Ministerio de Economia y Obras y Servicios Públicos
IMPORTACIONES
Resolución 513/98
Acláranse los alcances de la Resolución Nº
512/98.
Bs. As., 24/4/98
B.O: 30/04/98
VISTO el Expediente Nº 061 -003358/96 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la Resolución
del mismo Ministerio Nº 512 de fecha 24 de abril de 1998,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la mencionada resolución se dispuso modificar
el cronograma de liberalización establecido en el Anexo
I de la Resolución de este Ministerio Nº 987 de fecha
10 de septiembre de 1997.
Que en atención al dictado de una medida cautelar por parte
del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 6,
Secretaría Nº 11, por la cual se suspende la aplicación
de la Resolución MEYOSP Nº 987/97 respecto de diversas
empresas, mientras transcurra la tramitación de los autos
"ADIDAS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y Otros c/ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - Decreto
Nº 1059/96 s/Proceso de Conocimiento", resulta conveniente
aclarar los alcances de la citada Resolución Nº 512/98.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio
se ha expedido en el ámbito de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferida por
la Ley Nº 24.425 y el Decreto Nº 1059/96.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º-Aclárase que lo dispuesto
en el artículo 1º de la Resolución MEYOSP Nº
512 de fecha 24 de abril de 1998, no resulta de aplicación
a las operaciones de importación que realicen las empresas
ADIDAS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA; FILA (ARGENTINA) SOCIEDAD ANONIMA;
FITALSE SOCIEDAD ANONIMA; GRIMOLDI SOCIEDAD ANONIMA; NIKE ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA y RBK ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en tanto se
encuentre vigente la medida cautelar a que se refiere el segundo
Considerando de la presente.
Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Roque
B. Fernández.