Secretaría de Hacienda
EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Resolución 533/98
Realízase la cesión al Banco Ciudad de Buenos Aires del canon perteneciente al Tesoro Nacional.
Bs. As., 23/11/98
B.O.: 02/12/98
VISTO, el Expediente EXPMEYOSP EX 173-000596/98 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, las Leyes N° 11.672 "Ley Complementaria Permanente del Presupuesto" (t.o. 1997) y N° 23.696, los Decretos N° 437 de fecha 12 de marzo de 1992 y N° 265 de fecha 24 de marzo de 1997 y el Contrato de Concesión de la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAEOS SOCIEDAD ANONIMA (ENCOTESA), y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 23.696 se declaró sujeta a privatización mediante concesión a la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA (ENCOTESA).
Que el artículo 11 de la mencionada Ley, autoriza al PODER EJECUTIVO NACIONAL a realizar los actos necesarios para otorgar en concesión los servicios a cargo de ENCOTESA.
Que por intermedio del Decreto N° 265/97 se convocó a Licitación Pública Nacional e Internacional a los fines de otorgar la concesión de todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía que presta ENCOTESA.
Que en la cláusula 10.1 y 10.2 del Contrato de Concesión de ENCOTESA, celebrado entre la EMPRESA NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS SOCIEDAD ANONIMA y el ESTADO NACIONAL ARGENTINO representado por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, se estableció el canon que la empresa deberá abonar al ESTADO NACIONAL ARGENTINO en un importe fijo semestral adelantado de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 51.600.000 -).
Que el Decreto 437/92, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley N° 23.696, se determinó que el TREINTA POR CIENTO (30%) del canon corresponde al REGIMEN NACIONAL DE PREVISION SOCIAL.
Que, ante la necesidad de contar con los fondos anticipadamente, se ha llegado a un acuerdo con el BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES, para realizarle la cesión del SETENTA POR CIENTO (70%) del canon perteneciente al TESORO NACIONAL, que alcanza el monto de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO VEINTE MIL ($ 36.120.000,-).
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.
Que el artículo 46 de la Ley N° 11.672 Ley "Complementaria Permanente de Presupuesto" (t.o. 1997) establece que la SECRETARIA DE HACIENDA, podrá realizar operaciones de cesión de créditos contra particulares provenientes de créditos devengados.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente Resolución por el artículo 46 de la Ley N° 11.672 "Ley Complementaria Permanente del Presupuesto" (t.o. 1 997).
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1 —Procédase a la cesión al BANCO CIUDAD DE BUENOSAIRES, del SETENTA POR CIENTO (70%) del canon perteneciente al TESORO NACIONAL, que alcanza el monto de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO VEINTE MIL ($ 36.120.000,-), la que se instrumentará por intermedio del Contrato de Cesión que obra como Anexo a la presente Resolución.
Art. 2° —Establézcase como precio de la cesión el importe total que alcanza la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO VEINTE MIL ($ 36.120.000,-).
Art. 3° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. —Pablo E. Guidotti.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).