Secretaría de Industria, Comercio y Minería IMPORTACIONES Resolución 550/97 Otórgase el beneficio establecido por la Resolución
Nº 502/95-MEYOSP para la importación de bienes integrantes
de un proyecto presentado por Miller Varco Pruden S.A. Bs. As., 13/6/97 B.O.: 19/06/97
VISTO el Expediente Nº 061 -000727/96 del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma MILLER VARCO PRUDEN S.A., ha solicitado los beneficios
establecidos en el Régimen de "Proyectos para la Instalación
de Nuevas Plantas Industriales" conforme la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502/ 95 para la importación de equipamiento destinado a
una nueva planta de fabricación, comercialización
y montaje de estructuras metálicas para edificios, a ser
instalada en Ruta 2 y 520 -Abasto- Parque Industrial La Plata,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que la mencionada planta estará integrada por UNA (1) línea
de producción autónoma y completa a ser provista
bajo la modalidad Llave en Mano, por VARCO PRUDEN BUILDINGS -
A UNITED DOMINION COMPANY de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Que la firma MILLER VARCO PRUDEN S.A. ha adquirido un compromiso
para la obtención de una certificación de calidad
según la norma IRAM/IACC/ISO 9002.
Que, asimismo, se cuenta con un informe favorable emitido por
la ESCUELA SUPERIOR TECNICA DE ENSEÑANZA DEL EJERCITO ARGENTINO
GRAL. DIV. MANUEL N SAVIO, quien manifestó que el proyecto
responde a lo previsto en la reglamentación vigente.
Que del análisis efectuado surge que la planta a importar
encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución
M.E. y O. y S.P. Nº 502/95 y que se ha dado cumplimiento
con los requisitos establecidos por la Resolución ex- S.C.
e I. Nº 318/95.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la Intervención
que le compete opinando que la medida propuesta resulta legalmente
viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo
6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 del
7 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre
de 1996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º-Considérase sujeta al beneficio
establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502/95 la importación de bienes integrantes del proyecto
presentado por la firma MILLER VARCO PRUDEN S.A. consistente en
una planta para la fabricación, comercialización
y montaje de estructuras metálicas para edificios, cuya
descripción de bienes se detalla en el Anexo I que en DOS
(2) planillas forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo
5º del inciso a) de la Resolución M.E. y O. y S.P.
Nº 502/95, la firma deberá dar cumplimiento en el
plazo establecido en el Artículo 12 de la Resolución
ex-S.C. e I. Nº 318/95 para la presentación del correspondiente
certificado de norma internacional de calidad.
Art. 3º-El incumplimiento por parte de la beneficiaria
de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión
para la mencionada planta y/o de los límites para importación
de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº
502/95 y/o de la presentación del certificado de norma
internacional de calidad, dará lugar a la aplicación
del Artículo 13 de la Resolución M.E. y O. y S.P.
Nº 502/95.
Art. 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION
DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO
EXTERIOR notifíquese a la interesada.
Art.5º-Comuníquese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
-Alieto A. Guadagni.
ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 550
BIENES INTEGRANTES DE "PROYECTOS PARA LA INSTALACION DE NUEVAS
PLANTAS INDUSTRIALES" CON DESTINO A UNA PLANTA PARA LA FABRICACION
DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA EDIFICIOS.
SUBPARTIDA CANTIDAD DESCRIPCION
ARMONIZADA
8462.49 1 Prensa hidráulica de 150 t. para punzonado de
perfiles con su enderezador de 5 rodillos.
8428.90 1 Trasportador de bobinas
8479.81 1 Debobinador de chapa
8466.94 3 Rodillos para producción de perfiles C y Z
Debobinador de chapa
8462.41 1 Equipo de punzonado y corte de chapa
compuesto por cilindros de entrada,
guillotina de 20 t. y rodillos de salida, con
control numérico montado en basamento común.
8462.21 1 Equipo de conformado de paneles de techo y
pared por rodillos con su aplicador de
sellado con mastic, montado en basamento
común
8479.81 1 Debobinador de chapa
8462.31 1 Cortadora longitudinal y transversal de
chapa, con control numérico
8428.39 1 Transportador a rodillo motorizados
8515.31 1 Máquinas de soldar automáticas por arco
sumergido para estación de soldadura de vigas
8428.39 1 Transportador a rodillos motorizados
8462.41 1 Conjunto de máquinas para fabricación de
perfiles, montadas sobre basamento común
constituida por: prensas hidráulicas de
punzonado de 200 t., guillotina. alimentador
por rodillos, equipos neumático de centrado,
estación de soldadura, con control numérico
8462.39 1 Guillotina para corte de chapa
SUBPARTIDA CANTIDAD DESCRIPCION
ARMONIZADA
8456.99 1 Equipo de corte de chapa por plasma
8428.39 1 Mesa de rodillos de entrada motorizados para
equipo de corte por plasma
8428.39 1 Mesa de rodillo de salida motorizados para
equipo de corte por plasma
8515.31 12 Maquinas de soldar automáticas. tipo MIG,
montadas en grúa de pescante
8462.10 1 Prensa hidráulica de 200 t. con 11mltador de
fuerza y control de golpe infinitamente
ajustable cada 0.025 mm.
8471.49 6 Terminales servers Oracle
8471.49 23 Unidades centrales de proceso.
8471.49 23 Teclados para unidades centrales de proceso
8471.49 23 Mouse
8471.49 1 Impresora laser jet 4 MB monocromática
8471.49 4 Impresora laser jet 4 Mb policromática
Monto total de los bienes integrantes del "proyecto para
la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" sujeto
al beneficio, sin repuestos: DOLARES TRES MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTITRES MILTRESCIENTOS QUINCE (U$S 3.423.315,00).
Monto total de los repuestos sujetos al beneficio de acuerdo al
Artículo 2º de la Resolución M.E. y O. y S.P.
502/95: DOLARES CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y CINCO
CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (U$S 171.165,75).