edison González Lapeyre. - Daniel Olmos.

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