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Resolución 551/97 del 17/6/97




Administración Nacional de la Seguridad Social



SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD



Resolución 551/97



Adóptanse medidas para la actualización del Padrón
Base.



Bs. As., 17/6/97.



B.O.: 26/6/97.



VISTO las Leyes N° 23.660 y N° 23.661, los Decretos
N° 333 de fecha 1° de abril de 1.996 y N° 1141
de fecha 7 de octubre de 1.996, y la Resolución de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL D. E. N° 246 de fecha 18
de marzo de 1.997, y


CONSIDERANDO:


Que el artículo 1°, inciso 2° del Decreto N°
333/96 establece que los beneficiarios comprendidos en los artículos
8° y 9° de la Ley N° 23.660 y los que se incorporen
por aplicación de los artículos 5° y 6°
de la Ley N° 23.661 conformarán el Padrón Base
del Sistema Nacional del Seguro de Salud.


Que el artículo 2° del mencionado Decreto dispone
que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)
será la encargada de llevar a cabo las operaciones administrativas
necesarias para la elaboración y actualización del
Padrón Base del Sistema Nacional del Seguro de Salud.


Que el artículo 8° del Decreto N° 1141/96 dispone
que todo beneficiario titular del Sistema Nacional del Seguro
de Salud queda obligado a informar a esta ADMINISTRACION NACIONAL
cualquier novedad producida en la constitución de su grupo
familiar y familiares a cargo en la obra social, con el fin de
mantener actualizado el mencionado Padrón.


Que el artículo 1° de la Resolución D.E. N°
246/97 establece que los trabajadores en relación de dependencia,
beneficiarios titulares del Sistema Nacional del Seguro de Salud,
deberán informar además, las novedades que generen
derecho a la percepción de asignaciones familiares.


Que el artículo 6° de la Resolución mencionada,
establece que los trabajadores en relación de dependencia
podrán cumplir con la actualización a través
de sus empleadores quienes deberán informar las novedades
mencionadas mediante soporte magnético que tendrá
carácter de declaración jurada para el trabajador
y el empleador.


Que el artículo 7° determina que los COMPROBANTES
DE EMPADRONAMIENTO generados por presentaciones efectuadas de
acuerdo al mecanismo descripto, serán remitidos a los empleadores,
teniendo éstos la obligación de entregar a cada
trabajador el original y conservar una copia del mismo.


Que el artículo 80, inciso a) establece que esta ADMINISTRACION
NACIONAL podrá implementar la operatoria necesaria a fin
de obtener novedades por medios informáticos y de telecomunicaciones.



Que el artículo citado en su inciso b) determina que ANSES
podrá acordar con entidades intermedias u organismos públicos
o privados la firma de convenios o de acuerdos a fin de establecer
otros mecanismos de actualización del Padrón Base
del Sistema Nacional del Seguro de Salud.


Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 8° del Decreto N° 2741/91 y el artículo
36 de la Ley N° 24.241 artículo citado.


Por ello,


EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:


Artículo 1°-A partir de QUINCE (15) días
corridos de publicada la presente esta ADMINISTRACION NACIONAL
recibirá, mensualmente de los empleadores, las novedades
producidas en relación a la conformación del grupo
familiar y familiares a cargo en el Agente del Seguro de Salud
de sus trabajadores y las que generen derecho a la percepción
de las asignaciones familiares. Las novedades serán informadas,
adjuntando la documentación requerida en el Anexo 1, mediante
soporte magnético según el diseño de registro
que consta como Anexo II de esta Resolución.


Art. 2°-Los trabajadores en relación de dependencia,
beneficiarios titulares de un Agente del Seguro de Salud, dispondrán,
a partir del 1° de julio del corriente y de acuerdo al cronograma
de puesta en funcionamiento del SERVICIO DE ATENCION TELEFONICA
(UDAT), para la actualización del Padrón Base de
la Seguridad Social de acuerdo a la operatoria que como Anexo
III, forma parte integrante de la presente Resolución.



Art. 3º - Esta ADMINISTRACION NACIONAL podrá
actualizar el Padrón Base del Sistema Nacional del Seguro
de Salud de acuerdo al convenio a suscribir con la SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD. Para tal fin, se faculta a los Agentes
del Seguro de Salud a actuar como agentes de recepción
del formulario vigente.


Art. 4º-Regístrese, comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.- Alejandro Bramer Markovic.


ANEXO I


Documentación Requerida para la presentación de
Novedades al PADRON BASE DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD
POR SOPORTE MAGNETICO.


1. Para declarar altas al PADRON BASE DEL SISTEMA NACIONAL DEL
SEGURO DE SALUD, se deberá adjuntar copia de la documentación
que para cada caso se indica:


1.1 -Alta de Beneficiarios titulares en el PADRON BASE DEL SISTEMA
NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD:


1.1.1 -Constancia de otorgamiento de CUIL, emitida por esta ADMINISTRACION
NACIONAL.


1.2 -Alta de integrante del grupo familiar/adherente, además
de la documentación solicitada en cada caso en particular,
se deberá adjuntar:


1.2.1 -Documento Unico (Documento Nacional de Identidad, Libreta
Cívica o Libreta de Enrolamiento) o constancia de CUIL
emitida por esta ADMINISTRACION NACIONAL.


En caso de no contar con la documentación mencionada podrá
como excepción presentar cédula de identidad expedida
por la Policía Federal en cuyo dorso figure el número
de alguno de los documentos indicados.


1.3 -Alta de cónyuge:


1.3.1 -Partida o Certificado de Matrimonio


1.4 -Alta de conviviente


1.4.1 -Información sumaria judicial que deberá contener
entre otros datos antigüedad en la relación, hijos
en común y domicilio de convivencia, además de uno
de los siguientes medios de prueba:


-Reconocimiento de convivencia pública en aparente matrimonio
formulada por el titular en instrumento público o


-Partida de matrimonio en el extranjero, o


-Constancia de convivencia con el titular: domicilio de ambos
declarado en tarjetas de crédito, pasaporte o en otra documentación,
cuentas bancarias en común, recibos de alquiler, facturas
de servicios públicos, contrato de compraventa o alquiler
de vivienda, o certificado de policía, etc.


1.5 -Alta de hijo soltero menor de 21 años no emancipado
por habilitación de edad ni ejercicio de actividad laboral,
profesional o comercial.


1.5.1 -Partida o Certificado de Nacimiento.


1.6 -Guarda, Tutela o Curatela definitiva o provisoria:


1.6.1 -Testimonio o Certificado expedido por autoridad judicial,
o administrativa competente.


1.7 -Adopción:


1.7.1 -Partida o Certificado de Nacimiento del adoptado


1.7.2 -Testimonio de sentencia judicial de Adopción


1.7.3 -Documento de Identidad del adoptado con su nuevo apellido.



1.8 -Hijo incapacitado mayor de 21 años:


1.8.1 -Partida o Certificado de Nacimiento


1.8.2 -Certificado de autoridad competente (Hospital Nacional,
Provincial o Municipal) que acredite la existencia de la discapacidad,
su naturaleza y su grado.


1.9 -Alta de hijo soltero mayor de 21 y hasta 25 años inclusive
a cargo del titular que curse estudios regulares oficialmente
reconocidos:


1.9.1 -Partida o Certificado de Nacimiento.


1.9.2 -Certificado de estudios expedido por establecimiento reconocido
oficialmente.


1.10 -Alta de persona que conviva con el beneficiario titular
y reciba ostensible trato familiar, con derecho a recibir cobertura
de la obra social del titular (inc. b art. 9 Ley 23.660).


1.10.1 -Información sumaria judicial testimonial que acredite
el trato familiar que se declara.


1.11 -Alta de ascendiente o descendiente del beneficiario titular
conforme al último párrafo del artículo 9º
de la Ley Nº 23.660.


1.11.1 -Ascendiente: Partida de nacimiento del titular.


1.11.2 -Descendiente: Partida de nacimiento del descendiente y
de su progenitor.


2 -Para declarar bajas al PADRON BASE DEL SISTEMA NACIONAL DEL
SEGURO DE SALUD, se deberá adjuntar copia de la documentación
que para cada caso se indica:


2.1 -Baja de Beneficiario titular o un integrante del grupo familiar/adherente,
del PADRON BASE DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD por fallecimiento.



2.1. 1-Certificado de Defunción


  1. -Baja de Beneficiario titular o un integrante del grupo familiar/adherente,
    del PADRON BASE DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD por corrección
    de número de CUIL:



2.2.1 -Constancia del nuevo número de CUIL otorgado.


2.3-Baja de cónyuge por Divorcio Vincular:


2.3.1-Testimonio de la Sentencia de Divorcio debidamente inscripta.



Se podrá mantener en el grupo familiar primario el cónyuge
declarado inocente en el juicio d divorcio, situación que
debe constar en la sentencia.


2.4 -Baja de cónyuge por Separación Personal:


2.4.1-Testimonio de la Sentencia de Separación Personal
debidamente inscripta.


Se podrá mantener en el grupo familiar primario el cónyuge
declarado inocente en el juicio de separación personal,
situación que debe constar en la sentencia.


2.5 -Baja de:


-conviviente


-persona que conviva con el beneficiario titular y reciba ostensible
trato familiar, con derecho a recibir cobertura de la obra social
del titular (inc. b art. 9 Ley 23.660).


-ascendiente o descendiente del beneficiario titular (ultimo párrafo
del articulo 9º de la Ley Nº 23.660).


Se requiere:


2.5.1 -Original y copia de la declaración jurada del titular
formulario 3.3.35 "Declaración Jurada del Trabajador
y su grupo familiar adheridos al Sistema Nacional del Seguro de
Salud", con la firma del titular certificada por autoridad
policial, judicial o notarial.


2.6.-Baja de Hijo Adoptado:


2.6.1 -Constancia de inscripción en el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personal de la nulidad o revocación
de la adopción.


2.7 -Baja de Hijo incapacitado


2.7.1 -Certificado de autoridad competente (Hospital Nacional,
Provincial o Municipal) que acredite la rehabilitación
del incapacitado.


2.8 -Baja de Hijo por otros motivos:


2.8.1 -Matrimonio: Partida o Certificado de Matrimonio del Hijo.



2.8.2 -Emancipación por Habilitación de Edad: Certificado
de la Inscripción de dicha emancipación en el Registro
del Estado Civil y Capacidad de las Personas.


2.8.3 -Emancipación por Ejercicio de actividad profesional
o comercial: Certificado de la Inscripción de la dicha
emancipación en el Registro Público de Comercio.



3 -Para declarar modificaciones al PADRON BASE DEL SISTEMA NACIONAL
DEL SEGURO DE SALUD:


3.1 -Modificación del apellido, nombre, sexo, fecha de
nacimiento, número o tipo de documento; del trabajador
o su grupo familiar/adherente, se deberá adjuntar copia
de:


3.1. 1 -Constancia de CUIL otorgada por esta ADMINISTRACION NACIONAL.



ANEXO II


ACTUALLIZACION DEL PADRON BASE DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO
DE SALUD POR SOPORTE MAGNETICO


1. OBJETIVOS. INTRODUCCION.


2. CONCEPTOS BASICOS.


3. GUIA PARA EL DISEÑO DE REGISTROS.


4. CARACTERISTICAS TECNICAS.


5. TABLAS Y LISTADO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD.


1. OBJETIVOS. INTRODUCCION


El objetivo del presente anexo es brindar las pautas para la presentación
de novedades para la actualización del Padrón Base
del Sistema Nacional del Seguro de Salud de acuerdo a lo dispuesto
por el artículo 6º de la Resolución D. E. Nº
246/97.


El artículo mencionado establece que los trabajadores en
relación de dependencia podrán cumplir con su obligación
de actualizar el Padrón Base del Sistema Nacional del Seguro
de Salud, a través de su empleador, quien deberá
informar las novedades, por medio de un soporte magnético
según el diseño de registro aprobado en esta resolución,
que tendrá carácter de declaración jurada
para el trabajador y el empleador.


El empleador no debe declarar a los jubilados reingresados a la
actividad.


Los trabajadores con cobertura de una obra social no comprendida
en el Sistema Nacional del Seguro de Salud podrán empadronarse.



El empleador debe presentar el soporte magnético, con la
nota de presentación en original y copia y la documentación
requerida, en la UDAI más cercana a su domicilio según
se detalla a continuación:


Nota de presentación


Para presentar el diskette el empleador deberá adjuntar
una nota donde consten los siguientes datos:


1) Nro. de CUIT

2) Razón Social

3) Domicilio Fiscal

4) Teléfono

5) Firma, aclaración y número de documento del responsable
de la presentación.


Documentación requerida:


El empleador, en relación a la documentación a presentar,
debe:


-Adjuntar copia de la documentación respaldatotia que se
exige en el Anexo I de la presente.


-Certificar que las copias presentadas son coincidentes con los
originales, con la leyenda "copia fiel del original".



-Identificar la documentación que adjunta colocando en
el margen superior derecho el número de CUIL del trabajador
al cual pertenece y número de CUIT.


-Todas las novedades correspondientes a un mismo número
de CUIL deben estar agrupadas.


2. CONCEPTOS BASICOS


Se debe generar un archivo en formato de texto ASCII con extensión
".txt" para ser aceptado, las líneas que no tengan
252 caracteres de longitud y no respeten el diseño de registro
(Punto 3.-) no serán consideradas.


Debe respetarse la separación del Nombre y Apellido de
los titulares y familiares/adherentes.


Los campos numéricos (N) se alinearán a la derecha
completando con ceros a la izquierda. Los alfanuméricos
y alfabéticos (C), se alinearán a la izquierda completando
con blancos a la derecha. Los campos no informados serán
completados con ceros o blancos correspondientemente.


Si la escolaridad fuera "G" (General), año en
curso deberá estar comprendido entre 1 y 9. Si escolaridad
fuera "P" (Polimodal), año en curso deberá
estar comprendido entre 1y 4.


La fecha de relevamiento es la fecha en la cual se produce la
novedad.


IMPORTANTE: El archivo a presentar por el empleador debe contener
en forma "OBLIGATORIA" un registro tipo "E"
como cabecera del lote de novedades. El uso de este registro en
lo que se refiere al Alta/Modificación/Baja de datos del
empleador, se encuentra explicado más adelante. Pero en
aquellos casos en los cuales no se utilice para tal fin debe informarse
en el campo Tipo de Novedad"". En todos los casos deben
completarse los campos de cantidad de registros de los distintos
tipos que conforme el lote, y que será controlado en el
momento de la recepción de la información por parte
de esta Administración.


DEFINICION DE ALTA, BAJA Y MODIFICACION:


Alta:


-De Trabajadores en relación de dependencia, titulares
del Sistema Nacional del Seguro de Salud, sus grupos familiares
y familiares a cargo en la obra social.


-De un miembro del grupo familiar o familiar a cargo del titular
que ya consta en el Padrón Base del Sistema Nacional del
Seguro de Salud.


-De domicilio de explotación.


-De CUIT: Esta declaración no reemplaza el trámite
ante la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA(DGI),


Baja;


-De beneficiarios titulares, grupo familiar o adherentes en la
obra social.


-De CUIT: sólo por cese de actividades. En este caso no
es necesario declarar a todos los titulares y sus grupos familiares,
ya que su baja es automática. Esta declaración no
reemplaza el tramite ante la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA (DGI).



Modificación:


-De datos de beneficiarios titulares, grupo familiar o adherentes.



-De domicilio fiscal del empleador.


ALTA DEL EMPLEADOR


El registro de ALTA DE EMPLEADOR es siempre obligatorio. En caso
de informar el alta del empleador en el campo Tipo de novedad
se debe informar "A". Para el caso de encabezar el lote
de novedades, el campo Tipo de novedad debe figurar en blanco.



El código postal debe pertenecer a la provincia que se
informe para el domicilio del empleador.


Domicilio: en el registro para datos del empleador, se debe informar
el domicilio fiscal y el código de domicilio de explotación
que le corresponde para este caso, es el 000001.


Si existierán domicilios de explotación, es decir,
donde desempeñan sus tareas los empleados, que no coinciden
con el domicilio fiscal, ver el punto ALTA DE DOMICILIO DE EXPLOTACION.



BAJA DE EMPLEADOR


Los campos obligatorios son: Tipo de registro, CUIT, Razón
Social y Tipo de Novedad. En el campo tipo de novedad debe consignarse
"B".


La baja del empleador produce en forma automática la baja
de los trabajadores declarados para ese CUIT.


MODIFICACION DE EMPLEADOR


-Los campos obligatorios son: Tipo de registro, CUIT, Razón
Social y Tipo de Novedad.


En el campo tipo de novedad debe consignarse "M". Sólo
se debe completar los campos a modificar (Ej. Para modificar un
domicilio: campos; calle, nro., piso, depto., localidad, cód.
postal, cód. provincia).


ALTA DE DOMICILIO DE EXPLOTACION


Se entiende por domicilio de explotación el lugar de desempeño
de tareas de cada empleado, distinto del domicilio fiscal.


Todos los campos son obligatorios. En el campo Tipo de novedad
se debe informar "A".


El código postal debe pertenecer a la provincia que se
informe.


Los códigos a cada domicilio de explotación informado
serán asignados por el empleador a partir del 000002 excepto
para aquellos empleadores que efectuaron la presentación
del diskette "Censo a Empleadores", quienes deben respetar
la codificación asignada por ese aplicativo, para cada
domicilio de explotación.


Se recomienda confeccionar una tabla actualizada de domicilios
de explotación con la codificación asignada para
ser utilizada en cada presentación.


BAJA Y MODIFICACION DE DOMICILIO DE EXPLOTACION


No se pueden informar, bajas ni modificaciones de domicilios de
explotación, la modificación, informarla corno ALTA
DE DOMICILIO DE EXPLOTACION.


ALTA DE TITULAR


Todos los campos son obligatorios. En el campo Tipo de novedad
se debe informar "A".


En el Anexo se describe tablas para:












Tipo de documento:T01
Código de Provincia
T02
Código de Parentesco
T03
Situación de Revista
T04
NacionalidadT05
Estado CivilT06
Código de Baja T08
Obras SocialesT09



Consideraciones:


El sexo es "F": femenino, "M": masculino.



Si el sexo es "F" y estado civil "2" (casada)
el apellido de casada debe ser especificado en el campo correspondiente.



Discapacidad debe ser "S" o "N".


El código de provincia debe corresponder a la provincia
informada.


El tipo de documento "LC" sólo es valido para
sexo "F" y "LE" solo es válido para
sexo "M".


Si nacionalidad fuese "012" (argentina) tipo de documento
no puede ser "PA" (pasaporte) ni "Cl" (cédula
de identidad 01 a 24) ni "CM" (certificado de migración).



Si nacionalidad fuese distinta de "012" (argentina)
tipo de documento no puede ser "LE" o "LC"



La fecha de nacimiento no puede ser mayor a la fecha del día
ni menor a 1880.


La fecha de alta en el empleo debe ser mayor a 14 años
de la fecha de nacimiento y no mayor a la fecha del día.



Si el domicilio fuese RURAL debe cargarse usando exclusivamente
el campo Calle. Poner en el campo Número: "S/N".



Se admitirá como número "S/N" alineado
a la izquierda.


Se admitirá en el campo Piso: "PB", "EP",
"SS".


Los códigos a cada domicilio de explotación informado
serán asignados por el empleador a partir del 000002 excepto
para aquellos empleadores que efectuaron la presentación
del diskette "Censo a Empleadores", quienes deben respetar
la codificación asignada por ese aplicativo, para cada
domicilio de explotación.


BAJA DE TITULAR


Los campos obligatorios son: Tipo de registro, CUIL, Apellido,
Nombres, Tipo de Novedad, CUIT del empleador y Motivo de Baja.



En el campo tipo de novedad debe consignarse "B", y
para el campo Código de Baja ver T08.


MODIFICACION DE TITULAR


Los campos obligatorios son Tipo de registro, CUIL, Apellido,
Nombres, Tipo de Novedad, CUIT del empleador.


Recordar: si se modifica un número de CUIL, trámite
a efectuar ante UDAI/DELEGACIONES DE ANSES, Area Activos, el empleador
debe informar el CUIL nuevo como ALTA -titular y grupo familiar-
y el CUIL anterior como BAJA -titular y grupo familiar, consignando
en el campo Motivo de Baja: "Corrección de número
CUIL" (01).


Los campos Apellido, Nombres, Fecha de Nacimiento, Sexo, Tipo
Documento y Nro. de Documento, dado que con estos datos se otorgó
el CUIL, sólo pueden ser modificados concurriendo a las
UDAI/DELEGACIONES de ANSES, Area Activos. Con el comprobante otorgado,
el empleador puede declarar dicha modificación.


Se deberá tener en cuenta las consideraciones de Alta de
Titular.


En el campo tipo de novedad debe consignarse "M". Sólo
se debe completar los campos a modificar (Ej. Para modificar un
domicilio: campos: calle, nro., piso. depto., localidad, cód.
Postal, cód. provincia).


Para la modificación del campo Domicilio de Explotación
se debe tener en cuenta el código asignado al mismo, según
el punto ALTA DE DOMICILIO DE EXPLOTACION o el "Censo a Empleadores".



ALTA DE FAMILIAR/ADHERENTE


Todos los campos son obligatorios, excepto el CUIL. En el campo
Tipo de novedad se debe informar "A".


En el Anexo se describe tablas para:









Tipo de documento: T01
Código de Provincia
T02
Código de Parentesco
T03
NacionalidadT05
Estado CivilT06
EscolaridadT07



Consideraciones:


Es muy importante respetar la carga en forma separada el apellido
de soltero/a y el nombre, pues éstos junto con el documento,
la fecha de nacimiento y sexo se utilizarán para la asignación
de CUIL.


El sexo es "F": femenino. "M": masculino.



Si el sexo es "F" y estado civil "2" (casada)
el apellido de casada debe ser especificado en el campo correspondiente.



Discapacidad debe ser "S" o "N".


El código de provincia debe corresponder a la provincia
informada.


El tipo de documento "LC" sólo es válido
para sexo "F" y "LE" sólo es válido
para sexo "M"


Si nacionalidad fuese "012" (argentina) tipo de documento
no puede ser "PA" (pasaporte) ni "CI" (cédula
e identidad 01 a 24) ni "CM" (certificado de migración).



Si nacionalidad fuese distinta de "012" (argentina)
tipo de documento no puede ser "LE" o "LC"



La fecha de nacimiento no puede ser mayor a la fecha del día
ni menor a 1880.


La fecha de alta en el empleo debe ser mayor a 14 años
de la fecha de nacimiento y no mayor a la fecha del día.



Si el domicilio fuese RURAL debe cargarse usando exclusivamente
el campo Calle. Poner en el campo Número: "S/N".



Se admitirá como número "S/N" alineado
a la izquierda.


Se admitirá en el campo Piso: "PB", "EP",
"SS".


NOTA: Se entiende por Generación del derecho a Asignaciones
Familiares:


a. -Hijo menor de 18 años o discapacitado sin limite de
edad, residente en el país aunque trabaje en relación
de dependencia o perciba cualquier beneficio.


b. -Hijo propio o del cónyuge, matrimonial, extramatrimonial
o adoptivo, que se encuentre a cargo del titular.


c. -Menores de 18 años, acerca de los cuales esté
otorgada la guarda, tenencia o tutela por autoridad judicial o
administración competente.


Escolaridad:


General Básica (G), años de curso 1 a 9.


Polimodal (P), años de curso 1 a 4.


Si el establecimiento donde cursa no adoptó la nueva ley
de educación, la relación es la siguiente.


-Primaria años de curso 1 a 7 corresponde a:

-General Básica años de curso 1 a 7.


-Secundaria años de curso 1 a 2 corresponde a:

-General Básica años de curso 8 a 9.


-Secundaria años de curso 3 a 6 corresponde a:

-Polimodal años de curso 1 a 4.


BJA DE FAMILIAR/ADHERENTE


Los campos obligatorios son: Tipo de registro, CUIL, Apellido,
Nombres, Tipo de Novedad y CUIL del titular.


En el campo tipo de novedad debe consignarse "B".


MODIFICACION DE FAMILIAR/ADHERENTE


Los campos obligatorios son: Tipo de registro, CUIL, Apellido,
Nombres, Tipo de Novedad y CUIL del titular.


Recordar: si se modifica un número de CUIL, trámite
a efectuar ante UDAI/DELEGACIONES de ANSES, Area Activos, el empleador
debe informar el CUIL nuevo como ALTA y el CUIL anterior como
BAJA, consignando en el campo Motivo de Baja: "Corrección
de número de CUIL" (01).


Los campos Apellido, Nombres, Fecha de Nacimiento, Sexo, Tipo
Documento y Nro. de Documento, dado que con estos datos se otorgó
el CUIL, solo pueden ser modificados concurriendo a las UDAI/DELEGACIONES
de ANSES, Area Activos. Con el comprobante otorgado, el empleador
puede declarar dicha modificación.


Se deberán tener en cuenta las consideraciones de ALTA
DE FAMILIAR/ADHERENTE.


En el campo tipo de novedad debe consignarse "M". Sólo
se debe completar los campos a modificar (Ej. Para modificar un
domicilio: campos: calle, nro., piso, depto., localidad. cód.
postal, cód. provincia).


3. GUIA PARA EL DISEÑO DE LOS REGISTROS


DISEÑO REGISTRO PARA DATOS DEL EMPLEADOR


El campo "tipo de registro" debe tomar el valor "E".


























NDESDE
HASTALONG
CAMPOTIPO DATO
OBSERV
11
11
tipo de registroC oblig.
"E"
22
1211
CUITN
313
5240
razón socialC
453
8230
calleC
583
875
númeroC
688
914
pisoC
792
954
deptoC
896
12328
localidadC
9124
1274
cód. postalN
10128
1292
cód. Provincia NverT02
11130
1389
teléfonoN
12139
1446
cód. Domicilio explotación
N
13145
1506
Cantidad de registros tipo D
N oblig.
14151
1566
Cantidad de registro de tipo T
N oblig.
15157
1626
Cantidad de registro tipo A
N oblig.
16163
24886
reserva en blancoC oblig.
17249
2491
tipo de novedadC oblig.
(A/B/M"")
18250
2501
"F"C oblig.
"F"
19251
2511
line feed (ASCII dec (10))
C oblig.
20252
2521
retorno carro (ASCII dec (13))
C oblig.





DISENO REGISTRO PARA DOMICILIOS DE EXPLOTACION


El campo "tipo de registro" debe tomar el valor "D".





N-DESDEHASTA LONC
CAMPOTIPO DATO
OBSERV.













1 111
tipo de registroC
"D"
2 21211
CUITN
3 13186
Cod. domicilio explotaciónC
4 194830
calleC
5 49535
númeroC
6 54574
pisoC
7 5861. 4
deptoC










N-DESDEHASTA LONC
CAMPOTIPO DATO
OBSERV.
8 628928
localidadC
9 90934
cod. Postal N










10 94952
cod. ProvinciaN
ver T02
11 96248153
reserva en blancoC oblig.
12 2492491
tipo de novedadC oblig.
(A)
13 250250:1F
C oblig.F
14 2512511
line feed (ASCII afee (10))
C oblig.
15 2522521
retorno carro (ASCII dec (13))
C oblig.



DISENO DE REGISTRO PARA DATOS DE TITULARES


El campo - tipo de registro" debe tomar el valor "T-.


















































N-DESDEHASTA LONC
CAMPOTIPO DATO
OBSERV.
111 1tipo de registroC obllg.
T
2212 11CUIL TITULARN
31340 28apellido casadaC
44168 28apellidoC
56996 28nombresC
69798 2tipo documentoC
ver T01
799108 10nro. de documentoN
8109116 8fecha nacimientoN
(ddmmaaaa)
9117117 1sexoC (F/M)
10118147
30calleC
11148152
5númeroC
12153156
4pisoC
13157160
4deptoC
14161188
28localidadC
15189192
4Cod. PostalN
16193194
2Cod. ProvinciaN
ver T02
17195200
6Cod obra socialN
ver T09
18201203
3nacionalidadN
ver T05
19204211
8fecha alta EMPLEON
(ddmmaaaa)
20212213
2situacion de revista Nver T04
21214214
1estado civilN
ver T06
22215215
1discapacidadC
(S/N)
23216223
8fecha de relevamiento N(ddmmaaaa)
24224224
1Cod. ParentescoN
ver T03
25225230
6Cod. domic. de explotación
N
26231241
11CUIT DEL EMPLEADOR N
27242246
5reserva en blancoC oblig.
28247248
2Cod. de BajaN
ver T08
29249249
1Tipo de novedadC oblig.
(A/B/M)
30250250
1FC oblig.
31251251
1line feed (ASCII dec (10))
C oblig.
32252252
1retorno carro (ASCII dec 13))
C oblig.



DISEÑO DE REGISTRO PARA DATOS DE FAMILLARES/ADHERENTES



El campo "tipo de registro" debe tomar el valor "A".








































N-DESDEHASTA LONG
CAMPOTIPO DATO
OBSERV.
11
11
tipo de registroC oblig.
"A"
22
1211
CUIL FAMILIAR/ADHERENTE N
313
4028
apellido casadaC
441
6828
apellidoC
569
9628
nombresC
697
982
tipo documentoC
ver T01
799
10810
nro. de documentoN
8109
1168
fecha nacimientoN
(ddmmaaaa)
9117
1171
sexoC
(F/M)
10118
14730
calleC
11148
1525
númeroC
12153
1564
pisoC
13157
1604
deptoC
14161
18828
localidadC
15189
1924
cód. postalN
16193
1942
cód. provincia Nver T02
17195
1973
nacionalidadN
verT05
18198
1981
estado civilN
verT06
19199
1991
discapacidadN
(S/N)
20200
2078
fecha de relevamiento N(ddmmaaaa)
21208
2081
genera derecho asig. fliar
C(S/N)
22209
2091
escolaridadC
verT07
23210
2101
año en cursoN
ver 3 Escolaridad
24211
2111
cód. Parentesco NverT03
25212
22211
CUIL DEL TITULARN
26223
24624
reserva en blancoC oblig.
27247
2482
cód. de BajaN
ver T08
28249
2491
tipo de novedadC oblig.
(A/B/M)
29250
2501
"F".C oblig.
30251
2511
1ine feed (ASCII dec (10))
C oblig.
31252
2521
retorno carro (ASCII dec (13))
C oblig.



4. CARACTERISTICAS TECNICAS


REQUERIMIENTO MINIMO DE HARDWARE Y SOFTWARE


PC AT 286 o superior

Sistema Operativo DOS versión 3.0 o superior

Disketera 3.5" HD

Memoria RAM: 2 Mb

Espacio en disco rígido disponible: 5 Mb


PREPARACION DEL DISKETTE PARA ANSES


El archivo ASCII con extensión ".txt", debe grabarse
en uno o varios diskettes 3.5" HD (1.44 Mb.) de acuerdo al
volumen de información. En la etiqueta de dicho diskette,
debe consignarse:






CUIT del empleador
Denominación
Fecha de Presentación
Diskette 1/n (*)



(*) n va a depender de la cantidad de disquettes a presentar.



En un mismo diskette, no debe grabarse más de una empresa.



RESGUARDO DE LA INFORMACION (BACK UP)


Se recomienda resguardar en uno o varios diskettes, de acuerdo
al volumen de la información, el archivo ASCII con extensión
".txt" por cualquier error físico o lógico.



Consérvelos durante un lapso no menor a un año.



Para resguardar la información:


Si el archivo ASCII con extensión ".txt", estuviera
directamente en el disco rígido:


C

o


C



Consultas Técnicas(01) 349- 1300
Otras Consultas(01) 349-1200 o 0-800-3-1200



5. TABLAS Y LISTADOS DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD


TABLA (T01) TIPO DE DOCUMENTO










DU:Documento único
LC:Libreta cívica
LE:Libreta de enrolamiento
01 -24:Cédula de identidad argentina provincial (ver T02)
PA:Pasaporte extranjero
CM:Certificado de migración



Nota: Si nacionalidad es argentina (012), tipos de documento permitidos
son: DU, LC, LE.


Si nacionalidad no es argentina, tipos de documento permitidos
son: DU, CI (01 a 24), PA, CM.


TABLA (T02) DE PROVINCIAS














02Buenos Aires09
Mendoza
01Capital Federal20
Misiones
03Catamarca21
Neuquén
16Chaco22
Río Negro
17Chubut10
Salta
04Córdoba11
San Juan
05Corrientes12
San Luis
06Entre Ríos23
Santa Cruz
18Formosa13
Santa Fe
07Jujuy14
Santiago del Estero
19La Pampa24
Tierra del Fuego
08La Rioja15
Tucumán




TABLA (T03) DE CODIGOS DE PARENTESCO












0 -Titular exclusivamente
1 -Cónyuge (Esposo/a)
2 -Conviviente (Concubino/a)
3 -Hijo soltero menor 21 años
4 -Hijo soltero de 21 a 25 años cursando estudios regulares
5 -Hijo del cónyuge soltero menor de 21 años
6 -Hijo del cónyuge soltero de 21 a 25 años cursando estudios regulares
7 -Menor bajo guarda o tutela
8 -Adherente
9 -Hijo mayor de 21 años discapacitado



TABLA (T04) DE SITUACION DE REVISTA




00 -Percibe haberes regularmente
50 -Trabajador Temporario



Suspendido con derecho a Obra Social





10 -Maternidad
11 -Período de reserva por enfermedad
12 -Período de reserva por accidente



Suspendido sin derecho a Obra Social









20 -Excedencia
21 -Licencia extraordinaria
22 -Receso contrato de temporada
23 -Licencia Gremial
24 -Otras suspensiones



TABLA (T05) DE: NACIONALIDADES

































003Alemania088
Israel
012 Argentina089
Italia
013 Australia091
Japón
014 Austria099
Líbano
019 Bélgica115
Méjico
024 Bolivia122
Nicaragua
026 Brasil125
Noruega
032 Canadá130
Panamá
039 Colombia132
Paraguay
041 Corea133
Perú
043 Costa Rica135
Polonia
044 Cuba136
Portugal
036 Chile300
Puerto Rico
037 China141
República Dominicana
045 Dinamarca143
Rumania
047 Ecuador152
Siria
049 El Salvador157
Suecia
051 España158
Suiza
052 Estados Unidos167
Turquía
058 Francia170
Uruguay
139 Gran Bretaña 172Venezuela
062 Grecia301
Otros Países de América
065 Guatemala 302
Otros Países Europeos
071 Haití303
Otros Países Asiáticos
072 Holanda304
Unión Sudafricana
073 Honduras305
Otros Países de Africa
075 Hungría306
Otros Países de Oceanía
080 Irlanda307
Apátrida



TABLA (T06) DE ESTADO CIVIL










1 -Soltero/a
2 -Casado/a
3 -Viudo/a
4 -Separado/a legal
5 -Separado/a de hecho
6 -Divorciado/a
7-Convivencia



TABLA (T07) DE ESCOLARIDADES






G -GENERAL
P-POLIMODAL
""No aplicable



TABLA (T08) DE CODIGO DE BAJA


Códigos a utilizar para informar la baja de un titular,
grupo familiar o adherente a la obra social, por:






00 - Fallecimiento
01 - Corrección de número de CUIL





Códigos a utilizar para informar la baja integrantes del
grupo familiar o adherentes a la obra social, por motivos no contemplados
en los códigos 00 y 01:












02 -De cónyuge por divorcio vincular.
03 -De cónyuge por separación personal
04 - De conviviente por declaración Jurada (según Anexo 1)
05- De hijo adoptado por nulidad o revocación de la adopción.
06- De hijo incapacitado por rehabilitación.
07- De hijo por matrimonio.
08- De hijo por emancipación por habilitación de edad.
09- De hijo por emancipación por ejercicio de actividad profesional o comercial.
10 -De persona que conviva con el beneficiario titular y reciba ostensible trato familiar, con derecho a recibir cobertura de la obra social del titular (inc. b art. 9 Ley 23.660) por declaración jurada (según Anexo 1).
11 - De ascendiente o descendiente del beneficiario titular (último párrafo del artículo 9° de la Ley N° 23.660) por declaración jurada (según Anexo 1).



Códigos a utilizar para informar la baja de titulares,
integrantes del grupo familiar o adherentes a la obra social,
por motivos no contemplados en los códigos 00 a 11:



12 - Otros motivos



TABLA (T09) DE OBRAS SOCIALES VIGENTE AL 30/4/97 (incorporar las
obras sociales que no figuran en esta tabla por ser un alta posterior
a la fecha de elaboración de la misma)







































































































































































































































































































































CODIGO DENOMINACION
000109O. S. PERS. JERAR. DE LA IND GRAFICA DE LA R.A.
000208O. S. DEL PERS. DE LA IND. GRAFICA DE LA PCIA. DE CORDOBA
000307O. S. PORTUARIOS ARGENTINOS DE MAR DEL PLATA
000406 O. S. DEL PERS. DEL ORGANISMO DE CONTROL EXTERNO
000505O. S. DE CAPITANES, PILOTOS Y PATRONES DE PESCA
000604O. S. DE AGENTES DE LOTERIAS Y AFINES DE LA R.A.
000703MUTUAL DEL PERS. DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA
000802O. S. YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES
000901O. S. DE LA ACTIV. DE SEG., REAS., CAPITA. Y AH. Y PREST. VIVIENDA
001003O. S. PARA EL PERSONAL DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
001102O. S. PARA LA ACTIVIDAD DOCENTE
001201O. S. PARA EL PERS. DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS S.P.
001300O. S. PARA EL PERSONAL FERROVIARIO
009960O. S. NO COMPRENDIDA EN REGIMEN DE O.S.
009977O. S. PERS. JUDICIAL Y LEGISLATIVO
009984O. S. PERS. AUXILIAR CASAS PARTICULARES
009991O. S. FUER7AS ARMADAS
100106O. S. PARA EL PERS. DE LA IND. ACEITERA Y AFINES
100205O. S. DE AC"TORES
100304O. S. DE TECNICOS DE VUELO DE LINEAS AEREAS
100403 O. S. DEL PERS. SUPERIOR Y PROFESIONAL DE EMPR. AEROCOMER.
100502 O. S. DEL PERS. AERONAUTICO
100601 O. S. DEL PERS. DE AERONAVECACION DE ENTES PRIVADOS
100700 O. S. DEL PERS. TECNICO AERONAUTICO
100809 O. S. DEAERONAVEGANTES
100908 O. S. DE EMPL. DE AGENCIAS DE INFORMES
101000 O. S. DEL PERS. DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES
101109 O. S. DE ALFAJOREROS, REPOSTEROS, PIZZEROS Y HELADE
101208 O. S. DEL PERS. DE LA IND DE LA ALIMENTACION
101307 O. S. DEL PERS. DE ARTES GRAFICAS DE CHACO
101406 O. S. DEL PERS. DE ARTES GRAFICAS DE SANTA FE
101604 O. S. DEL PERS. DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO
101802 O. S. DEL PERS. DEL AZ. DEL ING. LA ESPERANZA
101901 O. S. DEL PERS. DEL AZ. DEL ING. LEDESMA
102003 O. S. DEL PERS. DEL AZ. DEL ING. LAS TOSCAS
102102 O. S. DEL PERS. DEL AZ. DEL ING. RIO GRANDE
102201 O. S. DEL PERS. DEL AZ. DEL ING. SAN ISIDRO
102300 O. S. DEL PERS. DEL AZ. DEL ING. SAN MARTIN
102409 O. S. DEL PERS. DEL AZUCAR DE VILLA OCAMPO
102607 O. S. DEL PES. DE LA ACTMDAD AZUCARERA TUCUMANA
102706 O. S. DEL PERS. DE LA IND. AZUCARERA
102805 O. S. DE BANCARIOS
102904 O. S. DEL PERS. DE BARRACAS DE LANAS, CUEROS Y ANEXOS
103006 O. S. DEL PERS. DE LA IND. BOTONERA
103105 O. S. DEL PERS. DE LA IND DEL CALZADO
103204 O. S. DE COND. CAMIONEROS Y PERS. DEL TRANSP. AUTOM. DE CARG.
103402 O. S. DEL PERS. DE CARGA Y DESCARGA
103600 O. S. DEL PERS. AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES
103709 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL CAUCHO
103808 O. S. DEL PERS. DEL CAUCHO
103907 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL CAUCHO DE SANTA FE
104009 O. S. DEL PERS. DE CEMENTERIOS
104108 O. S. DE CERAMISTAS
104207 O. S. DEL PERS. DE LA CERAMICA, SANITARIOS.
104306 O. S. DEL PERS. DE LA ACTIVIDAD CERVECERA Y AFINES
104405 O. S. DEL PERS. CINEMATOGRAFICO DE MAR DEL PLATA
104504 O. S. DEL PERS. DE LA IND. CINEMATOGRAFICA
104603 OPERADORES CINEMATOGRAFICOS
104801 O. S. DE COLOCADORES DE AZULEJOS, MOSAICOS, GRANITEROS, L.P.
105002O. S. DE COND. NAVALES
105200 INST. SER. SOC. PARA EL PERS. DE LA IND. DE LA CONSTRUCCION
105309 O. S. DEL PERS. ADMINISTRATIVO Y TECNICO DE LA CONSTRUCCION
105408 O. S. DEL PERS. DE LA CONSTRUCCION
105507 O. S. DE LOS CORTADORES DE LA INDUMENTARIA
105606 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL CUERO Y AFINES
105705 O. S. DEL PERS. DE LA IND DEL CHACINADO Y AFINES
105804 O. S. DE CHOFERES DE CAMIONES
106005 O. S. DEL PERS. ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES
106104 O. S. DE EMPL. DE DESPACHANTES DE ADUANA
106203 O. S. DEL PERS. DE DISTRIBUIDORAS CINEMATOGRAFICAS
106302 O. S. DE DOCENTES PARTICULARES
106401 O. S. DEL PERS. DE ED. DE RENTA Y HORIZ. DE LA REP. A.
106500 O. S. DEL PERS. DE ED. DE RENTA Y HORIZ. DE CAP. FED. Y GRAN B.A.
106609 O. S. ELECTRICISTAS NAVALES
106708 O. S. DE OBREROS EMPACADORES DE FRUTAS DE R. NEGRO Y NEUQ.
106807 O. S. DEL PERS. DE LA ENSENANZA PRIVADA
106906 O. S. DEL PERS. DE ESCRIBANIAS DE LA PROVINCI"A DE BS. AS.
107008 O. S. DEL PERS. DE ESCRIBANOS
107107 O. S. DEL PERS. DEL ESPECTACULO PUBLICO
107206 O. S. DEL PERS. DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES. PLAYAS
107404 O. S. DEL PERS. DE FARMACIA
107602 O. S. DEL PERS. DE FERMOLAC
107800 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL FIBROCEMENTO
107909 O. S. DEL PERS. DE LA IND. FIDEERA
108001 O. S. DEL PERS. DE LA IND FORESTAL DE SANTIAGO DEL ESTERO
108100 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL FOSFORO
108209 O. S. DE FOTOGRAFOS
108407 O. S. DEL PERS. DE LA ACTIVIDAD FRUTICOLA
108506 O. S. DEL PERS. DE MANIPULEO, EMPAQ. Y EXPED. FRUTA FRESCA Y H
108605 O. S. DE FUTBOLISTAS
108704 O. S. DE TECNICOS DE FUTBOL
108803 O. S. DEL PERS. DE LA ACTIVIDAD HOTELERO GASTRONOMICA
108902 O. S. DEL PERS. SUPERIOR DE GOOD-YEAR ARGENTINA
109004 O. S. DEL PERS. GRAFICO
109103 O. S. DEL PERS. GRAFICO DE CORRIENTES
109202 O. S. DE GUINCHEROS
109301 O. S. DEL PERS. DE CONSIGNATARIOS DEL MERCADO NAC. HAC. LINIE
109400 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL HIELO Y MERCADOS PARTICULARES
109509 O. S. DEL PERS. DE LOS HIPODROMOS DE BS. AS. Y SAN ISIDRO
109608 O. S. DEL PERS. MENSUALIZADO DEL JOCKEY CLUB DE .APAL., S. ISI
109707 O. S. DEL PERS. DE IMPRENTA
110008 O. S. DEL PERS. DE JABONEROS
110107 O. S. DE JARDINEROS. PARQUISTAS, VIVERISTAS Y FLORICULTORES
110206 O. S. DEL PERS. DE JOCKEY CLUB DE ROSARIO
110305 O. S. DEL PERS. LADRILLERO
110404 O. S. DEL PERS. DE LA IND. LADRILLERA A MAQUINA
110503 O. S. DE PERS. DE LA IND LECHERA
110602 O. S. DE LOCUTORES
110701 O. S. DE LA FED. ARGENTINA DE TRABA. DE LUZ Y FUERZA
110800 O. S. DE LOS TRAB. DE LAS EMPLEADORS. DE ELECTRICIDAD
110909 O. S. DEL PERS. DE LUZ Y FUERZA DE CORDOBA
111001 O. S. DEL PERS. DE LA IND MADERERA
111209 O. S. DEL PERS. DE MAESTRANZA
111308 O. S. DE MAQUINISTAS DE TEATRO Y TELEVISION
111407 O. S. DE CAPITANES DE ULTRAMAR Y OFICIALES DE LA MAR. MERC.
111506 O. S. DE CAPITANES BAQUEANOS FLUVIALES DE LA MARINA MERC.
111605 O. S DE EMPL. DE LA MARINA MERCANTE
111704 O. S. DE ENCARGADOS APUNTADORES MARITIMOS
111803 O. S. DEL PERS. MARITIMO
111902 O. S. DE SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSP
112004 O. S. DEL PERS. SUPERIOR MERCEDES BENZ ARGENTINA
112103 O. S. DEL PERS. DE LA IND. METALURGICA
112202 O. S. DE SUPERVISORES DE LA IND. METAL MECANICA DE LA R.A.
112301 O. S. O. S. DE MICROS Y OMNIBUS DE MENDOZA
112400 O. S. DE LA ACTMDAD MINERA
112509 O. S. MODELOS ARGENTINOS
112608 O. S. DEL PERS. DE LA IND MOLINERA
112707 O. S. DEL PERS. MOSAISTA
112806 O. S. DE MUSICOS
113205 O. S. DE JEFES Y OFICIALES NAVALES DE RADIOCOMUNICACIONES
113304 O. S. DE JEFES Y OFICIALES MAQUINISTAS NAVALES
113403 O. S. DEL PERS. NAVAL
113601 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DE NEUMATICO
113700 O. S. DEL PES. DE LA IND NAVAL
113809 O. S. DE COMISARIOS NAVALES
113908 O. S. DEL PERS. DE PANADERIAS
114000 O. S. DE PANADEROS, PASTELEROS Y FACTUREROS DE ENTRE RIOS
114109 O. S. DEL PERS. DEL PAPEL. CARTONES Y QUIMICOS
114208 O. S. DE LA IND. DE PASTAS ALIMENTICIAS
114307 O. S. DE PASTELEROS, CONFITEROS. PIZZEROS Y ALFAJOR. CAP. FED.
114505 O. S. DE PATRONES DE CABOTAJE DE RIOS Y PUERTOS
114703 O. S. DEL PERS. DE PELUQUERIA, ESTETICAS Y AFINES
114901 O. S. DE OFICIALES PELUQUEROS Y PEINADORES DE ROSARIO
115003 O. S. DEL PERS. DE LAACTMDAD PERFUMISTA
115102 O. S. DE TRAB. DE PRENSA DE BUENOS AIRES
115201 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL PESCADO DE MAR DE PLATA
115300 O. S. DE PETROLEROS
115409 O. S. DEL PETROLEO Y GAS PRIVADO
115508 O. S. DE PETROLEROS DE CORDOBA
115607 O. S. DEL PERS. DE LA IND PETROQUIMICA
115706 O. S. DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS COMERCIALES Y REGULARES
115805 O. S. DEL PERS. DE FABRICAS DE PINTURA
116006 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL PLASTICO
116105 O. S. DE CAPATACES Y ESTIBADORES PORTUARIOS
116204 O. S. DE PORTUARIOS ARGENTINOS
116303 O. S. PORTUARIOS DE BAHIA BLANCA
116402 O. S. PORTUARIOS DE NECOCHEA Y QUEQUEN
116501 O. S. PORTUARIOS DE ROSARIO
116600 O. S. PORTUARIOS DE SAN LORENZO
116709 O. S. PORTUARIOS DE PUERTO SAN MARTIN Y BELLA VISTA
116808 O. S. PORTUARIOS PUERTO SAN NICOLAS
116907 O. S. PORTUARIOS DE SAN PEDRO
117009 O. S. PORTUARIOS DE SANTA FE
117108 O. S. PORTUARIOS DE VILLA CONSTITUCION
117207 O. S. DEL PERS. DE PBNSA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
117603 O. S. DEL PERS. DE PRENSA DE LA PCIA. DE CHACO
117702 O. S. DEL PERS. DE PRENSA DE MAR DEL PLATA
117801 O. S. DE PERS. DE PRENSA DE MENDOZA
118002 O. S. DE EMPL. DE PRENSA DE CORDOBA
118101 O. S. DE PROFESIONALES DE LA O. S. DEL PERS. DEL PAPEL, CART. Y Q
118200 O. S. DE AG. PROP. MEDICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA
118309 O. S. DE AG. PROP. MEDICA DE CORDOBA
118408 O. S. DE AG. PROP. MEDICA DE ENTRE RIOS
118507 O. S. DE AG. PROP. MEDICA DE ROSARIO
118606 O. S. DEL PERS. DE LA PUBLICIDAD
118705 O. S. DEL PERS. DE INDS. QUIMICAS Y PETROQUIMICAS
118804 O. S. DE RECIBIDORES DE GRANOS Y ANEXOS
118903 O. S. DEL PERS. DE RECOLECCION Y BARRIDO DE ROSARIO
119005 O. S. DEL PERS. DE REFINERIAS DE MAIZ
119104 O. S. DE LA IND DE MATERIALES REFRACTARIOS Y AFINES
119203 O. S. DE RELOJEROS Y JOYEROS
119302 O. S. DEL PERS. RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPUBLICA
119500 O. S. DEL PERS. DE LA SANIDAD
119609 O. S. DEL PERS. DE INSTALACIONES SANITARIAS
119708 O. S. DEL PERS. DE SEGURIDAD COMERCIAL, IND. L. E INV. RIVADAS
119807 O. S. DEL PERS. DE SEGURO
119906 O. S. DE SERENOS DE BUQUES
120306 O. S. DEL PERS. DE SUPERVISION DEL EMPLEADOR SUBTER. BS. AS.
120405 O. S. DEL PERS. DE DIR. DEL EMPLEADOR SUBTERRANEOS
120504 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL TABACO
120603 O. S. DE EMPL. DEL TABACO
120702 O. S. DEL PERS. TELEFONICO DE LA REPUBLICA ARGENTINA
120801 O. S. DE TELEGRAFISTAS Y RADIOTELEGRAFISTAS
120900 O. S. DEL PERS. DE TELEVISION
121002 O. S. DEL PERS. DE LA IND. TEXTIL
121101 O. S. DE EMPL. TEXTILES Y AFINES
121200 O. S. DE TINTOREROS SOMBREREROS Y LAVANDEROS
121309 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DEL TRACTOR
121408 O. S. DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE ROSARIO
121507 O. S. DE LA IND. DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CORDOBA
121606 O. S. DE COND. DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS
121705 O. S. DEL PERS. DE LA ACTMDAD DEL TURF
121804 O. S. COND. DE TAXIS DE CORDOBA
121903 O. S. DE VAREADORES
122005 O. S. PARA EL PERS DE LA IND. DEL VESTIDO Y AFINES
122104 O. S. DE VIAJANT~S
122203 O. S. DE VIAJANTES DE COMERCIO
122302 O. S. DEL PERS. DE LA ACTMDAD VIAL
122401 O. S. DE EMPL. DE LA IND. DEL VIDRIO
122500 O. S. DEL PERS. DE LA IND. DE VIDRIO
122609 O. S. DEL PERS. DE LA ACTIVIDAD VITMNICOLA
122807 O. S. DEL PERS. DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD C. Y. E INV. PRIV. DE C.
122906 O. S. P. DE EST. DE SERV. GAR., PLA. Y LAV. PROV. DE SANTA FE
123008 O.S.P.DEEST.DESER.,GAR.,PLAY,LAV.YGOM.DELA
123107 O. S. DE TALLERISTAS A DOMICILIO
123206 O. S. DE BANEROS Y AFINES DEL PARTIDO GENERAL PUEYRREDON
123305 O. S. DEL PERS. DE SOCIEDADES DE AUTORES AFINES
123404 O. S. DEL PERS. DE PRENSA DE ROSARIO
123503 O. S. DEL PERS. DE PRENSA DE TUCUMAN
123602 O. S. DE TRAB. DE PERKINS ARGENTINA S.A.C.I.
123701 O. S. DE PEONES DE TAXIS DE LA CAP. FED.
123800 O. S. DEL PERS. DE GUARDAVIDAS Y AFINES DE LA REP.
123909 O. S. DE VENDEDORES AMBULANTES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
124001 O. S. DE BOXEADORES AGREMIADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
124506 O. S. DE TRAB. DE LA IND. DEL GAS
124803 O. S. ARBITROS DE FUTBOL
124902 O. S. DE LA FED. NAC. DE SINDICATOS DE COND. DE TAXIS
125004 O. S. DE YACIMIENTOS CARBONIFEROS
125103 O. S. DE LOS PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y E ELEC
125301 O. S. FEDERAL DE LA FED. NAC. DE TRABA. DE OBRAS SANITARIAS
125509 FED. ARGENTINA DE TRAB. DE LAS UNIV. NACIONALES.
125608 O. S. PERS. SUPERIOR DE LA IND DEL GAS Y AFINES
125707 O. S. DEL PERS. CML DE LA NACION
125806 O. S. DEL PERS. JERARQUICO DE AGUA Y LA ENERGIA
125905 O. S. DE ARBITROS DEPORTIVOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
126007 O. S. DE LA FED. GREMIAL DE LA IND DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS
126106 O. S. PARA LOS TRAB. DE LA EDUCACION PRIVADA
126205 O. S. DE LOS EMPL. DE COMERCIO Y ACTIVIDADES CMLES
126304 O. S. BANCARIA ARGENTINA
200400 O. S. DEL EMPLEADOR NAC DE CORREOS Y TELEGRAFOS Y
201502 O. S. DIR. NAC DE VIALIDAD
300407 O. S. DEL EMPLEADOR PRIVADA CELULOSA ARGENTINA S.A.
300506 O. S. CORPORACION CEMENTERA ARGENTINA
300704 O. S. CERAS JOHNSON
301202 O. S. DUPERIAL ORBEA
301509 O. S. MUTUALIDAD EMPL. FIRESTONE
301707 O. S. HIRAM WALKER S.A.
302106 O. S. PARA DIRECTIVOS, TECNICOS Y EMPL. DE JOHN DEERE
302304 O.S COMPAÑIA MINERA AGUILAR
302502 O. S. PASA PETROQUIMICA ARGENTINA S.A.
302601 O. S. COOP. DE ASIST. MUTUA Y TURISMO DEL PERS. DE S. PIRELLI L.
302809 O. S. REFINERIAS DE MAIZ S.A.I.C.F.
303000 O. S. SULFACID S.A.I.F.C.
303109 O. S. SUPERCO
303208 O. S. DE EMPLEADOR PRIVADA WITCEL S.A.I.C.
303307 O. S. CABOT ARGENTINA
303406 O. S. DEL PERS. SHELL-CAPSA
303505 O. S. DEL PERS. DE LA COMPANIA GRAL. DE COMBUSTIBLES S.A.
303604 O. S. DE IPAKO S.A.
303703 O. S. DEL PERS. DE PETROQUIMICA BAHIA BLANCA S.A.I.
303901 O. S. DE FORD ARGENTINA S.A.
304003O. S. DE VOLKSWAGEN S.A.
400107O. S. DEL PERS. DE DIR. DE LAS EMPLEADORAS DE LA ALIMENTACION
400206 O. S. DEL PERS. DE DIR. DE LA IND. AUTOMOTRIZ ARGENTINA
400305 O. S. COOP. LTDA. DE ASIST. MED., FARMAC., CRED. Y CONS. DEL PER.
400404 O. S. DEL PERS. DE DIR. DE LA IND. CERVECERA Y MALTERA
400503 O. S. ASOC. DEL PERS. DE DIR Y JERARQUICO DE LA IND. CIGARRILLO
400602 O. S. DEL PERS. DIRECTIVO DE LA IND. DE LA CONSTRUCCION
400701 O. S. CAMARA DE LA IND. CURTIDORA ARGENTINA
400800 O. S. DE EJECUTIVOS Y DEL PERS. DE DIR. DE EMPLEADORES
400909 O. S: ACCION SOCIAL DE EMPLEADORRIOS
401001 O. S. DEL PERS. DE DIR. DE LAS EMPLEADORAS ACTUAN EN FR. DEL PAIS
401209 O. S. PARA EL PERS. DE DIR. DE LA IND. METALURGICA
401308 O. S. PARA EL PERS. DE DIR. DE LA IND. MADERERA
401407 O. S. PARA EL PERS. DE DIR. DE LA ACTMDAD MINERA
401506 ASOC. DE PREST. SOC. PARA EMPR. Y PERS. DE DIR. DE L
401605 O. S. DEL PERS. DE DIR. DE LA IND. PRIVADA DE PETROLEO
401704 O. S. DIRECTIVOS DE EMPLEADORAS PORTUARIAS Y MARITIMAS
401803 O. S. ASOC. MUTUAL DEL PERS. DE PHILIPS ARGENTINA (AMPAR)
401902 O. S. DEL PERS. DE DIR. DE PERFUMERIA E. W. HOPE
402004 O. S. DEL PERS. DE DIR. DE LA SANIDAD LUIS PASTEUR
402103 O. S. ASOC. DE PERS. DE LA DIR. DE LA IND. SIDERURGICA
402202 O. S. MUTUALIDAD IND. L. TEXTIL ARGENTINA
402301 O. S. ASOC. DEL PERS. SUPERIOR DE LA ORGANIZACION TECHINT
402400 O. S. PARA EL PERS. DE DIR. DE LA IND. VITMNICOLA Y AFINES
600101 ASOC. DE O. S. DE BAHIA BLANCA
600200 ASOC. REGIONAL BARILOCHE DE O. SLES
600309 ASOC. DE O. S. DE BELLA VISTA
600408 ASOC. DE O. S. DE COMODORO RIVADAVIA
600507 ASOC. DE O. S. DE CONCORDIA
600705 ASOC. CORRENTINA DE O. SLES
600804 ASOC. DE O. S. DE CORONEL DORREGO
600903 ASOC. DE O. S. DE ESPERANZA
601005 ASOC. DE O. S. DE FIRMAT
601104 ASOC. DE GUALEGUAYCHU DE O. SLES
601203 ASOC. DE O. S. DE GUALEGUAY
601302 ASOC. DE O. S. DE MAR DEL PLATA
601500 ASOC. DE O. S. DE MISIONES
601609 ASOC. DE O. S. DE NEUQUEN
601708 ASOC. DE O. S. DEL NORTE DE SANTA FE
601807 ASOC. NUEVEJULIENSE DE O. SLES
602107 ASOC. DE O. S. DE LA RIOJA
602305 ASOC. DE O. S. DE ROSARIO
602404 ASOC. DE O. S. DE RUFINO
602602 ASOC. DE O. S. DE SAN JORGE
602701 ASOC. DE O. S. DE SAN JUAN
602800 INST. SANRAFAELINO DE O. SLES
602909 ASOC. DE O. S. DE SANTA FE
603100 ASOC. DE O. S. DE TRELEW
603407 FED. DE O. S. DE TRABAJ. DE LOS MEDIOS DE COM. COC. Y AF
603506 ASOCIACION FEDERATIVA DE OBRAS SOCIALES
700108 O. S. DEL PERS. MUNICIPAL DE AVELLANEDA
700801 O. S. DEL PERS. MUNICIPAL DE LA MATANZA
701002 O. S. DEL PERS. MUNICIPAL DE TRES DE FEBRERO
701200 O. S. DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE GRAL. PUEYRREDON
800105 O. S. ATANOR S. A. MLYTA
800303 O. S. PAPEL MISIONERO S.A.I.F. Y C.
800501 O. S. ACEROS PARANA S.A. Y EMPLEADORAS ANTECESORAS
900102 O. S. FIAT CONCORD S.A.I.C.
988888 OTRAS NO INCLUIDAS EN TABLA







ANEXO III


Servicios brindados por las Unidades de Atención Telefónica
(UDAT), para la actualización del padrón Base del
Sistema Nacional del Seguro de Salud.


1. A partir del 1° de julio del corriente y de acuerdo al
cronograma de inicio de actividades de las distintas UDAT, el
trabajador en relación de dependencia o un tercero que
lo represente, podrá actualizar los datos registrados en
el Padrón Base del Sistema Nacional del Seguro de Salud,
comunicándose con las Unidades de Atención Telefónica.



2. Las Unidades de Atención Telefónica asesoraran
al trabajador acerca de la confección del formulario 3.3.35
"Declaración Jurada del Trabajador y su Grupo Familiar
Adherido al Sistema Nacional del Seguro de Salud" y la documentación
que debe presentar según la novedad a declarar.


3. A través de esta Unidad el trabajador podrá solicitar
el otorgamiento de CUIL de acuerdo a la normativa vigente.


4. La UDAT enviará por correo al domicilio indicado por
el trabajador, el formulario 3.3.35 "Declaración Jurada
del Trabajador y su Grupo Familiar Adherido al Sistema Nacional
del Seguro de Salud".


5. Los trabajadores podrán remitir por correo a la UDAT
los formularios correctamente cumplimentados con la documentación
exigida por la Res DEA 246/97.


6. De no existir motivos para su rechazo la UDAT envía
por correo la copia firmada y sellada del formulario y el Comprobante
de Empadronamiento (CODEM), como constancia de la presentación
efectuada.

Administracionius UNLP

Respuestas

Derecho Apuntes de Derecho

Temas Similares a Resolución 551/97 del 17/6/97