Estoy en: Foro > Fuentes > Legislación

Resolución 51/98 del 04/02/98




Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento




OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO



Resolución 51/98



Apruébanse normas reglamentarias del Programa
de Obras Menores de Saneamiento - PROMES.



Bs. As., 4/2/98



B.O., 19/02/98



VISTO la Ley N° 24.583y el Decreto N° 107/95
por el cual se aprobó el Estatuto del ENTE NACIONAL DE
OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO, y



CONSIDERANDO:



Que la citada Ley establece en su artículo
segundo, que este organismo tiene como objetivo institucional
"organizar y administrar la ejecución y administración
de los Programas de desarrollo de infraestructura que derivan
de las políticas nacionales del sector".



Que en forma concordante, el Estatuto del ENOHSA
en su artículo 5° dispone que este Organismo ejecutará
las políticas para proveer al desarrollo de los servicios
de provisión de agua potable y de saneamiento en general,
a través de asistencia técnica y financiera con
destino a la construcción y reposición de infraestructuras,
provisión de equipamientos y a la operatividad y regulación
de los sistemas prestacionales.





Que dentro de las atribuciones conferidas a este
Organismo, según lo establecido en el artículo 9°
de su Estatuto. se encuentran entre otras, aquellas referidas
a: dictar sus normas orgánicas y establecer los reglamentos
generales y operativos, así como los procedimientos que
posibiliten administrar eficientemente sus actividades; formular
programas plurianuales; actuar en carácter de Organismo
Ejecutor, con facultades para administrar la utilización
de los fondos recibidos, instrumentando los convenios y contratos
con organismos y entidades nacionales; conceder créditos
destinados a brindar asistencia técnica preparatoria y
para el financiamiento de los proyectos que apruebe, estableciendo
las condiciones acordes a los programas y Planes de Metas Anuales
previendo las amortizaciones y otros ingresos que correspondan
por la prestación de sus servicios, así como las
garantías para los distintos tipos de operaciones: efectuar
la evaluación y auditoria integral de los entes u organismos
que soliciten prestamos; gerenciar y administrar programas, proyectos
y operaciones comisionados por otros Organismos o Agencias Financiadoras.




Que este Organismo viene desarrollando el PROGRAMA
DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO - PROMES - cuyas acciones estuvieron
canalizadas a financiar proyectos de saneamiento de reducida envergadura
económica como también para atender situaciones
de emergencia surgidas en la prestación de los servicios
de saneamiento de las localidades del interior del país.




Que en virtud de la experiencia institucional acumulada
en la ejecución de dicho PROGRAMA, se entiende necesario
efectuar ciertas modificaciones "endientes a mejorar dicha
operatoria.



Que en tal sentido, se ha efectuado un proceso de
revisión de las normas y procedimientos aplicados en tal
PROGRAMA, habiéndose definido los cambios a introducirse
en dicha operatoria crediticia.



Que la reformulación así planteada
se orienta a disponer normas y condiciones que posibiliten un
desarrollo mas eficiente del PROGRAMA y de la ejecución
de los proyectos; atendiendo a: a) asegurar una mejora de la calidad
de los proyectos; b) ampliar los rubros o finalidades a financiar:
c) establecer condiciones económicas - financieras que
resulten mas accesibles a los prestatarios para la devolución
de los créditos: d) determinar fórmulas de garantías
de los créditos que brinden cobertura cierta del riesgo
al ENOHSA: e) establecer nuevas pautas de evaluación ex
- ante, tanto para los componentes técnicos de los proyectos
como respecto a las condiciones que deben reunir las entidades
para recibir el crédito, f) mejorar los procesos de monitoreo
y control de la ejecución de los proyectos, de las inversiones
efectuadas y de las rendiciones que se presentan al ENOHSA.



Que a tal efecto corresponde dictar los actos aprobatorios
de la nueva reglamentación del PROGRAMA, como también
los diferentes anexos que integran el cuerpo reglamentario de
la operatoria.



Que al disponerse una nueva reglamentación
de la operatoria, los proyectos que presenten los Organismos y
Entidades interesadas a partir de la fecha de publicación
de esta Resolución, deberán adecuarse a la nueva
normativa.



Que los proyectos aprobados en virtud del régimen
anterior del PROGRAMA, continuarán ejecutándose
bajo las normas y condiciones en que hubieran sido otorgados los
respectivos créditos.



Que la Asesoría Jurídica del Organismo
ha tomado la intervención que le compete.



Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el articulo 3° de la ley N° 24.583: y
el Decreto N° 107/95, Anexo 1, Articulo 17°, incisos
a); c); i) y J).



Por ello,



EL ADMINISTRADOR Y EL SUBADMINISTRADOR DEL ENTE NACIONAL
DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO

RESUELVEN:



Artículo 1°.-Apruébase
las normas reglamentarias del PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO
- PROMES - que como Anexo I, forma parte integrante de la presente
Resolución.



Art. 2°-Determinase
que los proyectos aprobados en el marco de dicho PROGRAMA con
anterioridad al dictado de la presente Resolución. continuarán
ejecutándose bajo las normas y condiciones en que hubieran
sido otorgados los respectivos créditos.



Art. 3°-Disponese
que la reglamentación aprobada por el articulo 1°
tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación
de esta resolución. Las solicitudes que a partir de este
momento se presenten por parte de Organismos y Entidades interesadas
en obtener financiamiento del citado PROGRAMA, deberán
adecuarse a lo dispuesto en dicha reglamentación.



Art. 4°-Comuníquese,
publíquese. dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archivase. -Mario E. Fattor. - Alberto
L. Monfrini.



ANEXO I



REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO-PROMES-




PARTE I - CONDICIONES GENERALES



1, Objetivo



El objetivo del PROGRAMA DE OBRAS MENORES DE SANEAMIENTO-PROMES-,
en adelante el PROGRAMA, será asistir financieramente a
los Entes prestadores de servicios sanitarios del interior del
país, a través del otorgamiento de créditos
de fomento destinados a la realización de inversiones en
materia de saneamiento básico de pequeña envergadura,
las que podrán destinarse a ampliar y/o mejorar los sistemas
de provisión y tratamiento, como también para el
desarrollo de otras acciones que se vinculen directamente con
tales finalidades.



2, Proyectos Financiables



Con recursos del Programa se financiarán aquellos
proyectos que contemplen: a) la ejecución de obras nuevas
y de expansión de los sistemas de agua potable y desagues
cloacales: b) el mejoramiento de los componentes de tales sistema
y adquisición de equipamiento vinculado directamente al
funcionamiento del mismo, tendiente a mejorar la calidad, evitar
interrupciones o colapso de los servicios: c) la elaboración
de proyectos de provisión de agua potable y desagues cloacales:
y d) el desarrollo de otras actividades directamente vinculadas
a la prestación de los servicios de saneamiento básico.




3. Beneficiarios de los créditos



Podrán acceder a esta línea de créditos
de fomento, las Entidades prestadoras de servicios de saneamiento,
sean ellas publicas (provinciales o municipales); sociedades de
fomento o uniones vecinales; y del sector privado, en este caso
preferentemente Cooperativas concesionarias del servicio.



4. Presupuesto financiable



El Presupuesto financiable a través del crédito
a otorgarse por el Programa, podré alcanzar hasta un valor
máximo de U$S 250.000.- en dólares o pesos convertibles.
Podrá financiarse parcial o totalmente las obras, materiales
y/o mano de obra y trabajos, con impuestos.



Cuando se tratare de una obra a ejecutarse por contratación
de un tercero y el monto de la oferta de la firma superase el
valor del presupuesto previsto, el ENOHSA deberá resolver
si aprueba el aumento del presupuesto siempre que: a) dicha diferencia
no supere el 10% del presupuesto y b) que la cifra resultante
no sea mayor al tope de U$;S 250.000.



No podré incluirse en la financiación
los costos de inspección de los trabados y todo otro gasto
que no pertenezca al proyecto propiamente dicho.



5. Amortización del préstamo



El préstamo será otorgado contemplando
un período de amortización de un máximo en
diez (10) cuotas trimestrales. La primera de ellas vencerá
el día que fina1ice el período de gracia. Los prestamos
serán amortizables bajo el sistema francés vencido.




6. Domicilio de pago



El lugar establecido para el pago de las amortizaciones
de los créditos, será el domicilio de la sede del
ENOHSA



7. Intereses



Los préstamos se otorgarán por lo general
a una tasa de interés anual de Libor más tres (3)
puntos, dependiendo de la tasa que se encuentre vigente al momento
de otorgarse el préstamo. Una vez otorgado el crédito
y establecida la tasa para dicho préstamo, la misma no
será modificada.



La tasa de interés del Programa será
revisada por el ENOHSA semestralmente (junio y diciembre) estableciéndose
la tasa que regirá para el otorgamiento de nuevos prestamos
durante el semestre que se inicia.



Los intereses devengados por todas las transferencias
efectuadas dentro del plazo de ejecución de obra se capitalizaran
al vencimiento del período de ejecución del proyecto.




8. Ejecución de1 proyecto



El ENOHSA aprobara el Plan de Trabajos e Inversiones
presentado por la Entidad solicitante determinándose en
dicho momento, el plazo estipulado para la ejecución del
proyecto: Dicho plazo no podrá ser mayor a 6 meses. y en
todos los casos deberá plantearse por períodos mensuales
completos.



Dicho plazo se contará desde la finalización
del mes en que se efectúe la primer transferencia de fondos.
Como excepción y ante motivos fundados. el ENOHSA podrá
otorgar una ampliación del plazo de ejecución del
proyecto.



La ejecución y/o contratación de obras
y/o adquisiciones se regirá por las normas de la legislación
local.



Las obras que se financien podrán ejecutarse
por el sistema de administración o por contratación
de terceros.



La responsabilidad por la ejecución de las
obras, adquisiciones y elaboración de proyectos corresponde
al ente ejecutor, no asumiendo el ENOHSA responsabilidad por los
mismos, sin perjuicio de las facultades que le corresponden sobre
el monitoreo y control de la aplicación de los fondos y
la realización de los trabajos financiados.



Los eventuales danos a personas o cosas que pudieran
acaecer con motivo de la ejecución de las obras, serán
de exclusiva responsabilidad del ente ejecutor o de sus contratistas,
según el caso.



Cuando se tratare de solicitudes de prestamos para
la elaboración de proyectos, a los efectos de garantizar
la calidad del trabajo y/o la elegibilidad del proyecto, se requerirá
a) la aplicación del Pliego tipo establecido por el ENOHSA;
b) la aprobación por el ENOHSA de los Términos de
Referencia del estudio; y c) cuando el monto del estudio a contratarse
supere los U$S 25.000.- el llamado a concurso deberá efectuarse
sobre una Lista Corta de seis consultoras o expertos individuales
inscriptos en el Registro del ENOHSA.



9. Período de gracia



Se concederá a los entes ejecutores un plazo
de gracia para la amortización del préstamo de tres
meses, plazo que se computará a partir de la fecha estipulada
para la finalización del proyecto.



10. Justificación de las inversiones del crédito




Las inversiones o gastos realizados por el ente ejecutor,
así como el correspondiente grado de avances de las obras
o trabajos, deberán ser certificados por un responsable
técnico facultado a tal efecto por dicho organismo prestatario,
o bien por la máxima autoridad del Ente prestatario.



Los gastos que se certifiquen y/o justifiquen deberán
corresponder a las especificaciones detalladas que integren el
presupuesto aprobado del proyecto.



Los entes ejecutores deberán efectuar las
rendiciones y justificaciones como mínimo cada dos meses.
La totalidad del monto del préstamo deberá encontrarse
justificado, como máximo, al momento de finalizar el período
de gracia de amortización del préstamo.



No se aceptará dentro de la certificación
o justificación de las inversiones, la inclusión
de ningún tipo de gasto que hubiera sido efectuado con
anterioridad al otorgamiento del crédito por parte del
ENOHSA.



11. Garantía del crédito



Como norma general se exigirá como garantía
del préstamo a otorgarse, la coparticipación federal
de Impuestos otorgada por la Provincia.



Como excepción podrá aceptarse otra
formula de garantía, tal como por ej. la cesión
de los derechos de la recaudación que se perciban por los
servicios. o de la que se obtenga por contribución de mejoras
de los beneficiarios del proyecto, debiendo analizarse en cada
caso, las exigencias y formalidades a cubrirse en tales supuestos,
quedando su aprobación a criterio del ENOHSA.



No se admitirán pólizas de seguro de
caución como garantías para este tipo de prestamos.




La garantías deberán mantenerse plenamente
vigentes e integras hasta tanto el préstamo se encuentre
amortizado completamente.



12. Evaluación de la solicitud de préstamo




La reglamentación del PROGRAMA determina los
requisitos que deberá reunir la solicitud del crédito
a ser presentada ante el ENOHSA.



La evaluación de la solicitud de crédito
incluirá el análisis de la capacidad jurídica
y de las condiciones del ente ejecutor para endeudarse, así
como de las facultades que deben reunir sus autoridades para aceptar
o suscribir los compromisos a tal efecto.



La solicitud incluirá entre sus contenidos,
la parte técnica del proyecto a financiarse, el computo
del conjunto del ítem y el Presupuesto requerido, así
como el cronograma de obra.



Respecto a las condiciones económicas financieras
de los Entes solicitantes de los créditos, se requerirá
para la evaluación de la solicitud de crédito, documentación
e información de respaldo,



La evaluación de la solicitud del préstamo
incluye el análisis del tipo de la garantía ofrecida
y sus modalidades de constitución.



La constitución de la garantía por
el ente ejecutor y/o terceros deberá ser aceptada por el
ENOHSA como condición previa a la firma del Acuerdo de
Préstamo,



13. Condiciones previas a la firma del Acuerdo de
Préstamo



La Resolución aprobatoria del proyecto, establecerá
el conjunto de condiciones que deberá satisfacer el ente
ejecutor en forma previa a celebrarse el Acuerdo de Préstamo,
tales como garantías constituidas y aprobadas a satisfacción
del ENOHSA, documentación institucional debidamente presentada,
etc.



Se otorgará un plazo improrrogable para completar
dichas instancias, vencido el cual y en el caso que la entidad
solicitante no cumpliera con dichos requisitos, el proyecto aprobado
dejará de contar con financiamiento dentro del período
presupuestario en curso.



14. Desembolsos



Para los proyectos que contemplen obras, en general
el préstamo será desembolsado en tres (3) cuotas,
las que tendrán carácter de anticipos. La primera
de ellas tendrá un tope del 40% del monto del préstamo,
y el saldo restante se transferir posteriormente en dos cuotas.




Efectuado el anticipo, los siguientes desembolsos
del préstamo esteran condicionados a la aprobación
del ENOHSA de la certificación de los trabajos realizados
y la rendición y justificación de lo gastado por
parte de la entidad ejecutora, conforme a los procedimientos y
mecanismos establecidos a tal efecto. Para los proyectos que prevean
adquisiciones. como pauta general se establecerá un primer
anticipo del orden del 30% del monto del préstamo a desembolsarse
contra la orden de compra. El restante 70% se desembolsara a los
sesenta días de efectuada la entrega de los bienes adquiridos,
contra: a) recibo del proveedor por el 30% anticipado; b) factura
de la adquisición y c) remito de entrega conformado por
el prestatario.



En el caso de prestamos por elaboración de
proyectos, los desembolsos se realizaran conforme



15. Transferencias



Las transferencias por los fondos otorgados en préstamo
se efectuarán a una cuenta especial que el ente ejecutor
deberá abrir en la sucursal del Banco de la Nación
Argentina que corresponda a la localidad.



16. Incumplimiento del ente ejecutor



Frente al incumplimiento del ente ejecutor respecto
a la obligación de justificar las inversiones en tiempo
y forma, o cuando se detectarán irregularidades en la ejecución
del préstamo y/o del proyecto financiado, o bien la falta
de pago de la amortización del préstamo, el ENOHSA
podrá determinar: a) la suspensión de todo otro
desembolso, b) la consolidación del préstamo sobre
las sumas efectivamente transferidas, c) dar por finalizado el
período del plazo de gracia, y d) resolver la caducidad
de los plazos de pago previstos en el préstamo. En tales
casos el ENOHSA podrá exigir al ente ejecutor, la devolución
del total de lo prestado en plazo perentorio y bajo apercibimiento
de iniciar las acciones legales que correspondan.



17. Solución de controversias



Cualquier controversia que se suscite en la ejecución
de los Acuerdos de Préstamos que se celebren en el marco
del PROGRAMA. serán sometidos a la jurisdicción
de los Tribunales Nacionales en lo Contencioso Administrativo
Federal con asiento en la Ciudad de Buenos Aires.



PARTE II- REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LAS
SOLICITUDES DE CREDITO



1. Presentación de la solicitud



1.1. La solicitud de crédito al PROGRAMA deberá
efectuarse a través de una presentación dirigida
al Administrador del ENOHSA.



1.2. La presentación será elevada por:




- Tratándose de un organismo provincial, será
suscripta por el titular del Ente Prestador de los servicios,
o bien por la autoridad responsable del Sector de la Administración
Central.



- Si fuera de originada por un municipio, por el
Intendente de la localidad.



- En caso de Cooperativa, Sociedad de Fomento: Unión
Vecinal o Entidad Privada, por su Presidente o máxima autoridad.




2. Información a suministrar



La presentación deberá contener la
siguiente información:



2.1. Información sobre la Entidad solicitante:




- Denominación y carácter de la entidad,
sea ella pública (provincial o municipal); sociedad de
fomento; unión vecinal; cooperativa, o empresa privada.




- Nómina de sus autoridades, titulares o máximos
responsables.



- Domicilio real: teléfonos; Fax.



- Nº de CUIT.



2.2. Información sobre el proyecto a financiar:




- Justificativa y breve descripción del proyecto
que se presenta.



- Resultados que esperan obtenerse al finalizar la
ejecución del proyecto.



- Presupuesto solicitado.



- Garantía ofrecida para el crédito,
preferentemente Refrendo provincial del crédito, autorizando
la eventual afectación de la coparticipación federal
de impuestos que corresponde a la Provincia; o excepcionalmente
la cesión de derechos sobre la coparticipación municipal
o secundaria; cesión de derechos sobre la recaudación
de las tarifas; u otras.



2.3. Información sobre financiamiento para
el sector:



- Créditos otorgados con anterioridad por
d ENOHSA o por los organismos que lo precedieran en sus funciones,
y en tal caso. estado actual de ejecución y deuda.



- Obras de saneamiento en ejecución y su fuente
de financiamiento.



- Gestiones en trámite para obtener financiamiento.




2.4. Cuando la localidad contara con servicios de
saneamiento, deberá informarse:



- Actuales niveles de cobertura y déficit.




- Tarifa actual de los servicios: facturación
anual: sistema aplicado para la cobranza, porcentaje de cobro
sobre la facturación.



- Descripción de la estructura organizativa
y operativa aplicada a la prestación de los servicios.




3. Documentación institucional a adjuntar




3.1. Organismos Públicos (Provinciales o Municipales)




Copias certificadas de:



- Ley, Decreto u Ordenanza que establece la competencia
del Ente solicitante para la prestación de los servicios
de saneamiento.



- Decreto, Resolución o Disposición
por la cual se designa a la actual autoridad responsable del ente.




- Tres últimos presupuestos aprobados, incluyéndose
el vigente al momento de presentarse la solicitud de préstamo.




- Constancia del CUIT.



3.2. Cooperativas



Copias certificadas de:



- Inscripción en los Registros correspondientes.




- Estatuto de la Cooperativa: Reglamentos de Actividades.




- Norma o Disposición Provincial o Municipal
por la que se le otorgará la concesión de los servicios
de saneamiento: o bien la autorización expresa para la
prestación de los servicios.



- Acta de Asamblea de designación de las actuales
autoridades.



- Acta de la Comisión Directiva o Consejo
de Administración que autorice a gestionar el crédito.




- Ultimos tres balances aprobados, certificados por
contador público, legalizados ante el Colegio Público.




- Constancia del CUIT.



3.3. Sociedades de Fomento o Uniones Vecinales



Coplas certificadas de:



- Norma Provincial por la cual se reglamenta el funcionamiento
de la entidad.



- Inscripción en los Registros correspondientes.




- Estatutos o Reglamentos o Carta Orgánica
de la entidad.



- Norma o Disposición provincial o Municipal
por la que se le otorgará la concesión de los servicios
de saneamiento, o bien la autorización expresa para la
prestación de los servicios.



- Decisión o Acto del cual resulte el mandato
de las actuales autoridades.



- Acta o decisión del órgano competente
para autorizar la gestión del crédito.



- Instrumentos donde conste la información
patrimonial y contable de la entidad de los últimos tres
ejercicios.



- Constancia del CUIT



3.4. Entidades Privadas



Coplas certificadas de:



- Contratos de formación de la entidad; estatutos
o reglamentos.



- Inscripción en los Registros correspondientes.




- Norma o Disposición Provincial o Municipal
por la que se le otorgará la concesión de los servicios
de saneamiento; o bien la autorización expresa para la
prestación de los servicios.



- Decisión o Acto del cual resulte el mandato
de las actuales autoridades.



- Acta o decisión del órgano competente
que autorice a gestionar el crédito.



- Ultimos tres balances aprobados, certificados por
contador público, legalizados ante el Colegio Público.




- Constancia del CUIT.



PARTE III - CONTENIDOS TECNICOS DE LA SOLICITUD
DE CREDITO



1. Para solicitud de financiamiento de obras



- Memoria descriptiva indicando situación
del servicio actual y problemas que determinan la necesidad de
concretar la nueva obra.



- Para el caso de ampliaciones o mejoras del servicio
existente, indicar su interelación con el nuevo proyecto.




- Información sobre la fuente de abastecimiento.
(En caso de requerirlo el proyecto, análisis de agua).




- Características del cuerpo receptor de desagües
cloacales (Si correspondiera)



- Memoria técnica: población beneficiada
actual y futura, cantidad de conexiones. dotación promedio,
período de diseño, cálculos hidráulicos,
parámetros de diseño y todas las demostraciones
necesarias de la ingeniería del proyecto.



- Especificaciones técnicas.



- Deberá indicarse la forma de ejecución
de la obra, si la misma se realizará por administración
o por contratación, indicando en este último caso
la metodología a aplicar, ya sea por licitación,
concurso de precios, contratación directa, etc., todo de
acuerdo a la legislación vigente.



- Planos Generales y de detalle.



- Plan de trabajo y curva de inversiones.



- Computo métrico y Presupuesto, análisis
de precios.



1.1. En las obras que fueran a ejecutarse por el
sistema de Administración:



Sólo se financiarán los materiales
a utilizar en la obra, por lo que se deberá presentar un
listado detallado de los mismos.



No se financiará ningún material que
no figure en dicho listado, por lo que el mismo deberá
enviarse especificado con la máxima desagregación
posible en relación a las tareas a ejecutar.



1.2. En las obras a realizase por contratación
a terceros:



a) Si el financiamiento contemplara mano de obra
y materiales, se podrá materializar a través de
licitación, concurso de precios o contratación directa,
conforme a la legislación local. Deberá acompañarse
para ello y en forma previa, las planillas de computo y presupuesto,
como así también los análisis de precios
respectivos.



b) En el caso de financiarse materiales y de mano
de obra en forma separada, se deberá presentar computo
y presupuesto con sus análisis de precios en base a las
tareas a efectuar. En función de los análisis de
precios presentados, se adjuntarán dos planillas desagregadas,
una sobre materiales (de acuerdo al punto 1.1.) y otra que indique
los porcentajes de incidencia de la mano de obra por cada tarea
detallada en el computo y presupuesto en relación con dicha
tarea y en relación con el monto total de la mano de obra.




No se podrá incluir el computo de mano de
obra que corresponda a personal que se encuentre bajo relación
de dependencia con el organismo tomador del crédito, debiéndose
contratar todo el personal a afectar a la obra.



2. Para solicitud de financiamiento para elaboración
de proyectos



- Será de aplicación los Pliegos de
Bases y Condiciones; Cláusulas Especiales y Modelo de Contratación
aprobados por el ENOHSA.



- Deberá presentarse oportunamente los Términos
de Referencia del estudio



- Las modalidades para llevar a cabo la contratación
del estudio se regirá por las normas generales aprobadas
para el PROGRAMA



3. Para solicitud de financiamiento de equipamiento




- Memoria descriptiva indicando los problemas que
determinan la necesidad de adquirir el equipamiento.



- Especificaciones técnicas.



- La adquisición se realizará por licitación,
concurso de precios, contratación directa, etc., todo de
acuerdo a la legislación local vigente.



- Presupuesto de por lo menos 3 oferentes.



PARTE IV - DOCUMENTACION A PRESENTAR EN LAS RENDICIONES




1. Financiamiento de materiales



Conjuntamente con la elevación de la rendición
firmada por la autoridad competente, deberá completarse
la planilla de Rendición (Planilla "A").



Además deberán adjuntarse todas las
copias de las facturas que correspondan a la rendición,
certificadas por autoridad competente, indicando que la copia
"es fiel del original".



Por cada proveedor deberá adjuntarse copia
del formulario de la DGI Nº 446 en el que se indica los números
validos de facturación.



Las facturas deben hacerse a nombre del organismo
tomador del crédito indicando la denominación de
la obra para la cual se afectarán los fondos.



Sólo se aceptarán los materiales aprobados
en la presentación.



2. Financiamiento de materiales y mano de obra
en forma separada.



2.1. Respecto a la mano de obra, se deberá
remitir el o los contratos suscriptos y una planilla de Detalle
(Planilla "B") que indique por cada tarea a realizar
del computo y presupuesto el precio total de la mano de obra y
el precio unitario de la misma.



Para la rendición de la mano de obra, se deberán
remitir las planillas de rendición adjuntándose
copia de los recibos de pago correspondientes, debidamente certificadas.




Conjuntamente con la elevación de las rendiciones
firmadas por la autoridad competente, deberá remitirse:
acta de medición de acuerdo a las tareas realizadas y además
las planillas desagregadas.



2.2. Respecto a los materiales debe procederse de
acuerdo a lo descripto en el punto 1.



3. Obras por contratación a terceros



Se deberá remitir un detalle de los procedimientos
seguidos en la licitación o concurso, adjuntándose
acta de apertura. informe de preadjudicación, oferta, contrata,
ordenanza municipal y/o resolución (si correspondiera).




Conjuntamente con la elevación de las rendiciones
firmadas por la autoridad competente, deberá remitirse:
acta de medición, certificado de obra -el cual deberá
ser firmado por la empresa y el comitente según modelo
de Planilla "C" y la copia certificada del recibo de
pago.



NOTA:



- Las facturas y recibos de pago deberán cumplir
con la legislación nacional vigente.



- No se aceptarán certificaciones y/o rendiciones
que no cumplan con lo estipulado en la reglamentación del
PROGRAMA.























PROMESPLANILLA "A"
Fecha
Provincia Rendición de Materiales Nº
Localidad .
Obra.
Item Nº Descripción de Materiales Según Computo Aprobado por ENOHSa
UnidadCantidad Total Aprobada
Precio Unitario ($) CantidadesImporte ($)
Facturas Nº Presente Rendición
.Anterior Rendición
Presente Rendición
Acumulada a la fecha
Anterior Rendición
Presente Rendición
Total a la fecha.
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
.Totales
$$
$.























PROMESPLANILLA "B"
Fecha
Provincia Rendición de Mano de Obra Nº
Localidad .
Obra.
Item Nº Descripción del Item Según Computo Aprobado por ENOHSa
UnidadCantidad Total Aprobada
Precio Unit. Mano Obra ($)
Cantidades Importe ($)Recibo Nº Presente Rendición
.Anterior Rendición
Presente Rendición
Acumulada a la fecha
Anterior Rendición
Presente Rendición
Total a la fecha.
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
..
.Totales
$$
$.























PROMESPLANILLA "C"
Fecha
Provincia Empresa Contratista:
Localidad Monto del Contrato Nº:
ObraCertificado Nº:
Mes:
Item Nº Descripción del Item Según Computo Aprobado por ENOHSa
UnidadCantidad Total Aprobada
Precio Unitario ($) CantidadesImporte ($)
.Anterior Rendición
Presente Rendición
Acumulada a la fecha
Anterior Rendición
Presente Rendición
Total a la fecha
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
..
..
..
..
..
.
.Totales
$$
$.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 51/98 del 04/02/98